COMUNIDAD DE MADRID

El Plan del Tajo de Sánchez viola una concesión de aguas que el Gobierno de Madrid tiene hasta 2061

El Gobierno de Ayuso ha denunciado ante el Supremo el Plan del Tajo de Sánchez

La demanda argumenta que el nuevo plan cambia las reglas del juego de manera ilegal

Plan del Tajo Sánchez
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.
Paula Baena

El Gobierno de Isabel Díaz Ayuso ha iniciado en el Tribunal Supremo una guerra contra el Plan Hidrológico del Tajo aprobado por el Ejecutivo de Pedro Sánchez la pasada legislatura que, a su juicio, entre otras cosas, vulnera una concesión para el trasvase de agua que Madrid tiene hasta el año 2061.

En el Canal de Isabel II, la empresa pública encargada de la gestión del agua en la región capitalina, consideran ilegal que el Real Decreto 35/2023, de 24 de enero de 2023, donde quedó aprobado el nuevo Plan del Tajo, establezca que deben solicitar una autorización previa para realizar trasvases de agua del embalse de San Juan al de Valmayor a través del conocido como sistema Alberche.

Tal y como argumenta la empresa de aguas en la demanda presentada el pasado 4 de octubre ante el Tribunal Supremo, a la que ha tenido acceso OKDIARIO, ese decreto contraviene la Ley de Aguas al imponer una medida normativa de carácter general como la sumisión a autorización administrativa para ese trasvase en concreto, cuando esta ley únicamente permite la adopción de medidas excepcionales de carácter temporal.

Lo hace en el artículo 55.2 cuando dice que «con carácter temporal, (el organismo de cuenca) podrá también condicionar o limitar el uso del dominio público hidráulico para garantizar su explotación racional» y agrega que «cuando por ello se ocasione una modificación de caudales que genere perjuicios a unos aprovechamientos en favor de otros, los titulares beneficiados deberán satisfacer la oportuna indemnización, correspondiendo al organismo de cuenca, en defecto de acuerdo entre las partes, la determinación de su cuantía».

Tal y como está configurada actualmente la concesión, vigente hasta dentro de 38 años, el Canal de Isabel II puede aportar a su sistema hasta 220 hectómetros cúbicos anuales de agua, lo que supone casi un 40% de la demanda anual en la región. Sin embargo, ese nuevo Plan del Tajo aprobado por Sánchez establece una autorización previa para realizar este trasvase «sometida a unos requisitos y condiciones que la propia norma no aclara».

Es decir, según argumentan fuentes de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid, encabezada por Carlos Novillo, ahora ese trasvase dependerá de «criterios arbitrarios si Madrid puede o no recibir un volumen de agua equivalente al consumo anual de casi 3 millones de madrileños». Además, critican que con la nueva norma, estos trasvases se autorizarían o negarían «mes a mes» impidiendo «un abastecimiento a corto, medio y largo plazo» que resulta «imprescindible para un sistema tan complejo como el madrileño».

«El plan obvia la configuración supramunicipal compartida del sistema de abastecimiento de Madrid y sus características singulares y la falta de seguridad en el suministro de agua pone en peligro el desarrollo de la Comunidad de Madrid», claman.

Además, la demanda concluye que el nuevo Plan del Tajo supone «la introducción de una norma de caso única que implica, de facto, una modificación de las condiciones del título concesional que se lleva a cabo al margen de los supuestos y del procedimiento legalmente establecido para la modificación de las concesiones». Así, denuncian que la nueva norma sustituye de forma «injustificada» e «innecesaria» un sistema de control «ex post por otro de control preventivo ex ante».

«No debe olvidarse que la Administración ya ha realizado un control exhaustivo al otorgar las concesiones y sigue desarrollándolo en su ejecución, por lo que resulta de todo punto innecesario el establecimiento de un mecanismo de control adicional por vía de autorización administrativa», argumentan.

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