Adiós a 400 euros al mes: el aviso urgente de la Seguridad Social si vas a prejubilarte este año con la pensión máxima

2026 marcará un punto de inflexión en el calendario de reformas del sistema público de pensiones. Para quienes quieran prejubilarse este año, la Seguridad Social va a poner punto y final a nueva fase del incremento progresivo de la edad legal de jubilación, que culminará en 2027. La edad ordinaria de jubilación se situará en 66 años y 10 meses para quienes hayan cotizado menos de 38 y meses. En cambio, quienes superen este periodo de cotización podrán jubilarse a los 65 años.
Respecto a la jubilación anticipada, la Seguridad Social no fija una edad universal, sino que depende de los años cotizados. Esta modalidad sólo permite un máximo de 24 meses de anticipo respecto a la edad ordinaria que corresponda a cada trabajador. Por lo tanto, en 2026, el esquema quedará configurado de la siguiente manera: quienes acrediten 38 años y 3 meses o más cotizados podrán jubilarse anticipadamente a partir de los 63 años; mientras, aquellos trabajadores que no alcancen ese periodo deberán esperar hasta los 64 años y 10 meses para poder acceder a la modalidad anticipada voluntaria. En ambos supuestos será imprescindible haber cotizado al menos 35 años, de los cuales dos deberán estar comprendidos dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a la solicitud.
La Seguridad Social activa una jubilación anticipada inesperada en 2026
Ahora bien, incluso con una larga carrera laboral, la jubilación anticipada implica aplicar coeficientes reductores mensuales por cada mes de anticipo respecto a la edad ordinaria, los cuales reducen de forma permanente la cuantía de la pensión. Los coeficientes varían en función del número de meses de anticipo y el total de años cotizados, y este año oscilan entre el 2,81 % y el 21 %. Cuanto menor sea la carrera de cotización y mayor el anticipo solicitado, mayor será la penalización.
Desde la reforma introducida en 2022, estos coeficientes se aplican sobre la cuantía de la pensión resultante y no sobre la base reguladora. En el caso de los trabajadores que cotizan por la base máxima y que quieran prejubilarse de forma voluntaria este año, su prestación sufrirá un recorte de hasta 705 euros sobre el tope de 3.359 euros en el caso de retirarse dos años antes.
Coeficientes reductores
Si la jubilación se adelanta 24 meses, la reducción es del 21,00% para quienes tengan menos de 38 años y 6 meses cotizados; del 19,00% para quienes tengan menos de 41 años y 6 meses; del 17,00% para quienes tengan menos de 44 años y 6 meses; y del 13,00% para quienes acrediten 44 años y 6 meses o más.
Con 23 meses de anticipo, el recorte es del 17,60%, 16,50%, 15,00% y 12,00%, respectivamente.
Si se adelanta 22 meses, la reducción es del 14,65%, 14,00%, 13,33% y 11,00%.
Con 21 meses de adelanto, los porcentajes son 12,57%, 12,00%, 11,43% y 10,00%.
En caso de anticipar 20 meses, el ajuste es del 11,00%, 10,00%, 10,00% y 9,20%.
Con 19 meses, la penalización se sitúa en el 9,78%, 9,33%, 8,89% y 8,40%.
Si el adelanto es de 18 meses, los coeficientes son 8,80%, 8,40%, 8,00% y 7,60%.
Para 17 meses, la reducción es del 8,00%, 7,64%, 7,27% y 6,91%.
Con 16 meses de anticipo, los porcentajes son 7,33%, 7,00%, 6,67% y 6,33%.
Si se adelanta 15 meses, el recorte es del 6,77%, 6,46%, 6,15% y 5,85%.
En 14 meses, la reducción es del 6,29%, 6,00%, 5,71% y 5,43%.
Con 13 meses, los coeficientes son 5,87%, 5,60%, 5,33% y 5,07%.
Si el adelanto es de 12 meses, el ajuste queda en 5,50%, 5,25%, 5,00% y 4,75%.
Con 11 meses, la penalización es del 5,18%, 4,94%, 4,71% y 4,47%.
Para 10 meses de anticipo, los porcentajes son 4,80%, 4,67%, 4,44% y 4,22%.
Con 9 meses, la reducción es del 4,63%, 4,42%, 4,21% y 4,00%.
Si se adelanta 8 meses, el recorte es del 4,40%, 4,20%, 4,00% y 3,80%.
Con 7 meses, los coeficientes son 4,19%, 4,00%, 3,81% y 3,62%.
Para 6 meses de anticipo, la reducción es del 4,00%, 3,82%, 3,64% y 3,45%.
Con 5 meses, el ajuste queda en 3,83%, 3,65%, 3,48% y 3,30%.
Si el adelanto es de 4 meses, los porcentajes son 3,67%, 3,50%, 3,33% y 3,17%.
Con 3 meses, la penalización es del 3,52%, 3,36%, 3,20% y 3,04%.
Si se adelanta 2 meses, la reducción es del 3,38%, 3,23%, 3,08% y 2,92%.
Y con sólo 1 mes de anticipo, el recorte aplicado es del 3,26%, 3,11%, 2,96% y 2,81%.
Tomemos como referencia una pensión de 2.000 euros mensuales antes de aplicar coeficientes reductores. Si un trabajador con menos de 38 años y 6 meses cotizados adelanta su jubilación 24 meses, sufrirá una reducción del 21%. Eso significa que perderá 420 euros al mes (el 21% de 2.000 €). Su pensión final quedaría en 1.580 euros mensuales. En cambio, si otro trabajador con 44 años y 6 meses o más cotizados también adelanta la jubilación dos años, el recorte será del 13%. En ese caso perdería 260 euros al mes y cobraría 1.740 euros.
Si el adelanto es de 12 meses, la penalización para quien tenga menos de 38 años y 6 meses cotizados es del 5,50%. Sobre una pensión de 2.000 euros, el recorte sería de 110 euros al mes, quedando en 1.890 euros. Para quien supere los 44 años y 6 meses cotizados, el coeficiente es del 4,75%, lo que supone una reducción de 95 euros y una pensión final de 1.905 euros.
Jubilación forzosa
En el caso de que la jubilación sea forzosa, es posible retirarse hasta un máximo de 48 meses antes de la edad de jubilación ordinaria. Con esta modalidad, la Seguridad Social tener cumplidos 62 años y 10 meses y haber cotizado al menos 33 años; cuando la carrera laboral es más larga la edad mínima de acceso desciende hasta los 61 años. De la misma manera que cuando es voluntaria, también se aplican coeficientes reductores sobre la cuantía de la pensión, los cuales oscilan entre el 0,50% y el 30%.