'CASO OLTRA'

La Fiscalía acorrala a Oltra por descalificar la «credibilidad» de la menor abusada por su marido

Mónica Oltra compromís
Mónica Oltra en una imagen de archivo.
Ignacio Martínez

La Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) no sólo acusa a Mónica Oltra, vicepresidenta primera del Gobierno valenciano que preside el socialista Ximo Puig y consejera de Igualdad y Políticas Inclusivas de tres supuestos delitos: prevaricación, abandono de menores y omisión del deber de perseguir delitos. Además, advierte de un supuesto «ocultamiento de los hechos» por parte de organismos de la conselleria» y un presunto «proceso de descalificación de la credibilidad de la menor» por parte de esos mismos organismos.

El escrito de la Fiscalía responde a la petición de alegaciones efectuada la pasada semana por el Alto Tribunal valenciano, encargado de dilucidar la imputación de Mónica Oltra en el caso que investiga si cargos y/o personal de la Consejería de Oltra supuestamente ocultaron las denuncias de la menor abusada por el marido, entonces, de la vicepresidenta valenciana.

Un asunto cuya investigación arrancó en el Juzgado de Instrucción 15 de Valencia como respuesta a la denuncia presentada por la menor abusada y que, hasta la fecha, se ha cobrado 13 imputaciones en su fase de instrucción. Hasta llegar a un punto en que el titular de su juzgado advirtió al TSJCV que no podía seguir investigando si no se imputaba a Oltra. Esta última cuestión, la imputación de Oltra, es la que ahora se dirime en el TSJ valenciano por la condición de aforada de la vicepresidenta.

Y sobre ese asunto, han presentado alegaciones todas las partes personadas en el caso. Y, también, la Fiscalía. El escrito fiscal es demoledor porque percibe claros indicios de tres delitos, como se ha dicho, con los que está supuestamente relacionada Mónica Oltra: prevaricación, abandono de menores y omisión del deber de perseguir delitos, si bien el primero sólo lo percibe en la vicepresidenta valenciana. Y no en el resto de los imputados.

Línea directriz

Pero además, en el capítulo de la valoración jurídico-penal de los hechos, la fiscal advierte indiciariamente una línea directriz a lo largo de los mismos: en una primera parte «un proceso de ocultación de los hechos» por los organismos de la Consejería de Igualdad y, en segundo lugar «un proceso de descalificación de la credibilidad de la menor» por parte de dichos organismos.

La menor abusada -y en ello abunda la fiscal- contaba 14 años de edad cuando ocurrieron los hechos y su tutela había sido asumida por la Generalitat Valenciana, de la que Mónica Oltra es vicepresidenta y consejera. Quien ejercía las funciones de esa tutela era la Dirección General de Igualdad y Políticas Inclusivas de la consejería de Oltra. La menor abusada por el marido de la vicepresidenta se encontraba acogida en el centro Niño Jesús.

Los cuatro ‘momentos’

La fiscal, a continuación, distingue en su escrito cuatro momentos, que entiende que están «claramente» diferenciados. El primero de ellos, arranca en febrero de 2017. En concreto, en el momento en que la menor refiere los abusos a los que la somete el entonces marido de Mónica Oltra a una trabajadora social. Es esa trabajadora social la que supuestamente acuerda ir con la menor para tramitar la denuncia por los abusos.

Pero, sólo 24 horas más tarde, y siempre según el relato fiscal, la menor se entrevista con otro técnico del centro al que supuestamente también relata haber recibido abusos desde 2016 hasta inicios de 2017, en su habitación «acoplando el educador su mano para masturbarse». En esa entrevista, se le preguntó si quería interponer denuncia, pero ella respondió que «en ese momento no quería denunciar», ante lo que la trabajadora social telefoneó al GRUME (grupo de Menores) de la Policía Nacional «para comunicar que la menor no presentaría denuncia alguna».

En este punto, la fiscal sostiene que la actuación resulta «incompatible con la gravedad de los hechos». «La Generalitat Valenciana -agrega la fiscal- tiene la tutela de la menor, se comunica por la misma que está sufriendo unos abusos sexuales, y no durante poco tiempo, por parte de un educador en un centro de acogida y no sólo no se denuncian los hechos, sino que tampoco se ponen en conocimiento de la Policía, ni de la Fiscalía de Menores ni de la Administración de Justicia».

La fiscal concluye este primer capítulo destacando que el 14 de febrero de 2017 «ya son dos» las personas que tienen conocimiento de los posibles abusos. Y a los que posteriormente y dentro de este mismo periodo se irán incorporando otros, sin que, según resalta la fiscal, en ningún momento se pusieron los hechos en conocimiento de la Policía, ni de la Fiscalía de Menores ni de la Administración de Justicia, hasta que cuatro meses después, es la propia menor la que lo comunica a la Policía. Es por ello, que la fiscal sostiene que «es preciso e ineludible cuestionar si hubo una voluntad real de esclarecer estos abusos».

Medida cautelar

El segundo periodo, se extiende del 22 de junio de 2017 -cuando la menor comunica a la Policía los abusos y, por tanto, salen del ámbito interno- y el 28 de julio de ese año, fecha en que el fiscal presenta la denuncia ante Instrucción 15 de Valencia.

El juzgado dictó ese mismo día el auto que imponía como medida cautelar la prohibición al marido de Oltra de acercarse a menos de 200 metros de la menor y comunicarse con ella durante 6 meses. El auto fue comunicado al marido de Mónica Oltra el 4 de agosto de 2017 y la actual directora territorial «ha informado que la recepción de dicho auto consta en la dirección territorial el 8 de agosto». Ese espacio temporal es que el que conforma el tercer periodo, constando que Mónica Oltra tuvo conocimiento del mismo el 4 de agosto.

El cuarto y último periodo, según el extenso escrito de la fiscal, se extiende 20 días. Del 4 al 24 de agosto de 2017. Y comprende todas las actuaciones de la Consejería de Oltra, la Administración encargada de la tutela de la menor, a partir del auto de medidas cautelares contra el marido, entonces, de la vicepresidenta.

«Yo encargué el expediente»

Y aquí llega otra clave del escrito de la fiscal. El 8 de agosto, la Dirección General de Infancia y Adolescencia, ordenó la apertura de un expediente informativo «por tener conocimiento verbal ese día de los posibles abusos», según dijo Oltra y destaca la fiscal, que a continuación recuerda que el pasado 7 marzo, manifestó que la incoación del expediente informativo «fue encargado por ella misma», diciendo: «Ese informe, el expediente lo encargué yo, dejen a la gente en paz… Yo encargué el expediente informativo porque necesitaba saber qué había pasado, se lo dije a la directora general…», según siempre el escrito fiscal.

Para la fiscal, la finalidad del expediente informativo «no fue esclarecer los posibles errores en los que pudieran haber incurrido las personas que ejercían funciones públicas relacionadas con la tutela» de la menor «si no esclarecer la credibilidad del testimonio de la menor, todo ello cuando ya estaban los hechos siendo investigados en vía judicial desde el 28 de julio de 2017».

Liberar responsabilidades

Y añade que «visto el desarrollo y contenido del expediente a nivel indiciario, más bien parece que se incoó con objeto de liberar de responsabilidades a la Generalitat Valenciana y a las personas y organismos que ejercían o intervenían en la tutela de la menor». Curiosamente -concluye la fiscal- el expediente «se concluyó considerando la instructora que el testimonio de la adolescente no era creíble».

Concluye también que «nadie de los que venían obligados legalmente a ello, denunció». Omisión -dice- «que en principio evidencia una voluntad de dejarlo correr, actitud incomprensible, que no deja de ser, cuanto menos, extraña y que, indiciariamente, pasa a ser comprensible cuando se descubre que el autor de los abusos denunciados era el marido de Doña Mónica Oltra».

Sostiene que se realizó una investigación «superficial interna, en la que se percibe indiciariamente una línea de ocultamiento de los hechos» y señala que se deduce a nivel también indiciario «la existencia de una directriz de actuación por parte de todos -autoridades, funcionarios y personas intervinientes- de disminuir la importancia y ocultar los abusos».

Beneficiarios

Señala que el beneficiario «directo» era el marido de Mónica Oltra y que ella era también «beneficiaria» de «esa manera de proceder en cuanto le beneficiaba a su marido ocultando los abusos y a ella en cuanto era un medio idóneo para eludir las posibles responsabilidades políticas y/o penales».

De todo ello, se deduce «una voluntad de que al haberse iniciado un procedimiento judicial» y «salir de la órbita interna de la Conselleria» se «optó por abrir un expediente para desacreditar a la menor y exculpar a la Conselleria de Igualdad, beneficiando de esta manera al autor material de los hechos, y también a «la señora Oltra y a todos los intervinientes».

 

 

 

 

 

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