Elecciones generales en España

¿Cuándo son las próximas elecciones generales en España?

Calendario de las elecciones generales en España: fechas clave y voto por correo

Sorteo de la mesa electoral: cuándo es y cómo saber si te toca estar

Esto es lo que te pagan por estar en una mesa electoral

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Urna de votación.
Gemma Meca
  • Gemma Meca
  • Licenciada en Historia, máster en Periodismo y Comunicación Digital. Redactora en Ok Diario. Cuento historias, soy amante de los astros, sigo a la luna, los TT de Twitter y las tendencias en moda. Experta en noticias de consumo, lifestyle, recetas y Lotería de Navidad.

Pedro Sánchez compareció el pasado lunes, 29 de mayo, desde la Moncloa para anunciar el adelanto electoral tras la debacle del PSOE en las elecciones autonómicas y municipales del 28M. Y es que, el Partido Popular se ha hecho con el favor del electorado prácticamente en toda España, tiñendo el mapa de azul, haciéndose con el poder en varios feudos socialistas.

El presidente del Gobierno anunció la disolución de las Cortes y afirmó que las elecciones generales se adelantaban al 23 de julio en plenas vacaciones para muchos españoles. Un cambio en el calendario debido a que, en un principio, estaban previstas para el mes de diciembre por el fin de la legislatura.

Coincidiendo con la época estival, los españoles tendrán que volver a acudir a las urnas, esta vez para elegir al presidente del Gobierno. Una fecha algo complicada, debido a que muchos españoles pueden encontrarse de vacaciones. Esto ha llevado a muchos ciudadanos se decidan a solicitar el voto por correo.

Cuándo son las elecciones generales

Las elecciones generales en España se celebrarán el próximo 23 de julio de 2023, tal y como anunció Pedro Sánchez en una comparecencia desde el Palacio de la Moncloa, la residencia oficial del presidente del Gobierno.

El máximo mandatario político realizó esta declaración después de la debacle del PSOE en las elecciones municipales y autonómicas del 28M, en las que el PP le ha recuperado hasta seis autonomías, además de sacarle de ventaja 760.000 votos en los comicios.

Esta declaración del presidente del Gobierno se produjo tan sólo un día después de las elecciones del 28M en las que el PSOE ha sufrido una grave derrota al perder en gran parte de las comunidades autónomas en las que gobernaba, a excepción de Castilla-La Mancha.

En un principio, se espera que Extremadura, Baleares, Comunidad Valenciana y Aragón pasen a estar gobernadas por el Partido Popular, si se alcanzan los pactos necesarios. Un duro castigo para la formación socialista, a la que se le achacan sus decisiones políticas y el pacto para gobernar junto a Unidas Podemos como claves para la debacle en el panorama político español.

Cómo votar por correo

Para ejercer el derecho al voto por correo, hay que ir a una oficina de Correos para recoger el impreso de solicitud o presentar vía web la solicitud de voto por correo con el DNI electrónico o un certificado digital válido.

En el impreso se especifica la dirección a la que se desea que se envíe la documentación electoral, que puede ser el domicilio del votante, su lugar de trabajo o un apartado postal. Entonces, la Oficina del Censo Electoral enviará la documentación necesaria para votar a la dirección indicada a partir del 3 de julio.

Una vez que se haya recibido la documentación, se elige la papeleta de votación y se introduce en el sobre de votación o no se incluye en caso de que se decida votar en blanco, como si se estuviera en un colegio electoral. Siguiendo las pautas que se marcan en la documentación, se introduce el sobre de votación y el certificado de inscripción en el censo dentro del sobre en el que está escrita la dirección de la mesa electoral. No se debe incluir ningún documento acreditativo dela identidad dentro del sobre de votación. En ese caso, el voto se consideraría nulo.

Entonces, se llevaría el sobre a una oficina de Correos, con el DNI o un documento que acredite la identidad, y envíalo por correo certificado gratuito antes del 20 de julio.

En caso de que no se pueda acudir de forma personal a entregar la documentación, se tendrá que otorgar una autorización para que la deposite otra persona, acompañada de una fotocopia del DNI del votante o documento análogo y firmado por el votante.

Cómo votar desde el extranjero

Conocida como el voto CERA, por las siglas del Censo de Electores Ausentes. Es importante recordar que los españoles que quieran ejercer su derecho al voto deben estar registrados antes en los consulados u oficinas consulares de las embajadas que tiene desplegados España fuera de nuestras fronteras. El registro para estar elecciones generales está cerrado desde el 1 de marzo de 2023. Por ello, todos los españoles que no estén registrados en los consulados no podrán ejercer su derecho al voto.

Para ello, podrán votar en los plazos establecidos en el consulado o solicitar el voto por correo para que llegue la documentación a sus domicilios fuera de España o en España en caso de que no vayan a estar en su habitual lugar de residencia.

De forma presencial: los electores podrán depositar su voto en las urnas dispuestas para ello en su embajada, consulado o centro habilitado para ello del 15 al 20 de julio. Las oficinas consulares garantizarán la disponibilidad de papeletas oficiales de voto en los centros, así como sobres de votación y los medios informáticos para descargar la documentación necesaria para votar. El funcionario consular exigirá al elector su identificación.

Voto por correo: los votantes podrán remitir su voto por correo postal certificado a su oficina consular entre el 27 de junio y el 18 de julio. Serán válidos los sobres recibidos en la oficina hasta el 21 de julio incluido.

Voto desde España: Si se vive en el extranjero y se está inscrito en el Censo de los Electores Residentes Ausentes (CERA), pero el votante se encuentra temporalmente en España durante la convocatoria del proceso electoral, se puede puedes solicitar (al igual que los residentes en España) el voto por correo desde el 30 de mayo hasta el 13 de julio en cualquier oficina de Correos.

Una vez solicitada y recibida la documentación, se tiene que llevar personalmente el sobre con el voto a la oficina, donde hay que identificarse con el DNI o un documento análogo, y enviarlo por correo certificado gratuito no más tarde del 20 de julio. Una vez que se va a enviar el voto en Correos, es recomendable especificar al funcionario que es un voto CERA.

Cuándo sale el sorteo de las mesas electorales

Los miembros de las mesas electorales, compuestas por un presidente y dos vocales, se eligen por sorteo, que está previsto que se realice entre el 23 y el 27 de junio, aproximadamente, alrededor de un mes antes de la fecha de los comicios, que en esta ocasión es el 23 de julio.

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