Hostelería

Bares y restaurantes se enfrentan a multas desde los 50.000 hasta los 983.736 euros por incumplir la nueva normativa en olas de calor

La nueva regulación laboral obliga a cerrar o limitar las terrazas si no se garantiza la seguridad de los trabajadores, si no se cumple se enfrentarían grandes multas

Multas, Terrazas españolas. Imagen EuropaPress.
Terrazas españolas. Imagen EuropaPress.

Las terrazas de los bares y restaurantes podrían cambiar en España. La nueva normativa laboral vinculada a fenómenos metereológicos extremos ya ha entrado en vigor y obliga a los negocios relacionados con la hostelería a proteger a sus trabajadores durante episodios de calor intenso. Habrá determinados casos que implicarán cerrar terrazas o suspender de forma parcial la actividad en el exterior y si no se cumplen habrá multas de incluso un millón de euros.

La hostelería cambia

La modificación del VI Acuerdo Laboral Estatal de Hostelería (ALEH), firmada en abril de 2026 por sindicatos y patronales del sector, introduce por primera vez el riesgo climático como elemento obligatorio dentro de la prevención laboral.

Esto afecta especialmente a terrazas y espacios exteriores, que son considerados zonas de riesgo cuando se producen alertas metereológicas por calor extremo, lluvias o inundaciones.

La nueva norma obliga a evaluar de forma constante las condiciones laborales y actuar de forma inmediata cuando exista un peligro para los empleados si no se quieren enfrentar multas.

¿Cuándo se cerrarán las terrazas?

Los bares y restaurantes deberán suspender o limitar la actividad exterior cuando haya alertas meteorológicas naranjas o rojas y no se pueda garantizar la seguridad de los trabajadores.

Esto significa que, si no existen sistemas suficientes de sombra, ventilación o refrigeración, el servicio en terraza podría quedar cancelado de forma temporal. La medida busca reducir riesgos como los golpes de calor y exposiciones prolongadas a temperaturas extremas.

¿Qué exige la nueva normativa?

Los establecimientos deberán incluir una serie de protocolos específicos dentro de sus planes de prevención de riesgos laborales. Entre las medidas previstas aparecen:

  • Zonas de sombra.
  • Climatización o pulverizadores de agua.
  • Reorganización de horarios.
  • Pausas frecuentes.
  • Suspensión parcial de la actividad en el exterior.

Las empresas deberán estar muy pendientes y adaptar el trabajo a las condiciones marcadas por la AEMET durante los episodios climáticos extremos.

Multas que superan los 50.000 euros

Las sanciones más repetidas en los primeros informes van entre los 50.000 y los 60.000 euros en casos graves relacionados con la prevención laboral.

Sin embargo, la legislación sobre prevención de riesgos laborales contempla importes muchos mayores cuando existen reincidencias o situaciones consideradas muy graves.

En esos escenarios extremos, las multas pueden alcanzar cifras de hasta casi un millón de euros, especialmente si se demuestra que hay un riesgo grave para la salud de los trabajadores.

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