Ocho años y medio de cárcel por falsificar miles de euros en billetes de 50

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Avenida Fabián escribano, vía principal de la pedanía de Beniaján (Murcia), donde fue detenido el falsificador.

La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a penas que suman ocho años y medio de prisión y al pago de una multa de 8,3 millones de euros a Juan Pedro González, tras considerar probado que «al menos» entre agosto de 2003 y mayo de 2007 se dedicó a la falsificación de billetes de 50 euros.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, considera igualmente acreditado que la policía, durante el registro efectuado en la nave que utilizaba en la pedanía murciana de Beniaján, se incautó de 8,3 millones de euros que se encontraban en un avanzado proceso de falsificación.

Para proceder a la distribución de la moneda falsificada, la Sala dice que se auxiliaba de otras 11 personas que en 2016 reconocieron los hechos y se conformaron con la pena alcanzada en un pacto de conformidad entre el fiscal del caso, Rafael Pita, y sus defensas.

Señala también la sentencia que tanto en la nave citada como en el propio domicilio del acusado los agentes recogieron numerosos útiles de los que se utilizaban para la actividad delictiva.

El tribunal, que tiene como ponente a la magistrada Concepción Roig, no otorga credibilidad a la versión exculpatoria ofrecida por el acusado, que aseguró en la vista oral, tras declararse inocente, que si se inculpó al ser detenido y admitió los hechos fue porque estaba amenazado.

La sala de la Audiencia respalda la legalidad de las pruebas recogidas durante la instrucción de la causa, entre ellas, las intervenciones teléfonicas a las que fueron sometidos tanto Juan Pedro González como otros inculpados.

La sentencia ha rechazado la solicitud de absolución reclamada en el juicio por el defensor, el letrado Pedro López Graña, que reclamó la absolución de su cliente y que, de forma subsidiaria, propuso una condena como autor del delito en grado de tentativa, con la aplicación de varias atenuantes, entre ellas, la de dilaciones indebidas, que es la única que aplica la sala.

La sentencia condena al acusado, como autor de un delito de falsificación de moneda, a la pena de ocho años de cárcel y multa de 8,3 millones de euros, y por un delito de tenencia de útiles dedicados a la falsedad en documento oficial, a seis meses de cárcel y multa de 1.080 euros.

Además, y al aceptar la petición hecha por el fiscal, el tribunal acuerda también el comiso de los 8.125 euros de curso legal que le fueron intervenidos, al considerar que los mismos procedían de estas actuaciones delictivas.

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