Los jubilados de 1960 a 1970 están de enhorabuena: estas condiciones permiten cobrar el 100% de la pensión
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Durante los últimos años se ha hablado mucho de cómo afectarán las reformas de la Seguridad Social a quienes nacieron entre 1960 y 1970, es decir, los llamados baby boomers. Muchos de ellos ya empiezan a hacer cuentas en torno cuánto han cotizado, qué años les faltan, qué opciones existen si su carrera laboral no ha sido completamente lineal. Y, sobre todo, qué hace falta exactamente para llegar a cobrar el 100% de la pensión cuando llegue el momento. No es una preocupación menor. Esta generación será la primera que se jubile por completo bajo las nuevas reglas de un sistema que endurece algunos requisitos, pero que también abre alternativas útiles si se analizan a tiempo.
Quien ha trabajado durante décadas suele pensar que bastará con cumplir la edad y poco más, pero la realidad es más técnica de lo que parece. A partir de 2027 cambia la forma de calcular la pensión y se ajustan los años necesarios para garantizar el total de la base reguladora. Y ahí es donde este grupo de edad debe prestar especial atención: una diferencia de meses cotizados puede traducirse en una bajada permanente de ingresos o, por el contrario, en la posibilidad de alcanzar el 100% de la pensión sin necesidad de alargar la vida laboral más de lo necesario. Pero en medio de esas dudas aparece una noticia relativamente positiva y es que quienes hayan nacido a partir de 1960 sí pueden cobrar el 100% de la pensión, pero deberán cumplir un mínimo de cotización y respetar la edad legal en el nuevo marco. No es un obstáculo realmente grave, pero conviene tener claro qué exige ahora la ley para evitar sorpresas de última hora.
Estas condiciones permiten cobrar el 100% de la pensión
A partir de 2027 desaparecen los tramos progresivos y la edad ordinaria de jubilación se fija definitivamente en 67 años. Sin embargo, quienes acrediten 38 años y 6 meses de cotización podrán retirarse a los 65 años sin perder ni un euro. De este modo, la diferencia entre llegar o no llegar a ese umbral puede ser enorme. Muchos trabajadores de esta generación encadenaron periodos de inestabilidad en los años 80 y 90, etapas de contratos breves o cotizaciones bajas que ahora pesan más de lo previsto. Por eso, el requisito de los 38 años y medio se ha convertido en el punto central para quienes aspiran al 100% de la pensión.
Quien no cumpla ese periodo deberá llegar a los 67 años si quiere acceder al total de la base reguladora. Es decir, que la edad por sí sola no garantiza nada; la clave es la suma de todos los años cotizados.
Dos métodos de cálculo: cuál elegir y por qué no siempre conviene el tradicional
La reforma introdujo una novedad importante. Ahora, la pensión puede calcularse de dos maneras distintas:
- Método de 25 años, el clásico, basado en las cotizaciones de ese periodo.
- Método de 29 años, que permite descartar los dos peores.
Aunque puede parecer un cambio técnico, no lo es. Para carreras laborales largas y con algunos años complicados, descartar los dos menos favorables puede marcar la diferencia. Otros trabajadores, en cambio, encuentran más beneficio en el método tradicional. Lo importante es que, por primera vez, el futuro jubilado puede elegir.
Eso sí, conviene recordar un matiz que suele pasarse por alto: cobrar el 100% de la base reguladora no garantiza alcanzar la pensión máxima. El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) actúa como un ajuste adicional para reforzar la sostenibilidad del sistema, lo que significa que la cuantía final puede quedar ligeramente por debajo del máximo incluso si se cumplen todos los requisitos.
Cuidado con la jubilación anticipada
Los nacidos en los 60 y 70 también deberán tener especial cuidado con la jubilación anticipada. Las penalizaciones han cambiado y ahora se aplican directamente sobre la pensión, no sobre la base reguladora. Es una modificación que hace más costosa cualquier retirada voluntaria antes de la edad legal.
La Seguridad Social distingue tres grandes vías:
- Anticipada voluntaria, con reducción permanente.
- Anticipada por causas no voluntarias, algo más suave en los recortes.
- Anticipada para profesiones especiales, como mineros, bomberos, policías o trabajadores del mar.
En conclusión, jubilarse antes sigue siendo posible, pero tendrá un impacto mayor del que tenía hace apenas unos años. Para esta generación, que se sitúa justo en el inicio de las nuevas tablas, la anticipación debe valorarse con precisión.
Las cinco modalidades de jubilación y cómo afectan a la pensión final
Además de la jubilación ordinaria, el sistema contempla cinco modalidades que pueden alterar la forma en que se cobra y se genera el derecho a la prestación:
- Jubilación anticipada. Ya la mencionamos, deja retirarse antes, pero reduce la pensión a través de coeficientes reductores. La gran diferencia con épocas anteriores es que estos recortes afectan directamente al importe mensual.
- Jubilación parcial. Funciona como una transición. El trabajador reduce jornada y salario, mientras cobra un porcentaje de la pensión. Suele ser una puerta intermedia para quienes no quieren cortar de golpe su actividad laboral.
- Jubilación activa. Muy utilizada por autónomos. Permite seguir trabajando mientras se cobra el 50% de la pensión. Si el autónomo tiene un empleado contratado, es posible percibir incluso el 100%.
- Jubilación flexible. Ocurre cuando alguien ya jubilado vuelve a trabajar. Esa actividad añade nuevas cotizaciones y puede mejorar la pensión final.
- Jubilación demorada. La opción más beneficiosa desde el punto de vista económico. Quien retrasa de forma voluntaria su retiro obtiene mejoras en la pensión a través de porcentajes adicionales o pagos únicos. Para carreras laborales largas, puede ser una vía atractiva.