Los fiscales llevan la imputación de García Ortiz a otra sala del Supremo para forzar su caída
La Asociación Profesional e Independiente de Fiscales impugnó su nombramiento en la Sala de lo Contencioso en febrero
El malestar de la carrera fiscal con el imputado Álvaro García Ortiz alcanza nuevas cotas. La decisión del Tribunal Supremo de abrirle una investigación por revelación de secretos, que conlleva hasta cuatro años de cárcel, ha desatado un maremoto de reacciones. Una de ellas proviene de la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF). Tal como ha podido saber OKDIARIO, esa organización de fiscales va a elevar el auto de imputación de su jefe, que firma la Sala Segunda del Supremo, a la Sala Tercera. En la Sala Tercera, encargada de asuntos de lo contencioso-administrativo, hay un pleito abierto desde febrero, cuando impugnaron el nombramiento de García Ortiz por parte del Supremo.
Fuentes fiscales consultadas por este periódico trazan un escenario negro para García Ortiz. Este jueves hay dos citas clave: las reuniones de la Junta de Fiscales de Sala y el Consejo Fiscal –donde están los representantes de las asociaciones de fiscales y donde el fiscal general está en clara minoría–. Allí, García Ortiz insistirá en que no tiene que dimitir a pesar de su imputación por la estabilidad del Ministerio Público. Sin embargo, tendrá que escuchar que buena parte de sus compañeros pedirán su dimisión. Ven completamente «incompatible ser jurista de reconocido prestigio y estar imputado por el Supremo».
Además, en paralelo hay otro frente. La APIF recurrió en febrero el segundo nombramiento de García Ortiz por parte de Pedro Sánchez como fiscal general del Estado. La APIF, a la que pertenece el fiscal del alto tribunal Salvador Viada, argumentaba que el Gobierno no debió renovar a García Ortiz en el cargo, dado que una sentencia previa lo había acusado de «desviación de poder» al ascender a su compañera Dolores Delgado.
Esa agrupación de fiscales apuntaba ya, además, que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre el nombramiento de García Ortiz fue «extenso y fundado»le tachó de no ser idóneo para el puesto. La APIF decía que «el Estado de derecho en España debe basarse en un Ministerio Fiscal independiente del Gobierno y sometido únicamente al imperio de la ley». Aunque reconocen la potestad del Ejecutivo para designar al fiscal general, consideran que García Ortiz carece de las cualidades necesarias para desempeñar ese cargo, y lo acusan de no tener el «talante, la actitud, el carácter ni la convicción» para ser un fiscal general del Estado, imparcial y desligado del Gobierno.
Entre los motivos que la APIF destacaba para cuestionar la idoneidad de García Ortiz está la anulación por parte, también, de la Sala de lo Contencioso del Supremo de la designación de Dolores Delgado como fiscal de Sala de Memoria Democrática, una elección realizada por García Ortiz. Además, critican su actuación al asumir el cargo de fiscal general, destacando su decisión de impedir que el Consejo de Fiscales emitiera un dictamen solicitado por el Senado en relación con la proposición de Ley de Amnistía. Para la APIF, esta medida es un ejemplo claro de cómo García Ortiz habría obstaculizado la autonomía de la institución.
Ahora se suma otro argumento: su intervención en el caso del novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Alberto González Amador. El Supremo le investiga por supuestamente facilitar a los medios de comunicación correos electrónicos del abogado de la pareja de Isabel Díaz Ayuso con la Fiscalía.
Precedentes
El Tribunal Supremo ya ha abordado casos similares relacionados con recursos contra el nombramiento de fiscales generales. El precedente más reciente se remonta a octubre de 2021, cuando el Supremo avaló la designación de Dolores Delgado como fiscal general del Estado, tras haber ocupado previamente el cargo de ministra de Justicia sin interrupción entre ambos puestos. En esa ocasión, la Sala no admitió los recursos presentados por el Partido Popular y Vox contra Delgado, aunque no se pronunció sobre el fondo del asunto, alegando que los demandantes carecían de «legitimación activa», un criterio que determina si los recurrentes tienen un interés legítimo en el caso. Ahora, al recurrir una asociación de fiscales se salva ese problema.
Existe otro precedente: el nombramiento de Eligio Hernández como fiscal general en 1994. En aquella ocasión, el Tribunal Supremo tumbó su nombramiento tras un recurso presentado por la Unión Judicial Independiente, la Asociación Profesional de la Magistratura y la Asociación de Fiscales.
«Ni un minuto más»
Este miércoles, la APIF ha argumentado que, tras la decisión del Supremo, García Ortiz «ha perdido la condición de jurista de reconocido prestigio» que establece el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF). Para la APIF, el fiscal general «ha perdido toda la autoridad necesaria para liderar el Ministerio Público», y por tanto, «no puede continuar ni un minuto más en su cargo, dirigiendo la institución en toda España y emitiendo órdenes a cualquier fiscal sobre cualquier asunto».
Además, la asociación resalta que, según el EOMF, la Fiscalía General del Estado puede suspender cautelarmente a cualquier fiscal implicado en un proceso penal. «No tiene sentido que cualquier fiscal pueda ser suspendido, salvo el fiscal general», afirman.
Finalmente, la APIF subraya la necesidad urgente de reformar el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal para incluir una nueva causa de cese del fiscal general del Estado, y recuerda que el artículo 31 del estatuto establece que el mandato es de cuatro años, cesando solo por incompatibilidades, dimisión, incapacidad, incumplimiento grave de sus funciones o al final del mandato del Gobierno.