Aragón

Lambán promueve la expropiación de las viviendas que lleven seis meses desocupadas

Javier Lambán
Javier Lambán, presidente de Aragón. (Foto: EFE)
Luz Sela
  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

La nueva Ley de Vivienda de Aragón promueve la expropiación de las viviendas que lleven seis meses desocupadas. 

Así figura en el artículo 62 del anteproyecto de la Ley de Vivienda, aprobado recientemente, en el que se establece que «las administraciones públicas promoverán programas específicos que persigan como objetivo que las viviendas desocupadas cumplan con su función social».

«Se considera que una vivienda está desocupada cuando no se haya destinado a uso residencial, bajo cualquier forma prevista en el ordenamiento jurídico, durante seis meses consecutivos en el curso de un año. En todo caso, la ocupación deberá ser efectiva, no siendo suficiente con la existencia de un título jurídico que habilite para ello», se explica.

El borrador considera que la vivienda es un derecho exigible ante los tribunales, y, como tal, que «todas las personas residentes en Aragón tienen el derecho a disfrutar de una vivienda digna, adecuada y accesible».

«Los poderes públicos velarán para la satisfacción de este derecho. A tal efecto, promoverán y adoptarán las disposiciones y medidas oportunas conducentes al acceso y ocupación legal de una vivienda por parte de quienes no dispongan de domicilio habitable o, disponiendo de él, resulte inseguro o inadecuado a sus necesidades» se añade.

Lo que denominan «función social» de la vivienda se considerará incumplido en varios casos, como que sus propietarios «incumplan el deber de conservación y rehabilitación», siempre que ello «suponga un riesgo para la seguridad de las personas y se les haya garantizado, si demuestran su necesidad, las ayudas públicas suficientes para hacer frente al coste de la conservación o rehabilitación de la vivienda», o la vivienda esté desocupada «de forma permanente e injustificada» o, en el caso opuesto, «sobreocupada». También penaliza los casos en que una vivienda protegida no se destine «a residencia habitual y permanente».

El anteproyecto blinda en todo momento el papel de la administración para dar cumplimiento al derecho a la vivienda, estableciendo las medidas que considere, entre las que se incluyen algunas de carácter fiscal «que penalicen su incumplimiento».

En el texto se establece también que «las medidas sancionadoras aplicables no se reducen a una mera multa», sino que «en los supuestos de infracciones graves y muy graves, también se incluye la posibilidad de la expropiación por incumplimiento de la función social de la propiedad, desahucio o pérdida del derecho de uso».

«No destinar las viviendas a domicilio habitual y permanente en el plazo legalmente establecido desde su entrega o, de manera sobrevenida, por período superior a seis meses» se considerará una sanción grave «salvo que exista autorización administrativa para ello y esté dentro del plazo concedido».

Solo se considerarán causas justificadas de desocupación: que las condiciones materiales de la vivienda no permitan su ocupación (para lo cual se exige que el propietario de la vivienda acredite esta situación mediante informe técnico), que esté destinada, por ejemplo, a uso turístico y temporada vacacional o, que «la vivienda esté ocupada ilegalmente».

Declaraciones de vecinos

La ley establece además un plan de inspección de las viviendas desocupadas, mediante «indicios», como la carencia de suministros o consumos «anormalmente bajos», la «recepción de correo y notificaciones en otros lugares», la «utilización habitual de otros lugares para realizar comunicaciones telefónicas o informáticas» o declaraciones de vecinos.

«Esta ley configura un auténtico derecho subjetivo a la vivienda, pudiendo la ciudadanía exigir a los poderes públicos que ese derecho se concrete en el disfrute de una vivienda o en una prestación de carácter económico, garantizando además que aquellos que ya disponen de una vivienda no la pierdan», se puede leer en el preámbulo.

El texto considera que «la situación económica que arrastra España y también la Comunidad Autónoma de Aragón desde el inicio de la crisis ha tenido como consecuencia un notable empeoramiento del nivel de vida de una parte importante de la población» y que «el acceso o mantenimiento de la vivienda se ha convertido en una de las preocupaciones más importantes de la sociedad aragonesa».

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