Cómo renovar el Bono Alquiler Joven Madrid: pasos y cómo hacerlo
Los pasos a seguir para que puedas renovar el bono para pagar el alquiler en Madrid
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Ya hace varios años desde que el Gobierno lanzara el Bono Alquiler Joven, una ayuda para jóvenes que desean alquilar un piso y que se gestiona desde las Comunidades Autónomas. En el caso de la Comunidad de Madrid, la ayuda sigue vigente, por lo que todavía estás a tiempo de pedirla y de hecho, de volver a solicitarla en el caso de haber sido de los primeros que la pidió y que hayan pasado los 24 meses de duración que tiene. Pero ¿cómo renovar el Bono Alquiler Joven en Madrid? Te contamos todos los pasos a continuación.
Como decimos, en Madrid, el plazo para presentar nuevas solicitudes del Bono Alquiler Joven sigue abierto durante 2025 y, además, tiene carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2024, algo que muchos desconocen. En la práctica, eso significa que si tu contrato ya estaba en vigor, puedes recuperar esas mensualidades atrasadas. Por tanto, quienes pidieron la ayuda en 2022 o principios de 2023, podrían volver a tramitarla. En cambio, si la recibiste más tarde, en 2023 o en 2024, todavía estás dentro del periodo subvencionado y no deberías presentar una nueva solicitud, porque te la denegarían directamente. Vamos a repasar paso a paso cómo volver a pedir el bono y qué necesitas tener preparado para que no te pillen los plazos con el pie cambiado.
Pasos para renovar el Bono Alquiler Joven Madrid
El Bono Alquiler Joven sigue dirigido a jóvenes mayores de edad de hasta 35 años que residan legalmente en España y tengan su vivienda habitual en régimen de alquiler. Los requisitos son bastante parecidos a los de convocatorias anteriores, aunque conviene repasarlos antes de presentar nada.
- Tener ingresos regulares, y que la suma de las rentas de las personas que vivan contigo no supere tres veces el IPREM.
- No ser propietario ni usufructuario de otra vivienda, salvo casos excepcionales (herencias, separaciones, imposibilidad de uso, etc.).
- No tener parentesco directo ni vínculo societario con el arrendador.
- Que el precio del alquiler no supere los 600 euros al mes (o 900 € en municipios con coste de vida más alto como Madrid capital, Pozuelo o Alcobendas).
- Estar empadronado en la vivienda alquilada.
- Ser titular de un contrato de arrendamiento o de habitación conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos.
La ayuda cubre hasta 24 meses, y las nuevas convocatorias permiten efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2024. En otras palabras: si cumples los requisitos y tu contrato ya estaba en vigor, podrás cobrar esos meses previos en cuanto te aprueben la ayuda.
De este modo, si tu ayuda ya terminó o si la solicitaste hace tiempo y nunca te la aprobaron, puedes volver a pedirla. El proceso no ha cambiado mucho, pero merece la pena hacerlo con orden para no perder tiempo ni papeleo.
1. Comprueba si realmente puedes volver a solicitarla
Lo primero es mirar la fecha exacta de tu resolución. Si ya pasaron dos años desde que te la concedieron, estás dentro del grupo que puede volver a presentar la solicitud. Si todavía no se han cumplido esos 24 meses, no te aceptarán el nuevo trámite, aunque cumplas el resto de requisitos.
2. Prepara toda la documentación
Vas a necesitar varios documentos actualizados:
- Tu contrato de arrendamiento o habitación vigente.
- Un certificado de empadronamiento (colectivo e histórico).
- Los justificantes de pago del alquiler de los meses ya abonados.
- Tu vida laboral o documento que acredite ingresos actuales.
- Copia del DNI o NIE, y si eres extranjero, el permiso de residencia.
- En algunos casos, una nota simple del Registro de la Propiedad, para demostrar que no posees ninguna vivienda.
Asegúrate de que todos los datos coinciden: dirección, titulares del contrato, importes… cualquier error puede retrasar la resolución o que se acabe denegando.
3. Presenta la solicitud
Existen dos modos:
- Online, desde la sede electrónica de la Comunidad de Madrid: https://sede.comunidad.madrid. Si eliges esta opción ya sabes que se necesita acceso mediante Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.
- Presencialmente, entregando el formulario y la documentación en el Registro General de la Consejería de Vivienda (calle Alcalá, 16) o en cualquier oficina de registro. Recuerda pedir cita previa antes de ir.
Al terminar el proceso, guarda el número de referencia del expediente, porque lo necesitarás para hacer seguimiento.
4. Espera la resolución y el ingreso
El plazo de resolución puede tardar hasta seis meses, aunque depende del volumen de solicitudes. Si todo está correcto y hay crédito disponible, empezarás a cobrar 250 euros mensuales hasta completar los 24 meses.
¿Y si todavía estoy cobrando el bono anterior?
Entonces no tienes que hacer nada. Si te aprobaron la ayuda en 2023 o en 2024, todavía estás dentro de esos dos años de cobertura. El sistema no permite presentar una nueva solicitud mientras esté vigente la anterior, y hacerlo sólo serviría para duplicar expedientes o recibir una denegación automática. En ese caso, lo recomendable es esperar a que se cumpla el periodo y, cuando se abra una nueva convocatoria, volver a pedirlo si sigues cumpliendo los requisitos.