Declaración de la renta

Estas son las autonomías en las que se puede deducir la cuota del gimnasio en la declaración de la renta

La campaña para presentar la declaración de la renta 2023 comenzó el pasado 3 de abril

Cada comunidad tiene sus singularidades respecto a las deducciones que pueden aplicarse

gimnasio declaración de la renta
Actividades de gimnasia para mayores en Valencia. (Foto: EP)
Rafael Molina

La campaña para presentar la declaración de la renta 2023 comenzó el pasado 3 de abril, un año en el que se prevén que se presenten más de 23 millones de declaraciones. Cada comunidad autónoma tiene sus singularidades respecto a las deducciones que pueden aplicarse y, en concreto, hay algunas autonomías que han decidido deducir las cuotas del gimnasio en la declaración de la renta.

Comunidad Valenciana

De acuerdo con la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la que se regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos, de la Comunitat Valenciana, los ciudadanos de la autonomía gobernada por el popular Carlos Mazón podrán deducirse las cuotas del gimnasio.

  • Cuantías de la deducción. Por lo general, los valencianos podrán deducirse el 30% «de las cantidades satisfechas en el periodo impositivo en gastos asociados a la práctica del deporte y actividades saludables», explica la Agencia Tributaria en su web oficial. Ahora bien, si el contribuyente es mayor de 65 años o una discapacidad superior al 33%, podrá deducirse el 50%.
  • Límites máximos. Por último, los mayores de 75 años y los que tengan discapacidad mayor del 65% podrán deducirse el 100%. En todo caso, el límite máximo deducible es de 150 euros. Además, Hacienda aclara que el «límite de deducción se establecerá por contribuyente» y los pagos que haya destinado «el contribuyente, su cónyuge y aquellas personas que den derecho a la aplicación de los mínimos familiares por descendientes y ascendientes».
  • Bases de la deducción. Cuotas de pertenencia o adhesión satisfechas a gimnasios, clubes o federaciones; adquisición de equipamientos; Servicios personales de entrenamiento; Servicios personales prestados por traumatólogos, dietistas, podólogos u otros.
  • Condiciones para la aplicación de la deducción.
    1. Que la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro no sea superior (casillas 0500 y 0510, respectivamente) no sea superior a 32.000 en declaración individual y 48.000 euros en declaración conjunta.
    2. Acreditarlos mediante «factura y el justificante del pago».
    3. En caso de que se trate de dos contribuyentes, el importe se prorrateará a partes iguales.
  • Límites de la deducción según la base liquidable.
    1. Los límites íntegros sólo se aplicará a contribuyentes cuya base liquidable general y de la base liquidable del ahorro sea inferior a 29.000 euros en una tributación individual o 45.000 euros en un tributación conjunta.
    2. Hacienda establece fórmulas para calcular el límite en el caso de que «la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro del contribuyente esté comprendida entre 29.000 y 32.000 euros, en tributación individual, o entre 45.000 y 48.000 euros, en tributación conjunta».

La Rioja

Otra de las comunidades en las que se podrán deducir los gastos de estar apuntado al gimnasio es La Rioja, según Ley 10/2017, de 27 de octubre, por la que se consolidan las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de impuestos propios y tributos cedidos.

  • Cuantía y límites de la deducción. La Agencia Tributaria, en su página web, aclara cuál es el porcentaje que los contribuyentes pueden deducirse.
    1. Se podrá deducir el 30% los contribuyentes, cónyuges y personas que den derecho a la aplicación del «mínimo personal y familiar», en los «servicios relativos al ejercicio físico y la práctica deportiva».
    2. Será la del 100% en el caso de que el contribuyente sea mayor de 65 años o personas con discapacidad del 33% o más.
    3. El límite máximo es de 300 euros anuales.
  • Requisitos y condiciones para aplicar la deducción.
    1. En primer lugar, que se hayan producido los gastos en el año que va a declararse y que se hayan pagado en La Rioja.
    2. Los contribuyentes tendrán que justificar con un documento que hayan hecho ese gasto. Podrá ser a través de una factura completa u ordinaria.
    3. Si son varios contribuyentes, los gastos se prorratearán a partes iguales los gastos que se hayan deducido.

Más de 20 millones de declaraciones

Se prevé que haya, en total, 23.281.000 declaraciones, un 1,2% más que el ejercicio anterior. El año anterior, más de la mitad de los contribuyentes consiguieron que su declaración saliera a devolver, lo que implica que la Agencia Tributaria calcula que se han pagado más Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de lo que debía haberse pagado y es necesario reembolsarlo.

Desde este viernes pasado, ya se puede pedir el ingreso del dinero si la renta ha salido a devolver. El plazo de devolución de este importe va desde que se solicite y hasta los seis meses posteriores. Si Hacienda no cumple con los plazos que se ha impuesto, la norma obliga a la Administración a abonar un 3,75% en concepto de intereses de demora sólo si se ha realizado correctamente la declaración.

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