Alemania no entregará a Puigdemont si considera que debe ser juzgado por el TSJC y no por el Supremo
Alemania podría rechazar la entrega del expresidente catalán fugado Carles Puigdemont a España en el marco de la Orden Europea de Detención y Entrega OEDE si considera que se ha vulnerado su derecho fundamental a «juez ordinario predeterminado en la Ley» al ser juzgado por el Tribunal Supremo en lugar de por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, TSJC.
El Supremo recibía este jueves un mazazo tras conocerse que la Audiencia Territorial de Schleswig-Holstein (norte de Alemania) descartaba el delito de rebelión al no apreciar «violencia suficiente» dejándo en libertad bajo fianza de 75.000 euros a Puigdemont, mientras se estudiaba la entrega por el delito de malversación. Dos días antes, la Fiscalía germana había solicitado su extradición por rebelión y malversación como pedía el magistrado del Supremo, Pablo Llarena.
Las fuentes jurídicas consultadas por OKDIARIO, destacan que «Alemania y España recogen en su ordenamiento jurídico el rechazo a entregar a un investigado a través de la OEDE si se considera que existe vulneración de los derechos fundamentales». Extremo que alega la defensa de Puigdemont. El artículo 1.3 de la Decisión marco de la euroorden establece que “no podrá tener por efecto el de modificar la obligación de respetar los derechos fundamentales y los principios jurídicos fundamentales consagrados en el artículo 6 del Tratado de la UE”.
En este contexto, la justicia alemana podría estimar que se habría vulnerado supuestamente «el derecho al juez ordinario predeterminado en la Ley» recogido en la legislación española, porque «el Supremo asumió la causa y el Juzgado competente debía ser el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, TSJC, al estar aforado». El fallecido fiscal general del Estado, José Manuel Maza, decidió presentar sendas querellas ante la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo al considerar que los efectos del procés afectaban a toda España, aunque los delitos se cometieran en Cataluña.
La segunda posible vulneración de derechos fundamentales a la que podría aludir la justicia alemana es la inviolabilidad parlamentaria y por ende «la vulneración del derecho a la participación política activa y pasiva de los catalanes, al criminalizar los votos de los ciudadanos y las opiniones vertidas en el Parlamento catalán».
Estas mismas fuentes destacan que «sería fundamental la argumentación esgrimida por el Tribunal Supremo» en la OEDE para desbaratar estos argumentos y poner de manifiesto que los votos del referéndum ilegal del 1 de octubre formaban parte de un plan insurreccional, cuyo objetivo era la independencia de Cataluña y su segregación del resto de Estado español.
La Fiscalía y el Supremo ante la UE
Este viernes, el magistrado del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, anunciaba su intención de plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea TJUE acerca de la decisión marco relativa a la Orden Europea de Detención y Entrega OEDE y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros. Es decir, que la UE se pronuncie sobre la aplicación de la OEDE por Alemania en el caso de Puigdemont.
El Tribunal Supremo sostiene que la justicia germana “ha desbordado y desenfocado el marco de la euroorden” ya que se tendría que haber limitado a efectuar “un juicio de contraste entre las dos legislaciones, la penal alemana y la española”. La justicia alemana desoyó los argumentos de la Fiscalía de su país y desde el Alto Tribunal se interpreta que “no tenía que examinar la fundabilidad de la acusación en modo alguno” y por tanto, “se ha extralimitado” en sus competencias.
La Fiscalía española también se unía a la estrategia del Supremo y afirmaba estar “segura de que la decisión de fondo del Tribunal respete los principios dimanantes de la Decisión Marco y el reconocimiento mutuo en el sistema de la orden europea de detención». «En cualquier caso”, añadía, “la Fiscalía estudiará la eventual posibilidad de ejercitar las acciones pertinentes para la protección y defensa del orden jurídico europeo relativas a la OEDE ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea”.
El Ministerio Público matizaba además que la decisión decretada por el Tribunal alemán «afecta exclusivamente a la medida cautelar adoptada respecto a Puigdemont pero no es una medida definitiva, en el sentido que no entra a prejuzgar el fondo del asunto relativo a la entrega del mismo».