José María Macías: «Tendremos que seguir la interpretación de la amnistía que marque el Tribunal Europeo»
«Hay que dotar al Ministerio Fiscal de una autonomía auténtica y protegida»
«Nunca vendrá el TJUE a decir que una ley española es o no constitucional»
Vea aquí la entrevista completa a José María Macías, Magistrado del Tribunal Constitucional

Con una amplia experiencia profesional a sus espaldas y un profundo conocimiento del derecho contencioso-administrativo, aunque también ha ejercido en la jurisdicción civil y penal, José María Macías forma parte de nuestro Tribunal Constitucional, dentro de lo que se suele calificar como la «minoría conservadora» que, salvo excepciones, enfrenta sus tesis a las de la mayoría, liderada por el presidente, Cándido Conde-Pumpido. Macías acaba de publicar «El Tribunal Constitucional Español ante el reto europeo», donde aborda, entre otras cuestiones, las reticencias de los tribunales nacionales a la hora de sincronizarse con los tribunales europeos.
Este magistrado, que vivió desde el CGPJ la peripecia de permanecer hasta doblar los cinco años de mandato que le correspondía, ve acercarse de nuevo el fin de su mandato en el Tribunal Constitucional sin que haya acuerdo de renovación a la vista. A principios de 2026, Macías y el resto de sus compañeros, tendrán que deliberar sobre las cuestiones pendientes relacionadas con la amnistía y de las que pende, también, el futuro de Carles Puigdemont y del resto de líderes del 1-O. Pero ante todo aclara que habrá que aceptar lo que diga el TJUE y «no hay más vuelta de hoja»
PREGUNTA.- Recientemente han celebrado un Congreso Mundial de Tribunales Constitucionales precisamente en Madrid. ¿Hay retos, que tiene que limar el TC en el entendimiento con otros tribunales?
RESPUESTA.- Yo he hablado del TC y de su reto, porque es mi tribunal, de cuyo reto yo participo también, pero no es exclusivo del TC español. Algunos episodios muy serios, planteados por el Tribunal Constitucional Federal de Alemania, por si se aceptaban o no las decisiones adoptadas por el Banco Central Europeo, en esa materia que revelan que no es solo un reto del TC español, sino que salvo algunos países con tribunales muy friendlies, como Austria, Holanda, Bélgica, hay una cierta generalización por salvaguardar la esfera propia y oponerla a la europea. Es un planteamiento que no comparto. De ahí que hable del reto de tener que superarlo.
P.- No hace mucho leía yo una entrevista del del presidente del Tribunal Constitucional, don Cándido Conde-Pumpido, en el que decía estar esperando la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) antes de abordar su sentencia pendiente sobre la Ley de Amnistía. ¿Eso significa que esperan para acomodarse a la sentencia del TJUE?
R.- Sí, sí. De hecho, un número no pequeño de magistrados del Tribunal ya propuso que se esperara precisamente a esto. Si el tribunal acaba pensando que es conveniente esperar a lo que pueda decirse en las dos cuestiones prejudiciales que está conociendo el TJUE, pues bien está. Veremos qué es lo que dice y si lo que nos dice es relevante o no. Pero bien está esperarle, sí.
P.- Hemos tenido un avance del abogado general. ¿Cree que la sentencia definitiva va a ir en esa línea?
R.- Lo que dice el abogado general, que no es propiamente una parte del colegio decisorio, porque no es miembro del tribunal que decide, pero sí cumple un papel de asesor imparcial en interés del Derecho de la UE, que intenta colaborar con la tarea del tribunal de decidir cómo se interpreta el derecho de la UE. En un muy elevado número de supuestos, la opinión del abogado general anticipa la del TJUE. Pero también hay un número no despreciable de supuestos en los que eso no es así, o en los que la opinión del abogado general, compartiéndose por el TJUE, se matiza o en las que el solo en parte se acoge lo que el Tribunal.
P.- ¿Cree que la versión del abogado general es una versión imparcial? Lo digo porque ha habido ciertos juristas españoles que han criticado con dureza que, en cierto modo, defienda la Ley de Amnistía?
R.- No voy a dudar en ningún caso es de la imparcialidad del abogado general como de la propia imparcialidad del TJUE. Nadie ha puesto sobre la mesa que el señor Dean Spielmann pueda tener ningún tipo de vínculo ni con ni con quienes fueron parte en el en el Tribunal de Cuentas, ni con quienes fueron parte en el tema que elevó la Audiencia Nacional. Yo, desde luego, no dudo de la imparcialidad. Otra cosa es que haya juristas que, de una manera razonada y razonable, discrepen de lo que haya podido decir otro jurista. Y otra cosa es la propia comprensión que se tenga de la función que tiene que cumplir el TJUE, que es interpretar la normativa europea para facilitarle a un juez nacional cómo debe interpretar esa norma cuando la aplique en su propio proceso. El juez nacional tiene que determinar si su ley es compatible o no con la con la norma europea. Que el señor Spielmann, además de dar interpretación del derecho de la Unión, haya podido dar una interpretación de la ley española, será lo que el TJUE tenga que valorar. Lo que tengo claro es que cuando preguntas a un órgano al que se atribuye, según los tratados que firmó España, la función de establecer con carácter vinculante la interpretación del derecho de la UE, es para después atenerte a las consecuencias. Y si la interpretación que nos facilita el Tribunal es una, pues habrá que seguirla y no habrá vuelta de hoja.
P.- ¿Si el Tribunal de la UE dice que la Ley de Amnistía es constitucional y acorde con la Legislación vigente se terminó la discusión?
R.- Eso no lo dirá nunca el TJUE, porque no es su función. La función del TC español es decir si las leyes españolas son constitucionales o no. Y nunca vendrá el TJUE a decirle si es conforme o no con la Constitución y la ley española, porque eso no es la función propia del tribunal. El TJUE solo va a dar respuesta a las preguntas concretas.
P.- ¿Se refiere a las cuestiones prejudiciales?
R.- Las cuestiones prejudiciales se traducen en una serie de preguntas que el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional, le formulan al TJUE sus dudas sobre cómo se tiene que interpretar el derecho de la UE, no cómo se tiene que interpretar el Derecho español, ni si el derecho español, una ley concreta española, es conforme o no con la Constitución.
P.- Entonces, lo que dictamine el TJUE, ¿no tiene por qué marcar lo que vaya a determinar posteriormente el Tribunal Constitucional sobre la Ley de Amnistía?
R.- ¿Se refiere a la malversación? En relación con la Ley de Amnistía, el Tribunal ya se ha pronunciado sobre la malversación. No hay ninguna pregunta, ni formulada por el Tribunal de Cuentas, ni formulada por la Audiencia Nacional, en relación con la malversación. En principio, no va a dar una respuesta a una pregunta que no se ha formulado.
P.- Seguramente, usted conoce el funcionamiento de los tribunales europeos, quiénes forman parte del mismo, que los proponen los gobiernos nacionales, etc. ¿Se hace lobby por parte de los gobiernos, ante los tribunales europeos?
R.- Lobby quiere decir que se intenta influir de una manera indebida…
P.- O que alguien de la Administración en España se ocupa de explicar a un señor nombrado por el Gobierno de Moldavia cómo funciona el país y el derecho español…
R.- Cuando se plantea una cuestión prejudicial, se pide al TJUE que proporcione una interpretación del derecho de la UE. Pero el TJUE necesita conocer la realidad normativa española y cómo es el pleito en el que se va a aplicar esa interpretación. Las partes intervienen en el procedimiento, pero los Estados también proporcionan sus propias versiones sobre la realidad de las cosas. El abogado del Estado en las cuestiones prejudiciales ha planteado su versión de la situación española, pero es que pueden intervenir.
P.- ¿Usted comparte la versión que ha dado el abogado del Estado sobre todo lo relacionado con la Ley de Amnistía?
R.- Esa parte me la reservo para mí, porque obviamente estará en las valoraciones que yo tenga que hacer de la decisión que tengamos que tomar. El abogado del Estado proporciona una versión, las partes han proporcionado otra. El Tribunal de Cuentas planteó las dudas anticipando una opinión. La Audiencia Nacional hizo lo mismo. Generalmente, cuando se le pregunta al TJUE la pregunta nunca es neutra. Doy por sentado que como los magistrados del TC tenemos la mente abierta, pero no la cabeza vacía, cada uno de mis colegas tendrá una opinión que, como yo, se reservará para el día de la deliberación.
P.- Visto desde fuera, el TC , todo el mundo parece saber lo que van a votar o lo que van a dictaminar cada uno de los magistrados en función quién le nombró. ¿No es un poco triste?
R.- Si por ideología entendemos que el magistrado sea correa de transmisión del ideario de un partido político, entonces eso sí que es triste o sería triste si fuera cierto. Si por ideología lo que entendemos es que todos y cada uno de los magistrados que están en el pleno tienen un planteamiento vital llevado de sus propias experiencias, de su manera de entender lo que es bueno y no es bueno para el resto de los ciudadanos, todo eso conforma una forma de ver la vida que naturalmente trasladas a tu forma de interpretar una norma, una determinada influencia en la manera de interpretar la Constitución, eso ya lo tuvo en cuenta el Constituyente: somos 12 magistrados, cuatro elegidos por el Congreso, cuatro, Senado, otros cuatro el Gobierno, CGPJ. Con esta fórmula de elección se está buscando que el mismo pluralismo político que hay en la sociedad se traslade a la al Tribunal Constitucional.
P.- ¿Es usted partidario de esa fórmula de elección?
R.- No soy ni más ni menos partidario.Que un juez Perteneciente al Poder Judicial, corrija al Parlamento es algo que no pasa en ningún país de la Europa continental. Lo tiene que hacer un órgano específico al que, por su propia legitimación de origen, se le atribuya ese mismo pluralismo político que hay en un Parlamento. Pero que lo haga un juez perteneciente al Poder Judicial. Primero, es desconocido en nuestra cultura jurídica continental e incluso en la anglosajona, donde el control de constitucionalidad es difuso, porque no existen tribunales constitucionales. Lo más que se le permite al juez es dejar de aplicar la norma, pero no declararla nula.
P.- ¿Cree que cabe recurso de amparo por parte del fiscal general condenado? Desde el Gobierno se ha dicho que, en este caso, se han vulnerado derechos fundamentales… Le pregunto a un experto.
R.- Le pregunta a un experto que, como tendrá que decidir eso en su momento, pues no puede pronunciarse sobre si en el caso concreto del señor Álvaro Ortiz, la sentencia del Tribunal es conforme o no, con el marco de derechos fundamentales que al señor García Ortiz, como cualquier otro ciudadano, le garantiza nuestra Constitución. Al señor García Ortiz, como cualquier otra persona sometida a proceso que considera que se ha producido una lesión de un derecho fundamental la Constitución y la Ley Orgánica del TC le habilitan a plantear un recurso de amparo para que pueda ser examinado por el Tribunal, que tendrá que determinar si hay mérito para que el recurso sea admitido y, en su caso, para ser estimado. En abstracto, como frente a cualquier otra condena, cuando se cumplen los requisitos procesales se puede plantear un recurso de amparo en concreto. Si es admisible o no, quizás se lo diga dentro de un tiempo, cuando esto esté ya totalmente decidido.
P.- ¿Puedo yo llegar a la conclusión de que usted tiene bastante claro que este asunto va a llegar a la mesa del TC?
R.- Yo respondo a la hipótesis que me ha planteado. Lo que el señor García Ortiz pueda hacer o no hacer… Yo ahí no entro. Me ciño a la hipótesis que me planteaba.
P.- ¿Qué impacto le causó a usted conocer que el Fiscal General del Estado se tuvo que sentar en el banquillo y fue condenado? Es algo insólito en España…
R.- Pues como parte de las reflexiones que tendré que hacer cuando responda a juzgar la constitucionalidad del recurso de amparo que hipotéticamente pudiera llegar a plantearse, también me reservo para mí el impacto. Y le diré que, elevándome sobre el caso concreto del señor García Ortiz, creo que lo relevante no es la situación concreta del señor García Ortiz, que tendríamos que hacer un esfuerzo diferente, poner el foco en otro en otro sitio, que es la regulación actual del Estatuto del Ministerio Fiscal. Me parece mucho más relevante, no para el caso concreto del señor García Ortiz, sino para el futuro más inmediato de España, que tiene que intentar ser homólogo con los países de su entorno y por lo tanto, también con la fiscalía de su entorno, por decirlo así. En España, de acuerdo con la Ley de Enjuiciamiento criminal, desde el SXIX, el juez encargado de la investigación es el juez de instrucción que tiene que asumir tanto lo que de bueno como de perjudicial resulte de la instrucción en relación con la persona investigada. Es muy complicado pedirle a alguien que al mismo tiempo esté con el cirio y con el palo.
P.- ¿Es más fácil que el fiscal instruya y que el juez vele por las garantías del proceso? Como el modelo francés o como el modelo americano.
R.- Separando quien acusa de quien defiende y quien vela por las garantías, la acusación ha de reunir una serie de condiciones que exigirían y por eso decía que el señor García Ortiz, es un problema concreto, que ya llegará o no llegará. Pero el problema general que tenemos en España es otro y es la Fiscalía, con o sin el señor García Ortiz. Él ya no está y la Fiscalía General sigue allí…
P.- ¿Se refiere del problema que desvela la frase de Pedro Sánchez…«de quién depende la fiscalía»…
R.- El señor Pedro Sánchez después rectificó esa misma expresión. Al parecer, días después de esto le preguntaba y alguien le advirtió que lo que había dicho así, sin pan y por las buenas, era muy difícil de digerir y lo rectificó. Y bien estuvo que lo rectificara. Pero más allá de la anécdota, «de quién depende o de quién no depende…» Se trata de establecer un marco de actuación del Ministerio Fiscal en la que sus miembros estén dotados de auténtica autonomía y que su autonomía esté protegida. Es complejo, pero se tienen que adoptar las garantías para impedir interferencias políticas y, por el momento, se discute si nuestra Fiscalía eso lo tolera o no. Europa, desde luego, lo lleva discutiendo desde el año 2020, con los primeros informes sobre el Estado de Derecho, en España. Cada año te preguntan y se quejan de que no vayas en esa línea. Yeso es porque es una percepción mala.
P.- Le pido que se moje, porque esto ya no depende de usted… aunque le afecta. Su mandato y el de los otros miembros del TC a propuesta del Senado se agota y no parece que vaya a haber acuerdo para proceder a renovarlo…
R.- Yo estoy encantado siempre de contestar a las preguntas y llegado al límite de no poder hacerlo, poder explicar por qué no puedo hacerlo. Dicho esto, efectivamente ahora se ha de producir una renovación que habrá en algún momento y lo matizo así «en algún momento», porque yo soy un doliente de un CGPJ que duplicó su plazo constitucional de duración. Lo ideal es que las instituciones se renueven en plazo y que los plazos inicialmente queridos por el Constituyente para las para los órganos constitucionales se produzcan cuando se tienen que producir. Nadie entendería, porque implicaría un auténtico golpe de Estado, que unas elecciones se prolongarán más allá del plazo límite. Sería impensable. Pero eso se solventa con automatismos para indicar el plazo electoral. Cuando la Constitución, exige para la renovación de determinadas instituciones que haya unas determinadas mayorías cualificadas. 3/5, como es el caso de los magistrados del TC,o los del CGPJ, está asumiendo que no se trata meramente de que los partidos se expresen y a partir de ahí proyectar el resultado matemático. No, está exigiendo consensos.
P.- ¿Y usted ve posibilidad de consenso?
R.- El consenso no puede imponerse. Lo más que se puede exigir es como para el matrimonio, que haya buena voluntad. Pero no puedes obligar a nadie a casarse, ni a consensuar. Las mejores prácticas políticas tendrían que llevar a eso. Y no me pregunte cuáles son las mejores prácticas políticas porque yo no tengo ni la menor idea. Bastante mal lo hacen los políticos ellos solos para que yo les ayude, dándoles consejos que para mí no tengo. Lo dejo para ellos. Lo que es exigible es que pongan los mejores esfuerzos posibles para llegar al consenso. El Constituyente quiso que fuese complicado, porque si no hubiera dejado una mayoría absoluta.
P.- ¿Y usted cree que si no hay acuerdo tienen que seguir adelante los que están?
R.- Bueno, esa es la previsión de la de la LOTC. De hecho, en una modificación que se introdujo en su momento en la LOTC sucedió lo mismo con el CGPJ. En el Consejo se llegó a una situación de falta de renovación y la genial idea que se tuvo fue decir bueno, pues ahora el Consejo lo disminuimos y le perjudicamos, al Consejo y al Tribunal Supremo….
P.- ¿Se refiere a la Ley con la que el Gobierno de Sánchez redujo los poderes del CGPJ una vez concluido constitucionalmente su mandato?
R.- Claro. Quienes estaban incumpliendo eran las cámaras parlamentarias y la manera de solucionarlo fue perjudicar al Poder Judicial. Esto, desde un punto de vista racional, no se puede hacer. En la LOTC la previsión es que el contador se pone a cero en el momento en el que se entiende cumplido el mandato y, a partir de ahí, el plazo de nueve años de ese tercio del tribunal empieza a correr, se haya renovado o no. De alguna manera, lo que se traslada es una penalización. Es una previsión extraña, pero fue la solución que se encontró en su día y es la que se aplica ahora.
P.- ¿Podemos decir que tenemos al actual Tribunal Constitucional para rato? Porque no parece que vaya a haber acuerdo…
R.- No lo sé. Yo fui doliente de una situación similar en el CGPJ. Estuvo a punto de renovarse en 2018 y el día antes se cae todo por una barbaridad que dijeron un par de personas que trasladaron a muchas más en un whatsapp.
P.- Sí, el célebre wasap en el que se desvelaba el acuerdo para renovar el CGPJ y un senado del PP afirmaba en el chat que «controlaremos la Sala Segunda (del Supremo) por la puerta de atrás»…
R.- Prefiero no calificarlo porque cualquier cosa que me venga a la boca después igual se podría pensar que lo estoy atribuyendo a los protagonistas… pero motivó que quien hubiera podido ser, no sé si calificarlo como legendario, pero un extraordinario presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ (Manuel Marchena) por un derroche de dignidad que nunca se le va a agradecer lo suficiente. Luego viví, ya no recuerdo si dos o tres episodios más de «oye, que sí, que sí…» y el día antes, por desencuentros políticos un poco extraños que hasta podían proceder en algún caso de algún grupo minoritario… no sucedía. La última vez que se renovó, yo tenía mis dudas y, al mismo tiempo que estaba pasando eso, me hacen una llamada preguntándome si aceptaría una propuesta para incorporarme al TC… En fin, yo no descarto que lo que ahora se ve como imposible dentro de 20 días pase a ser posible.
P.- Pero su previsión es más bien la contraria, deduzco…
R.- Mi previsión es estar expectante a lo que a lo que pueda suceder. Estar atento. Y entre tanto, el tribunal, tiene por delante un reto fundamental que va a estar presente, sea quienes sean los magistrados que estén. Es un tema intemporal y apersonal.