El SEPE te da 480 euros por esto: comprueba el requisito que piden para cobrar esta ayuda
Los requisitos para cobrar la ayuda del SEPE de 480 euros
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha implementado una medida dirigida a enfrentar los desafíos laborales que experimentan las personas mayores de 45 años, especialmente aquellas que se encuentran en situación de desempleo. En un esfuerzo por proporcionar apoyo económico a este grupo demográfico específico, el SEPE ha lanzado una ayuda financiera de 480 euros, con la condición de que se cumpla un único requisito.
La destinataria principal de esta asistencia económica son aquellas personas mayores de 45 años que no tienen cargas familiares ni hijos menores de 26 años a su cargo. En el caso de que tengan hijos mayores de esa edad, deberán demostrar una discapacidad igual o superior al 65% y estar bajo la dependencia económica de la persona que solicita la ayuda.
Objetivo del SEPE
Esta iniciativa busca abordar la complejidad que enfrentan las personas de edad avanzada al intentar reintegrarse al mercado laboral, especialmente cuando provienen de un periodo de desempleo. La ayuda financiera de 480 euros tiene como objetivo proporcionar un respaldo económico durante un máximo de seis meses. Durante este periodo, se espera que el beneficiario encuentre empleo o, en su defecto, se acoja a la Renta Activa de Inserción (RAI), un programa que comparte los mismos requisitos que la ayuda de 480 euros.
El requisito esencial para ser elegible para esta ayuda del SEPE es que el solicitante haya concluido su prestación contributiva por desempleo. Esto implica demostrar que se ha recibido la compensación por desempleo, que esta ha llegado a su término y que la persona continúa inscrita como demandante de empleo incluso un mes después de agotar dicha prestación.
Adicionalmente, existen requisitos adicionales que deben cumplirse para acceder a la ayuda de 480 euros. La persona solicitante debe demostrar que sus ingresos mensuales son inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), lo que equivale a 810 euros al mes. Si se cumple con este criterio adicional, la persona podrá beneficiarse de la ayuda extraordinaria del SEPE.
La ayuda de 480 euros del SEPE se presenta como un respaldo financiero destinado a personas mayores de 45 años que se encuentran en situación de desempleo. Con un enfoque específico en aquellos sin cargas familiares o con hijos mayores con discapacidad, esta medida busca aliviar las dificultades laborales que enfrentan las personas de mayor edad al intentar reincorporarse al mercado laboral. Con un único requisito esencial y algunos criterios adicionales, el SEPE busca ofrecer un apoyo económico temporal mientras se promueve la reinserción laboral o se facilita el acceso a otros programas de asistencia económica.
Otras ayudas del SEPE
A partir del 1 de junio de 2024, se implementarán cambios significativos en las ayudas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en España, según un real decreto-ley aprobado el 29 de diciembre. Este organismo, adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social, desempeña un papel crucial en la gestión del sistema nacional de empleo y la protección por desempleo en el país.
El nuevo marco normativo reducirá de ocho a tres los subsidios para desempleados de larga duración y aquellos que no han cotizado lo suficiente para acceder al subsidio por desempleo. Sin embargo, estos cambios afectarán solo a nuevos solicitantes a partir de la fecha mencionada, sin impactar a quienes ya estén recibiendo estas ayudas en ese momento.
Los subsidios por desempleo son diversos y comparten requisitos comunes, como estar desempleado, haber agotado el subsidio por desempleo previo, inscribirse como demandante de empleo, suscribir un acuerdo de actividad y carecer de rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Entre los subsidios afectados se encuentra el Subsidio por desempleo con Cargas Familiares, destinado a aquellos con responsabilidades familiares. Otros incluyen el Subsidio para mayores de 45 años sin cargas familiares, el Subsidio para mayores de 52 años y el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED) dirigido a quienes han agotado todas las prestaciones.
A partir de junio, se reducirán los subsidios a dos supuestos de acceso general y se mantendrá el de mayores de 52 años. El Subsidio por agotamiento de la Prestación por Desempleo se ampliará a personas menores de 45 años sin responsabilidades familiares y a trabajadores eventuales del sector agrario, con un aumento en las cuantías.
El Subsidio por Cotizaciones Insuficientes, dirigido a quienes no alcanzan los días cotizados para la prestación contributiva, verá modificados sus requisitos y duración, con incrementos en las cuantías vinculadas al SMI. El Subsidio para Mayores de 52 años mantendrá su cuantía, pero se reducirá progresivamente la base de cotización.
Estas modificaciones también incluyen mejoras en la accesibilidad a las ayudas, como la eliminación del mes de espera obligatorio y la ampliación del plazo de solicitud a seis meses. En los subsidios con cargas familiares, no se excluirá a los solicitantes con rentas propias superiores al 75% del SMI. Además, se permitirá la compatibilidad del subsidio con contratos a tiempo parcial, convirtiéndolo en un apoyo al empleo durante un máximo de 180 días. Estos cambios buscan adaptar el sistema de protección por desempleo a las necesidades cambiantes de los beneficiarios y fomentar la reintegración laboral de manera efectiva.