¿Qué pasa si a un futbolista le toca estar en una mesa electoral?
La Junta Electoral deberá decidir si un futbolista debe acudir o no a la mesa electoral
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¿Qué pasa si a un futbolista le toca estar en una mesa electoral? El próximo 28 de mayo se celebran tanto elecciones autonómicas como municipales, de modo que en los últimos días, serán muchas las personas que habrán recibido una carta en la que se les informa que han sido seleccionados para estar en una mesa electoral. Algo que es obligatorio a pesar de que existen algunas excepciones. ¿En el caso de los futbolistas es así? Te lo desvelamos a continuación.
¿Qué pasa si a un futbolista le toca estar en una mesa electoral?
Por norma si un futbolista, de igual forma que cualquier otro ciudadano, es seleccionado para formar parte de una mesa electoral, tendrá que cumplir con sus deberes cívicos y participar en el proceso electoral. Esto significa que deberá estar presente en la mesa durante el horario establecido, ayudar a la organización de la votación y garantizar que el proceso se lleve a cabo de manera justa y transparente, en su función de presidente de mesa o vocal, o también, en el caso de ser elegido como suplente. En este último caso, deberá personarse en el colegio electoral antes de su apertura.
De este modo, cualquier futbolista ya sea uno de primera división o de una división más baja, debe cumplir con su obligación, pero siempre puede presentar una alegación ante la junta electoral, de igual forma que hacen por ejemplo los médicos que quizás están de guardia en ese día de elecciones o las mujeres embarazadas o aquellas que están dando el pecho al bebé, dado que estos tres por ejemplo, son casos en los que podemos evitar el ir a la mesa electoral.
Per en el caso de los futbolistas, no existe una excepción para ellos, de modo que como decimos deberán acudir a la mesa y en el caso de que tengan que jugar un partido, deberán presentar una alegación ante la junta electoral, aunque de la misma forma que por ejemplo haría cualquier otra persona que tenga que trabajar en domingo o que tal vez, tenga que ir a una boda.
Lo que recoge la ley de la Junta Electoral
Que no se nos olvide nunca que según la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) puede ser ‘elegible’para estar en una mesa electoral, cualquier ciudadano mayor de edad y menor de 70 años que sepa leer y escribir.
Y además, en el apartado de excepciones que se señalan en la Instrucción 6/2011, de 28 de abril, de la Junta Electoral Central, aparecida en el BOE, ser futbolista y tener un partido no es para nada una no causa justificada para ausentarse de la mesa electoral.
De este modo, una vez presentada la alegación o la demanda para no evitar su obligación el domingo de elecciones, la Junta Electoral decidirá si esa persona se puede ausentar o no, y una vez tomada la decisión, la persona será informada al respecto.
El caso Marcelo y el de otros deportistas
Y es que la Junta Electoral puede decantarse por negar la excepción o por el contrario, aprobarla. Es el caso por ejemplo del futbolista del Real Madrid, Marcelo que fue seleccionado como segundo suplente en unas elecciones a la Comunidad de Madrid que se celebraban en martes, víspera además de un partido de la Champions entre Chelsea y Madrid. El brasileño presentó su alegación pero la Junta Electoral se la denegó de modo que el día de las elecciones tuvo que personarse en el colegio electoral.
En cambio, Marc Márquez piloto de motos o Iñaki Williams, delantero del Athletic Bilbao, también fueron seleccionados en 2015 y alegaron, y los dos, pudieron ausentarse. En el primer caso, se alegó que la presencia de Márquez en la mesa podría derivar en dificultades para que las votaciones se desarrollara de forma normal, mientras que en el caso de Williams, su club alegó que tenía un partido en el que era titular, por lo que la Junta Electoral aprobó las respectivas alegaciones.