Tribunales

Santander no recurre al Supremo condenas por la ampliación de Popular y prefiere devolver el dinero

Santander
Oficinas de Banco Santander y Banco Popular en Madrid.
Eduardo Segovia
  • Eduardo Segovia
  • Corresponsal de banca y empresas. Doctor y Master en Información Económica. Pasó por El Confidencial y dirigió Bolsamanía. Autor de ‘De los Borbones a los Botines’.

Banco Santander está dejando de recurrir algunas sentencias en las que ha sido condenado por la venta de acciones de Banco Popular; en cambio, prefiere devolver el dinero a los inversores. No obstante, en otros casos sí ha llegado hasta el Tribunal Supremo, sin que la entidad explique cuál es el criterio para tomar una u otra decisión.

La particularidad de estas sentencias es que, en su inmensa mayoría, se basan en que las cuentas con las que el Popular pidió al mercado 2.500 millones en junio de 2016 eran falsas, es decir, no reflejaban la situación real de la entidad que tuvo que ser intervenida (resuelta) en 2017. Algo que está investigando la Audiencia Nacional desde el punto de vista penal y que podría acabar en absolución como ocurrió con la salida a Bolsa de Bankia.

El último caso en que no ha recurrido es una sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza, ganada por el despacho de Patricia Rodrigo Gotor, que condena al Santander a devolver 12.487 euros más intereses a un inversor que adquirió los títulos no sólo en la ampliación, sino hasta el 1 de junio, días antes de la resolución (el 7 de ese mes).  A juicio del tribunal, esas compras se realizaron también sobre la base de la información pública disponible, y el folleto informativo es «el elemento decisivo» para el pequeño inversor.

La Audiencia basa su estimación de que la información de dicho folleto era falsa en el expediente sancionador por infracción muy grave que abrió la CNMV en 2018 o el informe que el Banco de España remitió al juez José Luis Calama -instructor del caso en la Audiencia Nacional- en 2019, que concluía que el folleto no cumplía la normativa contable y contenía estimaciones demasiado optimistas.

Sin criterios claros para recurrir las condenas

El banco que preside Ana Botín  había recurrido la sentencia inicial sobre la base de que la inversión tenía un carácter especulativo (cosa que el tribunal considera imposible en un minorista) y de que el folleto contenía información veraz porque el Popular no fue resuelto por problemas de solvencia, sino de liquidez. Por tanto, su renuncia a recurrir implica reconocer que esos argumentos no son válidos.

De hecho, los primeros recursos del banco que han llegado al Supremo han sido inadmitidos, según informó El País, aunque el Alto Tribunal no ha entrado todavía en el fondo de la cuestión. Además, en el caso de Bankia, la sala de lo civil del Supremo sentenció en enero de 2016 que debía devolver el dinero de la salida a Bolsa (lo que provocó que Luis de Guindos pusiera en marcha el arbitraje por el que se devolvieron 1.850 millones), y posteriormente la Audiencia Nacional absolvió a los responsables de esta operación y determinó que la información del folleto era correcta. Ahora podría ocurrir lo mismo.

Un portavoz del Santander se limitó a responder que se toma la decisión de recurrir o no las sentencias en función de cada caso concreto, pero declinó explicar cuáles son los criterios para adoptar una u otra determinación.

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