La remunicipalización de los servicios públicos sin causa justificada es ilegal
La remunicipalización de los servicios públicos, un debate abierto en España desde 2015, sin causa justificada es ilegal, según recoge la normativa europea. La expropiación de la concesión deberá justificarse en la mayor calidad y eficiencia y, de no hacerlo, se abre la puerta a la posibilidad de incurrir en un delito por parte de las autoridades públicas, así como el derecho de los operadores privados a ser indemnizados por daños y perjuicios, incluidos los beneficios futuros que deje de percibir.
La recuperación de los servicios públicos ha sido uno de los conceptos más presentes en los programas electorales autonómicos y municipales de Podemos y sus filiales regionales. De hecho, algunos ayuntamientos ya están llevando a cabo expropiando las concesiones a las compañías privadas amparándose exclusivamente en su voluntad y sin causa justificada como el de Madrid, Zaragoza o Valladolid.
Francisco Caamaño, ex ministro de Justicia, cree que existe un debate alrededor de la colaboración público-privada en el ámbito español en “un contexto de sociedad postcrisis”. Así lo ha explicado el catedrático de Derecho en la presentación del libro “Servicios públicos e ideología. El interés general en juego” (Editorial Profit) en la Cámara de Comercio de España.
En su exposición, Caamaño ha señalado que, tras la crisis económica de 2007, se ha comenzado a defender que “la mejor manera para recuperarse de esta recesión es el repliegue de lo público y es un error”. Afirma que el intentar reducir la colaboración público-privada es un desacierto porque quedan desatendidas las necesidades de los ciudadanos. “Se pierden garantías”, ha insistido.
Lo más importante, según Caamaño, es “con sensatez buscar el equilibrio entre lo público y lo privado, tal como se está haciendo en estos momentos”. Aunque reconoce, eso sí, que “ha habido excesos, sin duda, pero la reflexión no puede ser una incomunicación total entre lo público y lo privado”.
Ha insistido en señalar, además, que no defiende la “privatización absoluta de los servicios”, pero sí una colaboración público-privada que cuente con la “supervisión de las Administraciones Públicas” para garantizar un servicio correcto.
Además, hay que tener en cuenta, ha explicado el extitular de Justicia, que “las empresas concesionarias asumen unos riesgos económicos y el Estado no le da garantías de amortización”.
Caamaño ha explicado que la colaboración público-privada reporta beneficios como una mayor eficiencia económica, mejora de la calidad de los equipamientos y los servicios públicos o una mayor capacidad de innovación. “Sin este instrumento de colaboración, ciertos proyectos de servicios públicos serían inviables debido a la limitación del déficit”, recalca.
Por su parte, José María Gimeno, jurista y autor del mismo libro, afirma que “se confunde servicio público con el ‘cómo’ se presta el servicio. Al ciudadano no le interesa quién presta el servicio, sino cómo se lo presta”. Ha señalado que la colaboración público-privada es “una herramienta más” y ha afirmado que “es posible defender los servicios públicos con esta manera de colaboración”.
Gimeno alega que en el ámbito español “vamos a necesitar los contratos y las concesiones para dar un buen servicio público, otra cosa es cómo se han ido construyendo esos contratos”.
Ha defendido firmemente que la remunicipalización “no puede responder a motivos ideológicos, se debe hacer por otros motivos tras una supervisión de las Administraciones Públicas”. Y añadido: “Tiene que quedar claro que, aunque haya colaboración público-privada, la Administración sigue siendo la titular del servicio”.
En definitiva, la recuperación de las concesiones «pueden incurrir en un delito por parte de las autoridades públicas, así como el derecho de los operadores privados a ser indemnizados por daños y perjuicios, incluidos los beneficios futuros que deje de percibir», afirma por su parte Gonzalo Quintero, catedrático de Derecho Penal.
Pascual Sala, ex presidente del Tribunal Constitucional y también autor, señala que la Administración Pública debe ser “reguladora y garantizar el servicio público con independencia de quién lo brinde”. Si se dejara de lado este tipo de colaboración, ha explicado, “habría muchos ciudadanos que no tendrían algunos servicios porque la Administración no tendría capacidad presupuestaria para hacerlo”.
Gimeno defiende que en los concursos públicos debe “primar la calidad y no el ahorro de costes”. Aunque es verdad, admite el jurista, que se están dando elementos de “precarización de los derechos laborales, pero esto es un problema de cómo se están construyendo los contratos, no hacer un copia/pega de los pliegos de condiciones que deben cumplir las empresas para conseguir el contrato público».
En definitiva, creen los juristas allí congregados, “no hay que condenar y tirar por la borda la colaboración público-privada”.
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