'Caso Koldo'

La defensa de Koldo exige anular la investigación por exceder el suplicatorio aprobado para Ábalos

Su abogada alega que el Supremo investiga hechos no autorizados por el Congreso de los Diputados

Koldo García, Ábalos, Supremo

La defensa de Koldo García va a presentar ante el Tribunal Supremo un escrito en el que solicita la nulidad de la investigación judicial. El argumento central es contundente: el Alto Tribunal estaría investigando hechos que no formaron parte del suplicatorio autorizado por el Pleno del Congreso de los Diputados en enero de 2025 respecto al ex ministro José Luis Ábalos.

El escrito, elaborado por la letrada Leticia de la Hoz, está firmado este 14 de octubre de 2025. En él se argumenta que la investigación se ha extralimitado más allá del perímetro fáctico autorizado por la Cámara Baja, lo que supondría una vulneración del derecho al juez predeterminado por la ley y del principio de tutela judicial efectiva.

El suplicatorio original, elevado por el Tribunal Supremo el 19 de diciembre de 2024 y aprobado por el Congreso el 22 de enero de 2025, delimitaba con precisión los hechos objeto de investigación. Según consta en el auto de petición, el Supremo solicitó autorización para investigar cuatro ámbitos concretos relacionados con el ex ministro Ábalos.

En primer lugar, «la adjudicación de varios contratos de la Administración pública o el sector público institucional con empresas privadas, en el marco de la situación de emergencia determinada por la pandemia del Covid-19». Específicamente, contratos «relativos a la adquisición, por vía de urgencia y emergencia, de material sanitario, mascarillas, trajes especiales y laboratorios para identificar vestigios de la enfermedad».

En segundo lugar, el pago de los alquileres de la vivienda en la que residía la entonces pareja sentimental de Ábalos. El tercer ámbito concernía al alquiler con opción a compra de un chalet en la costa, concretamente en La Alcaidesa (Cádiz). Finalmente, se incluía el contrato de alquiler con opción de compra de un piso de aproximadamente 250 metros cuadrados situado en el Paseo de la Castellana de Madrid, con un precio de venta fijado en 750.000 euros, «aparentemente muy inferior al de mercado».

Estos cuatro bloques constituyeron el núcleo del suplicatorio autorizado. La defensa de García sostiene que cualquier investigación que trascienda estos límites carece de cobertura legal.

Sin embargo, los últimos autos del Tribunal Supremo, por los que se formó una pieza separada, contienen referencias explícitas a líneas de investigación que, según la defensa, no fueron incluidas en el suplicatorio original. El escrito enumera hasta cinco ámbitos adicionales que estarían siendo objeto de pesquisas sin la preceptiva autorización parlamentaria.

Entre estos nuevos frentes investigadores figura la supuesta promoción de la financiación pública de la aerolínea Air Europa. Según el auto de septiembre, Ábalos habría promovido «la publicación de una nota de prensa por parte del Ministerio del que era titular, mostrándose partidario y expresando el progreso de las gestiones para que dicha mercantil obtuviera la correspondiente financiación pública». A cambio, el ex ministro habría obtenido «el gratuito disfrute de un chalet vacacional en Marbella durante varios días».

También se investigan las gestiones realizadas en favor de la empresa Villafuel para que sus representantes lograran obtener una licencia de operador de hidrocarburos. En este caso, se habría facilitado una entrevista entre los interesados y Juan Ignacio Díaz Bidart, jefe de gabinete de la entonces ministra de Industria, Reyes Maroto.

Un tercer ámbito no autorizado serían las gestiones del empresario Víctor de Aldama con Carlos Moreno, jefe de gabinete de la ministra de Hacienda María Jesús Montero, para la obtención de aplazamientos tributarios en favor de empresas vinculadas a Aldama.

La defensa señala asimismo la investigación sobre la colocación en empresas públicas de mujeres como Jessica Rodríguez y Claudia Montes –Miss Asturias +30 años–. Según el auto, la primera habría sido contratada «en sendas empresas públicas, primeramente en Ineco y después en Tragsatec, percibiendo las correspondientes nóminas generadas durante la vigencia de los respectivos contratos laborales, sin haber acudido un solo día a sus sucesivos puestos de trabajo». La segunda habría sido contratada por la empresa pública Logirail.

Finalmente, el escrito menciona la investigación sobre posibles comisiones en adjudicaciones de obras públicas a las constructoras Levantina, Ingeniería y Construcciones (LIC) y Obras Públicas y Regadíos (OPR), en el ámbito de influencia del Ministerio de Transportes, fundamentalmente en obras adjudicadas por ADIF y la Dirección General de Carreteras.

La defensa invoca también la prohibición de la investigación prospectiva. El Supremo ha establecido que someter a cualquier persona a una indagación exploratoria, «a ver qué se encuentra», resulta «radicalmente incompatible con los principios de un Estado democrático de Derecho». El suplicatorio opera precisamente como «un filtro garantista adicional» que garantiza que la investigación ya ha acumulado indicios sólidos sobre hechos concretos, evitando el «muestreo» indiscriminado de la vida del investigado.

Un argumento adicional concierne a la situación procesal de los no aforados, como el propio Koldo García. La extensión de la competencia del Supremo por razón del aforamiento de un coimputado genera, según la defensa, una «indefensión material» al impedirle ejercer el recurso de apelación.

El escrito recuerda que la inmunidad parlamentaria «no es un privilegio personal, sino una garantía funcional de la Cámara y de la separación de poderes». Por ello, el permiso concedido por el Congreso o el Senado «debe ser estricto y tasado». La Cámara autoriza la persecución de unos hechos, no de una persona.

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