El juez del ‘caso Lezo’ archiva la causa contra Gallardón y González por la compra de Inassa
En línea con lo que pedía la Fiscalía Anticorrupción, también exculpa al ex presidente madrileño Ignacio González, principal imputado en otras piezas del 'caso Lezo'.
El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha archivado la investigación que se venía siguiendo contra el ex ministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón en la pieza del ‘caso Lezo’ sobre la compra de la sociedad colombiana Inassa a cargo del Canal de Isabel II en el año 2001, cuando era presidente de la Comunidad de Madrid.
La desimputación de Ignacio González se ha llevado a cabo porque aún no había llegado a la presidencia del Canal de Isabel II cuando se cerró la operación de compra de Inassa; al socio de éste Edmundo Rodríguez Sobrino, quien después ejerció como presidente de la empresa colombiana; y a Manuel Cobo, ex vicealcalde de Madrid y quien fuera ‘mano derecha’ de Gallardón.
Además de estos cuatro, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 archiva las diligencias para otras 11 personas, incluidos ex consejeros del Gobierno de Gallardón como Paz González, Luis Blázquez, Luis Eduardo Cortés, Carlos Mayor Oreja, Alicia Moreno, Pilar Martínez y Luis Peral; así como exdirectivos como Gaspar Cienfuegos, Jesús Sánchez, Salvador Cardona y Ángel Varona.
Tras más de dos años, Inassa es la primera pieza del ‘caso Lezo’ cuya instrucción el magistrado da por finalizada, por lo que, al tiempo que exculpa a estas 15 personas, sí acuerda el procesamiento de otras 22, a los que imputa el delito de malversación de caudales públicos agravado en el proceso de compra de la sociedad colombiana.
Entre ellas destacan dos de los más cercanos colaboradores de Gallardón tanto en el Ayuntamiento de Madrid como en la Comunidad: Pedro Calvo y Juan Bravo, en tanto formaban parte del consejo de administración del Canal de Isabel II cuando tuvo lugar la compra, aunque también integraban el Consejo de Gobierno autonómico.
En realidad, el juez procesa a consejeros del Canal que en 2001 votaron a favor de la adquisición de Inassa: Juan María del Álamo, Fernando Autrán, Francisco Díaz Latorre, Ignacio López Galiacho, Adriano García-Loygorri, José Manuel Herrero, José Antonio Llanos, Roberto Molero, Andrés Muñoz Hernández, Agapito Ramos, Miguel Ángel Saldaña y Roberto Sanz Pinacho.
También procesa al que fuera director gerente del Canal Arturo Canalda; los ex directivos de la empresa pública José Antonio de Cachavera y Juan Pablo López Heras; así como otras personas vinculadas a la operación en calidad de compradores, vendedores y gestores como Ángel Conde, Santiago García Benavides, Esteban Palacios, Francisco Javier Vilaplana y Francisco Olmos.
A través de una sociedad en Panamá
Tras el prolijo escrito que hace una semana le entregó la Fiscalía Anticorrupción, García Castellón considera que ya se han practicado las diligencias necesarias para el esclarecimiento de los hechos, la operación de compra de Inassa por parte del Canal de Isabel II por 73 millones de dólares a través de una sociedad radicada en Panamá –Aguas de América–.
Según el magistrado, la operativa se enmarca en la «expansión internacional» que en el año 2001 el Canal de Isabel II inició en Colombia mediante la adquisición del 75% de Inassa, para lo cual «utilizó una sociedad vehículo de nueva creación llamada Canal Extensia, participada en un 75% por la empresa pública madrileña y en un 25% por la mercantil valenciana Técnicas Valencianas del Agua. La adquisición estaba sometida a la previa autorización, primero, del consejo de administración del Canal y, segundo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.
Desde su creación en el año 1996, Inassa pertenecía a la sociedad Aguas de Barcelona (Agbar) y a distintos socios locales colombianos. Su principal activo era la sociedad también colombiana Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Barranquilla (Triple A), que se nutría de los ingresos obtenidos por la prestación del servicio de concesión municipal que le fue otorgada por el Ayuntamiento de Barranquilla.
Como Anticorrupción, el juez considera que la adquisición de Inassa estuvo «plagada de ilicitudes y, contrariamente a lo autorizado, se realizó de manera indirecta», pues lo que realmente se compró fue la sociedad panameña Aguas de América, entre cuyos activos se encontraba el 75% de Inassa y el 51% de la sociedad dominicana Watco, «provocándose un desvío de los fondos públicos destinados a su pago debido, principalmente, al sobreprecio abonado y a la inclusión dentro de su objeto de activos no autorizados ni valorados que no redundaron en ningún beneficio» para la Comunidad de Madrid.
En el auto se indica que fueron los ex directivos del Canal López Heras y Cachavera, con el beneplácito de Arturo Canalda, los que elaboraron un dosier explicativo sobre esta operación que desvelaba que la compra del 75% de Inassa a través de la sociedad panameña. Y aunque en el documento se hacía mención «de forma atemperada» a los riesgos, obviaron «valorarlos», de modo que el Canal de Isabel II acabó aceptando el pago de 73 millones de dólares con un «sobreprecio injustificado de, al menos, una cantidad comprendida entre 23 millones y 35,4 millones de dólares (entre 25,4 millones y 38,7 millones de euros)».
García Castellón acuerda el sobreseimiento de las actuaciones para Gallardón, González y otras 13 personas porque para la Fiscalía, «no ha quedado indiciariamente acreditada su participación delictiva en los hechos referidos». En cuanto al expresidente y ex alcalde y al resto de sus ex consejeros, Anticorrupción cree que no se ha podido probar que con el voto que emitieron a favor de la compra en el Consejo de Gobierno conocieran «los detalles de esta operación y, por tanto, el menoscabo económico que para la Administración autonómica se generaría».
Así, tanto el juez como la fiscal diferencian muy claramente entre el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid y el consejo de administración del Canal de Isabel II. En éste último, asegura Anticorrupción, todos los asistentes el día que se aprobó la operación de compra de Inassa, el 14 de noviembre de 2001, «dispusieron del dosier explicativo que desvelaba cómo se iba a realizar esta operación», por lo que García Castellón cree que su conducta fue «esencial» para que el proyecto saliera adelante.
Gallardón no conocía los detalles
Sin embargo, para la fiscal no está indiciariamente acreditado que ni el presidente ni los consejeros del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid –salvo Pedro Calvo y Juan Bravo, que también estaban en el consejo del Canal– «conocieran o dispusieran de ese dosier» en la reunión en la que dieron el visto bueno a la operación, celebrada el 29 de noviembre de ese año.
«La única documentación de la que dispusieron contenía información general sobre el objeto social de Canal Extensia y datos generales de Inassa, así como los informes favorables emitidos por la Consejería de Medio Ambiente, la Dirección de Patrimonio y el Servicio Jurídico de la Consejería de Hacienda. Ninguno de los citados documentos e informes desvelaba los detalles de la operación desencadenantes del presunto delito de malversación», apunta la Fiscalía.
Anticorrupción no encontró indicios de que, al emitir su voto, Alberto Ruiz Gallardón «conociera» los detalles de esta operación de compra de la empresa colombiana Inassa por parte del Canal de Isabel II, una de las operaciones investigadas dentro del caso Lezo. Por tanto, según la Fiscalía, Gallardón tampoco podía conocer «el menoscabo económico que para la Administración autonómica se generaría».
Esta ausencia de indicios sobre lo que Gallardón podía conocer a la hora de aprobar la compra es la razón esgrimida por la Fiscalía Anticorrupción para eximir al ex presidente de la Comunidad de Madrid de la responsabilidad penal en la compra en 2001 de la empresa colombiana.