Fiscalía General del Estado

El Supremo imputa al fiscal general García Ortiz por revelar datos fiscales del novio de Ayuso

Álvaro García Ortiz difundió una nota de prensa con datos de la negociación con la Fiscalía del novio de Ayuso

Se convierte en el primer fiscal general del Estado de la democracia imputado por un delito

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El Tribunal Supremo ha decidido abrir una investigación contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, tras la acusación de revelación de secretos presentada por Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. La querella se refiere a la difusión de una nota informativa en la que la Fiscalía de Madrid compartía detalles sobre el intercambio de correos electrónicos entre el abogado de González Amador y el fiscal Julián Salto en relación con una investigación por supuesto fraude fiscal que involucra al demandante. García Ortiz asumió la responsabilidad de la publicación de dicha nota. Se trata de una investigación inédita en la historia, ya que es la primera vez que se imputa al jefe del Ministerio Público.

González Amador y el Colegio de Abogados de Madrid llevaron el caso a los tribunales, argumentando que la divulgación de esos correos violaba la privacidad y que la finalidad de la nota emitida por la Fiscalía iba más allá de desmentir informaciones erróneas en la prensa, revelando datos que no debían ser compartidos con terceros. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) concluyó que la nota informativa no se ajustaba a los propósitos que alegaba el Ministerio Fiscal, pues no sólo contenía información que no había sido divulgada por la prensa previamente, sino que también revelaba detalles confidenciales sobre la investigación.

La Sala de lo Penal también ha acordado investigar a Pilar Rodríguez Fernández, que supuestamente envió a García Ortiz datos para la elaboración de la citada nota. Aunque no tiene la condición de aforada, los magistrados entienden que ambos comportamientos –el del fiscal general y el de ella– guardan una conexión inescindible que impide la incoación de causas separadas.

El Supremo considera que, de la exposición razonada enviada por el TSJM, así como de las querellas y denuncias presentadas, entre otros por González Amador, se desprende la imputación a García Ortiz y a Rodríguez Fernández de un delito de revelación de secretos, como consecuencia de la divulgación de la nota informativa donde se detallaba la cronología de las diligencias de investigación relativas a González Amador.

El tribunal expone que la cuestión primordial es determinar si la conducta atribuida por los querellantes, y que se detalla en la exposición razonada, al aforado, encaja en el artículo 417 del Código Penal, que castiga a la autoridad o funcionario público que revelase secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de oficio o cargo y que no deban ser divulgados. Concluye que concurre el primer elemento del tipo penal, la existencia de autoridad o funcionario público que tiene conocimiento de secretos o informaciones conocidas en el ejercicio de su cargo, y que tienen carácter reservado.

Defensa de la Fiscalía

En su defensa, la número dos de la Fiscalía, la teniente fiscal del Supremo, Ángeles Sánchez Conde, presentó un informe de 45 páginas en el que solicita el archivo de la causa, argumentando que los hechos no constituyen un delito. La fiscal defiende que la publicación de la cronología de los hechos y de los correos electrónicos intercambiados era necesaria para aclarar informaciones erróneas difundidas por varios medios de comunicación, que presentaban una versión distorsionada de la actuación de la Fiscalía en relación con González Amador. Según la teniente fiscal, algunos medios de comunicación habían alterado el orden temporal de los eventos, lo que generó confusión sobre el papel de la Fiscalía en las diligencias y en su relación con la defensa del investigado.

Además, subraya que la presidenta Díaz Ayuso, al comentar públicamente sobre el caso, puso en duda la imparcialidad de la Fiscalía, llegando a insinuar que se trataba de una operación política en su contra y contra su pareja. Según la teniente fiscal, estas declaraciones, junto con las informaciones incorrectas en los medios, justificaban la necesidad de emitir una nota oficial que aclarara los hechos.

La decisión final sobre si imputar o no a Álvaro García Ortiz recaía en el Tribunal Supremo. La magistrada Susana Polo, junto con los magistrados Manuel Marchena, Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral y Carmen Lamela, se les designó los encargados de valorar si la actuación del fiscal general constituye o no un delito de revelación de secretos.

En última instancia, la defensa de García Ortiz insiste en que la publicación de la nota fue una respuesta proporcionada y necesaria para aclarar las falsedades difundidas por los medios de comunicación y desde el entorno de la presidenta Díaz Ayuso, buscando proteger la integridad y la objetividad de la Fiscalía ante el revuelo mediático generado.

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