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Telepizza se lleva un revés tras confirmar el Supremo que no puede geolocalizar a sus repartidores

La Audiencia Nacional ya declaró la nulidad del plan de Telepizza para que los repartidores tuvieran que aportar un teléfono móvil personal con conexión a internet para ser geolocalizados.

Telepizza
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La justicia ha anulado el proyecto ‘tracker’ de Telepizza para geolocalizar a sus trabajadores, y ordena a la empresa de alimentación que lo anule. Ha sido el Tribunal Supremo (TS) quien ha desestimado un recurso de casación puesto por la empresa tras estimar la demanda de conflicto colectivo de los sindicatos Comisiones Obreras y UGT.

La sentencia de la Sala de lo Social del Supremo ha acabado desestimando un recurso de casación interpuesto por Telepizza en contra de una sentencia previa de la Audiencia Nacional. Esta sentencia previa había declarado nulo el plan de Telepizza al estimar la demanda de conflicto colectivo de los sindicatos, y el Supremo lo ha ratificado.

El Supremo ha emitido un comunicado donde indica que el proyecto empresarial «vulneraba el derecho de privacidad de los afectados por el conflicto, al no superar el juicio de proporcionalidad cuando podía acudirse a medidas de menor injerencia» y por ello debía de ser nulo

Sin requisitos

El Alto Tribunal dice que en este caso no se cumplieron los requisitos de información y consulta previa que fueron establecidos previamente en el Estatuto de los Trabajadores en relación con la implantación del proyecto ‘tracker’, al mismo tiempo que se vulneraba el derecho a la protección de datos personales.

Por otra parte, señalaron también que hubo «abuso de derecho» por parte de la compañía, ya que se hacía responsable al trabajador de cualquier impedimento en la activación del sistema, mediante la suspensión del contrato con pérdida de salario.

La compensación insuficiente

La justicia ha dicho que no es suficiente la compensación económica que fue determinada por Telepizza a cambio de la aportación del terminal y la conexión a internet, necesarias para la instalación de aplicaciones informáticas de la empresa que facilitaban la geolocalización de los trabajadores durante el reparto.

El TS afirma que la sentencia recurrida no cuestiona que la geolocalización para hacer el seguimiento del pedido «no sea un método adecuado o idóneo a tal finalidad», sino que «la configuración dada al mismo por la demandada no es conforme a derecho».

Sin embargo, unas medidas como estas sólo, aunque pueden ser legítimas por cuestiones de competitividad, «no supera los criterios constitucionales ni legales, cuando existen otras formas de ejecutar ese sistema», dicen los jueces.

La sentencia señala que no se está analizando un pacto entre empresa y trabajador, sino «un proyecto implantado unilateralmente» por la empresa del que, además de no haberse informado debidamente a la representación legal de los trabajadores, éstos discrepan porque establece causas de suspensión y extinción vinculadas a conductas del empleado «al margen de las exigencias legales».

«No puede aceptarse que la aportación por parte del trabajador de su móvil personal sea lo mismo que si lo aporta la empresa, ya que en ese caso no estarían en juego derechos de los trabajadores como los que aquí se están debatiendo», concluye el Tribunal Supremo.

Dinero del ICO

En los últimos meses el Grupo Telepizza, rebautizado actualmente como Food Delivery Brands, ha dicho que va a aportar 82 millones de euros para relanzar su negocio, parte de ellos aportaciones directas de sus accionistas y parte de ellos mediante préstamos que recibirá del Instituto de Crédito Oficial (ICO) y también del Banco Santander.

Tal y como ha detallado Telepizza en un comunicado, los fondos estarán compuestos de un crédito de 40 millones de euros y un compromiso de aportación de los accionistas de 42 millones de euros, de los cuales 20 millones van a ser aportados en el momento de la recepción de la nueva financiación.

El dinero de los bancos públicos y privados vendrá a Telepizza por parte de Banco Santander e ICO dentro del programa de las líneas especiales covid-19 del ICO. El prestatario será Food Delivery Brands, la nueva denominación de Telepizza, y el préstamo contará con una amortización a cinco años y un interés anual del 3,75%.

Además de las cláusulas habituales en este tipo de operaciones, el préstamo contará con una de liquidez mínima. Los fondos serán destinados a fines corporativos.

Telepizza ha dicho que el crédito de 10 millones de euros concedido al inicio de la pandemia se integrará en el nuevo préstamo y formará parte de los 40 millones de euros prestados

La compañía ha indicado que el crédito de 10 millones de euros, concedido al inicio de la pandemia, se integrará al nuevo préstamo y formará parte de los 40 millones de euros. Las condiciones para la disposición del préstamo incluyen, entre otras, la confirmación de la garantía ICO y la contribución de 20 millones por parte de los accionistas. Se espera que estas condiciones sean cumplidas a finales de enero de 2021.

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