Elecciones Generales 29N

Cuándo se abre el plazo para votar por correo en las Elecciones Generales del 29N: fechas clave

El decreto se publica este martes 6 de octubre y ese mismo día se abre el plazo para solicitar el voto por correo

Imagen de Europa Press.
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Carmen Ruiz
  • Carmen Ruiz
  • Carmen Ruiz Rodríguez (Madrid, 2005) es estudiante de periodismo en la Universidad Complutense de Madrid (UCM) desde el año 2023. Es especialista en periodismo de SEO y en información de actualidad. Con experiencia en comunicación empresarial y radio.

Pedro Sánchez ha confirmado el adelanto de las elecciones generales. Los españoles volverán a las urnas el próximo domingo 29 de noviembre, una convocatoria que activa este mismo momento un calendario electoral con fechas muy concretas para los partidos y sobre todo para la ciudadanía que quiera ejercer su derecho al voto por correo o que quiera conocer los plazos para votar.

El primer día clave será mañana, martes 6 de octubre, cuando está prevista la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del real decreto de disolución de las Cortes y convocatoria de elecciones. A partir de ese momento comenzará oficialmente a contar el calendario electoral y se abrirá el plazo para solicitar el voto por correo.

La solicitud del voto por correo

La fecha que afecta directamente a los electores comenzará el 6 de octubre. A partir de este día y hasta el 19 de noviembre, los ciudadanos podrán solicitar el voto por correo. La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) establece que la petición puede realizarse desde la convocatoria y hasta el décimo día anterior a las elecciones.

Por lo tanto, quienes sepan que el 29 de noviembre no podrán acudir personalmente a las urnas tendrán hasta el 19 de noviembre para solicitar la documentación. La solicitud se realiza a través de Correos y una vez aceptada, la Oficina del Censo Electoral enviará al elector la documentación necesaria para poder votar.

¿Cuándo llegará esa documentación?

La documentación electoral comenzará a enviarse a los electores que hayan solicitado el voto por correo durante el mes de noviembre. Con el calendario previsto para este acontecimiento, el 9 de novimebre está señalado como la fecha a partir de la cual comenzará el envío de la documentación electoral. El elector recibirá las papeletas y los sobres necesarios para ejercer su derecho al voto, junto con el resto de documentación requerida.

¿Hasta cuándo se puede entregar el voto por correo?

Una vez recibida la documentación, se debe complementar el procedimiento y remitir el voto. La LOREG señala que el voto por correspondencia debe enviarse antes del tercer día previo a la celebración de las elecciones. Al ser el 29 de noviembre, el plazo ordinario será hasta el jueves 26 de noviembre. Otra de las fechas que tienen que tener en cuenta quienes voten por correo será el 19 de noviembre para solicitarlo y 26 de noviembre como fecha límite para depositar el voto, según el calendario previsto.

Calendario electoral completo del 29-N

El proceso electoral tendrá varios puntos principales durante las próximas semanas. Estas son las principales fechas que deberán tener en cuenta los ciudadanos:

  • El 6 de octubre. Se abre el plazo para solicitar el voto por correo.
  • 21-26 de octubre. Presentación de candidaturas.
  • 2 de noviembre. Proclamación de las candidaturas.
  • 9 de noviembre. Comienza el envío de la documentación del voto por correo.
  • 13 de noviembre. Comienza la campaña electoral.
  • 19 de noviembre. Último día para solicitar el voto por correo.
  • 26 de noviembre. Fecha límite prevista para enviar el voto por correo.
  • 27 de noviembre. Finaliza la campaña electoral.
  • 28 de noviembre. Jornada de reflexión.
  • 29 de noviembre. Elecciones generales.

Las candidaturas deberán presentarse entre el 21 y el 26 de octubre, mientras que la campaña electoral comenzará el 13 de noviembre y terminará el 27 de noviembre. El día 28 será la jornada de reflexión.

Las fechas clave

La primera fecha clave es el 6 de octubre, cuando se abre el plazo para solicitar el voto por correo. La segunda es el 19 de noviembre último día para pedirlo. Y la tercera será el 26 de noviembre, fecha límite prevista para remitir el voto antes de la jornada electoral.

Aquellas personas que voten presencialmente no tendrán que realizar ningún trámite previo, sino acudir a su colegio electoral el domingo 29 de noviembre directamente. Este anuncio del presidente del Gobierno determina una fecha concreta en la que se sucederán diversos trámites, presentación de candidaturas, campañas electorales y plazos para el voto por correo.

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