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La Junta Electoral expedienta a Sánchez por hacer su balance de año en plena campaña extremeña

La decisión se ha tomado por unanimidad del órgano por presentar el informe Cumpliendo 2025

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante una rueda de prensa, en el Palacio de la Moncloa
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante una rueda de prensa, en el Palacio de la Moncloa

La Junta Electoral ha abierto un expediente contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por hacer su rueda de prensa de balance del año, el informe Cumpliendo 2025, el pasado lunes en plena recta final de la campaña de Extremadura, cuyos comicios tienen lugar este domingo, 21 de diciembre, en la región. La decisión se ha adoptado por unanimidad de este órgano.

El líder socialista adelantó este año la presentación del informe respecto al año anterior. En 2024, Sánchez compareció casi en Nochebuena, el 23 de diciembre, para hacer balance de su año al frente del Gobierno y hacer autobombo de sus políticas. Sin embargo, en 2025, el jefe del Ejecutivo compareció ante los medios este lunes, 15 de diciembre.

El PP denunció ante la Junta Electoral Central que Sánchez había difundido «mensajes políticos partidistas, incumpliendo los principios de objetividad, transparencia e igualdad entre los actores electorales que consagra la legislación electoral y la doctrina de la Junta Electoral Central».

Además, los populares solicitaron que «la retirada de la publicación de toda web oficial de cualquier contenido relacionado con los hechos denunciados, particularmente su difusión desde la página web de la Moncloa».

Por su parte, el PSOE alegó que en la rueda de prensa del informe Cumpliendo «no se estaba realizando una exposición de logros, sino que se trataba de un acto de rendición de cuentas respecto de la acción del Gobierno».

Además, aseguraba que este acto «cuenta con un amplio respaldo normativo y viene desarrollándose desde 2020 con una periodicidad semestral». Sin embargo, la realidad es que este año se ha adelantado más de una semana, coincidiendo con la recta final de las elecciones en Extremadura.

Prohibición de aludir a logros

La Junta Electoral Central considera que se incumple el precepto 50.2 de la LOREG (Régimen Electoral General) que prohíbe «cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones».

El órgano asegura las manifestaciones en «la rueda de prensa ofrecida por el Presidente del Gobierno, en su calidad de tal y con motivo de la presentación del informe Cumpliendo» sí que «podrían incurrir en la prohibición establecida».

«El presidente del Gobierno no se limitó a comunicar extremos relativos a la rendición de cuentas prevista para el acto convocado, sino que realizó también una serie de apreciaciones críticas de la actuación de los lideres destacados de otros partidos políticos, así como de la política seguida por las comunidades autónomas gobernadas por los partidos de la oposición», subraya la Junta Electoral Central.

Desde este organismo señalan que el deber de neutralidad que tienen los políticos en estos procesos electorales no se refiere sólo a los de la comunidad en la que se celebran los comicios. En su lugar, le recuerda que esas prohibiciones «van dirigidas a todos los poderes públicos, al margen de que sus titulares sean o no candidatos en las elecciones convocadas».

Si bien la JEC reconoce que Sánchez «puede ejercer libremente su derecho fundamental a la libertad de expresión y opinión», entre los que está la crítica a las formaciones políticas. Sin embargo, le reprocha que «no puede hacerlo prevaliéndose de la utilización de los medios públicos de los que dispone en razón de su cargo público». Por ello, la Junta Electoral Central le exige un «estricto deber de neutralidad política en actos institucionales».

Además, el organismo acuerda «instar al presidente del Gobierno a que durante el resto del periodo electoral se abstenga de realizar actuaciones como la examinada que puedan suponer la vulneración del deber de neutralidad exigido a las autoridades públicas durante el periodo electoral».

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