Las marcas españolas se enfrentarán a burocracia y tasas para estar protegidas tras el Brexit
¿Qué va a pasar con las marcas registradas españolas que operan en Reino Unido? ¿Seguirán protegidas tras el Brexit? El Gobierno de Boris Johnson y la Unión Europea han establecido un periodo transitorio -hasta finales de 2020- para adaptar los derechos de Propiedad Industrial e Intelectual al nuevo escenario político. Después de esa fecha, muchas empresas tendrán que hacer frente a farragosas gestiones administrativas y abonar una tasa específica para registrar sus marcas.
En líneas generales, los derechos registrados a nivel europeo estarán protegidos por la legislación de Reino Unido cuando se culmine el Brexit. Sin embargo, el camino se hará a diferentes velocidades, dependiendo del estado en el que estén las solicitudes de registro de cada marca.
“Si las marcas están ya protegidas al final del periodo transitorio -finales de 2020- los derechos se van a respetar; si están en trámite, el titular de los derechos debe iniciar una solicitud a Reino Unido y pagar una tasa para pedir esa protección en el plazo de nueve meses desde que finalice el periodo transitorio -hasta septiembre de 2021-”, según explica Amparo del Río, Responsable de Marca Internacional de PONS IP.
Actualmente, el registro de marcas y diseños de la Unión Europea está regulado por la EUIPO (Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea) y se aplica a todo el espacio de la Unión Europea de forma automática. Sin embargo, la gestión de las marcas y diseños pasará a manos de la UKIPO (Oficina de Propiedad Intelectual de Reino Unido).
Denominaciones de origen
Los expertos en Protección Industrial de PONS IP también explican que las denominaciones de origen, las indicaciones geográficas protegidas y las especialidades tradicionales garantizadas que se encuentre protegidas a finales del periodo transitorio también contarán con el respaldo de Reino Unido. «Los usuarios podrán seguir accediendo a ellas con normalidad», aseguran.
Sin embargo, el acuerdo del Brexit contempla que si no están protegidas tras el periodo transitorio o se encuentran en trámite, el Reino Unido no está obligado a reconocer su protección. Por eso, los expertos recomiendan «plantearse el registro de la de denominación de marca como marca nacional en Reino Unido o acudir al registro de denominaciones de origen que el Reino Unido», que tiene previsto crear un organismo a nivel nacional basado -previsiblemente- en el modelo europeo.