Lotería de Navidad

El artículo 1278 del Código Civil lo confirma: lo que tienes que hacer con el Gordo de Navidad

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Blanca Espada

Hoy lunes 22 de diciembre, ha llegado el gran día en el que se celebra el Sorteo de la Lotería de Navidad. Por fin llega el momento en el que los bombos comenzarán a girar en el Teatro Real, y son muchas las personas que llevan no sólo décimos propios sino que también en este día, son protagonistas los décimos compartidos. Familias, grupos de amigos, compañeros de trabajo o incluso vecinos hacen lo mismo todos los años, de modo que ya se han repartido participaciones o han decidido comprar un décimo entre varios. Un gesto que, más allá de la ilusión por el Gordo, funciona como una especie de pacto tácito que todos dan por hecho. Sin embargo, cuando se trata de dinero, ese pacto conviene tenerlo bien atado.

La experiencia demuestra que no siempre se cumplen las expectativas. Cada Navidad se registran disputas entre quienes compartían un décimo y, una vez celebrado el sorteo, no consiguen ponerse de acuerdo sobre cómo repartir el premio. A veces por olvido, otras porque alguien decide actuar por su cuenta. Y ahí es donde empieza el problema, algo que es tan normal como compartir un décimo de la Lotería de Navidad puede derivar en un conflicto personal y, en ocasiones, también legal. Por eso, antes de que los niños de San Ildefonso canten el primer premio, conviene saber qué dice la ley si se produce un desacuerdo. Y la respuesta está en el artículo 1278 del Código Civil, un precepto que suele citarse en herencias y contratos, pero que cada año vuelve a escena con la llegada del sorteo más esperado del país.

Qué dice el artículo 1278 del Código Civil

Si un décimo compartido resulta premiado, lo esencial es demostrar que existía un acuerdo previo entre las personas que participan en él. El artículo 1278 del Código Civil es claro: «Los contratos serán obligatorios, cualquiera que sea la forma en que se hayan celebrado, siempre que en ellos concurran las condiciones esenciales para su validez».

En términos prácticos, eso significa que un pacto verbal es válido, igual que un mensaje de WhatsApp, una nota manuscrita o una simple foto del décimo enviada por quien lo custodia. La clave está en que pueda demostrarse que existía ese compromiso de compartir, sin importar que se formalizara o no por escrito.

Por eso, en caso de duda, los expertos recomiendan siempre dejar una prueba que acredite el reparto: una foto del décimo enviada a todos los participantes, un mensaje en un grupo común o cualquier documento que identifique a las personas que han contribuido a la compra. No es obligatorio, pero sí evita discusiones cuando los premios entran en juego.

Quedarse con el premio puede ser apropiación indebida

El conflicto va más allá de una falta de entendimiento. Si alguien decide quedarse con un décimo premiado y se niega a entregarlo o repartir el dinero con el resto de participantes, podría estar incurriendo en un delito de apropiación indebida. Esta conducta está regulada en el artículo 253 del Código Penal, que tipifica el uso en beneficio propio de un bien recibido con la obligación de devolverlo o administrarlo para otros.

Las penas dependen de la cantidad económica en disputa. Si no supera los 400 euros, la sanción puede ir de uno a tres meses. En cambio, cuando el premio supera esa cifra, algo habitual en los décimos de Navidad, la pena puede elevarse a entre seis meses y tres años de prisión.

No se trata sólo de un mal gesto: legalmente, es un delito perseguible si las demás personas afectadas deciden denunciar los hechos. Y cada año se registran casos en los que los tribunales terminan interviniendo.

Qué debes hacer si compartes un décimo

A las puertas del sorteo, y antes de saber si la suerte caerá en algún número conocido, conviene revisar que todo está claro: quiénes participan, cómo se repartirá el premio y quién custodia el décimo físico. Si todavía no se ha dejado constancia por escrito o por mensaje, aún estás a tiempo de hacerlo. Un simple este es nuestro décimo en un grupo de chat y una foto del décimo ya sirve como prueba.

Si finalmente toca, lo más sencillo es acudir juntos a la administración para validar el premio o, si no es posible, acordar por escrito cómo se gestionará el cobro. La norma está de tu lado siempre que puedas demostrar que ese décimo se compartía realmente.

En definitiva, la costumbre de jugar a la Lotería en grupo sigue siendo una de las señas del Sorteo de Navidad, pero la ley recuerda cada año que la confianza también necesita respaldo. El artículo 1278 del Código Civil confirma que los pactos se deben cumplir, incluso cuando el acuerdo fue verbal y más si no se desean consecuencias desagradables para quien decide quedarse el décimo, como para los que lo comparten pero al final se han quedado sin él.

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