Crisis del coronavirus

Sanidad se defiende de futuras demandas: carga a los médicos la decisión de discriminar pacientes

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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el ministro de Sanidad, Salvador Illa. (Foto: EFE)
Luz Sela
  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

El Ministerio de Sanidad ha elaborado un dossier -Informe del Ministerio de Sanidad sobre los aspectos éticos en situaciones de pandemia: El SARS-CoV-2- en el que elude cualquier responsabilidad en el triaje, la decisión de priorizar a determinados pacientes sobre otros en el acceso a la atención hospitalaria. Sanidad se anticipa así a posibles demandas por la desprotección del «derecho a la salud», recogido en la Constitución.

OKDIARIO ya reveló que dicho informe establecía los criterios sobre «prioridades en la admisión y tratamiento de pacientes y sospechosos» del coronavirus, con un punto prioritario: las «expectativas objetivas de recuperación» del paciente.

Además, el departamento de Salvador Illa descarga por completo esa decisión en los sanitarios, dejando claro que «el equipo médico responsable del paciente será el que deberá asumir las implicaciones de su decisión». La observación ha provocado malestar en el ámbito hospitalario, donde se batalla al límite contra la propagación de la epidemia. Los sanitarios avisan que no son responsables de la limitación de recursos, la causa esencial del triaje.

El informe, coordinado por Carlos Romeo Casabona, catedrático de Derecho Penal de la Universidad del País Vasco, establece los criterios recomendados para priorizar a unos pacientes sobre otros, ante la «escasez de recursos, temporal o duradera».

Expectativas de supervivencia

Para Sanidad, esa valoración debe hacerse en base a la «situación clínica del paciente» y a las «expectativas objetivas de supervivencia», rechazando en todo momento el factor de la edad.

Entre esos criterios, establece Sanidad, se tendrá en consideración la «gravedad del estado de enfermedad del paciente que evidencie la necesidad de cuidados intensivos», la concurrencia o no de patologías graves «que evidencien un pronóstico fatal» y, en último término, «el orden temporal» de ingreso en el centro.

En relación a este punto, se matiza, no obstante, que «nunca debe anteponerse a los anteriores, pues podría provocar la preferencia de pacientes de menor urgencia, atendiendo a la gravedad de su situación, o de pacientes sin ningún pronóstico favorable sobre su recuperación».

Sanidad se detiene ante determinadas informaciones publicadas en las últimas semanas, sobre la posibilidad de excluir a los pacientes de más edad del acceso a determinados recursos asistenciales o tratamientos, recordando que «resulta contrario, por discriminatorio, a los fundamentos mismos de nuestro Estado de Derecho (art. 14 Constitución española)».

«En este sentido, los pacientes de mayor edad en caso de escasez extrema de recursos asistenciales deberán ser tratados en las mismas condiciones que el resto de la población, es decir, atendiendo a criterios clínicos de cada caso en particular», añade, «lo que no resulta en modo alguno aceptable es descartar ex ante el acceso a dichos medios a toda persona que supere una edad».

En cualquier caso, insiste: «El equipo médico responsable del paciente será el que deberá asumir las implicaciones de su decisión, por lo que un tercero no es idóneo para imponerle su criterio, salvo que esté también involucrado en la asistencia de ese paciente».

«Es recomendable solicitar o recibir orientaciones, por ejemplo, del comité de ética asistencial del mismo hospital, siempre que sea posible por el tiempo disponible, o de otros facultativos con mayor experiencia y madurez, incluso constituidos en comité ad hoc», avisa también Sanidad.

Derechos individuales

El Ministerio asume que la pandemia «de magnitud todavía incalculable, dada la fácil y rápida expansión que está alcanzando, está poniendo a prueba los sistemas sanitarios de todos los países y plantea numerosos problemas éticos de extrema complejidad, a los que en no pocos casos no se les pueden dar respuestas determinantes y definitivas».

Y en el escenario de estado de alarma en el que nos encontramos, advierte que «los intereses generales de la salud pública y en general del bien común pueden enfrentarse a los intereses particulares y requerir restricciones de los derechos individuales en favor de los primeros, incluso aunque dichas restricciones puedan afectar con diversa intensidad a sus derechos fundamentales y libertades públicas».

«Por eso, en los casos concretos, se hace necesario priorizar», destaca el Ministerio de Illa. Las medidas que se adopten, añade, «estarán presididas por los principios de equidad, no discriminación, solidaridad, justicia, proporcionalidad y transparencia».

Entre otros puntos, considera además «inaplazable el diseño del escenario sanitario y post-confinamiento y del retorno progresivo a la situación de normalidad social previa al desencadenamiento de la pandemia, tomando las precauciones necesarias para evitar una segunda oleada de personas infectadas».

Prioridad en los test

En otro apartado se incide en la prioridad en el acceso a las pruebas diagnósticas cuando éstas «todavía no son suficientes».

En esta situación se antepondrían determinados colectivos, empezando por «los profesionales sanitarios asistencialmente implicados con estos pacientes, otros profesionales y empleados que también puedan relacionarse con ellos (agentes de los diversos cuerpos de la policía estatal, autonómica y local y personal del Ejército) o con ciudadanos de mayor riesgo (personal de residencias y otros centros de atención a mayores y dependientes, residencias de menores, internados en centros penitenciarios y similares) y los ciudadanos que han podido estar en contacto próximo con otras personas identificadas como portadoras de anticuerpos del virus (infectadas)».

«Desde el momento en que la disponibilidad de estos materiales fuera abundante el derecho ciudadano a la protección de la salud podría transformarse en un deber derivado de la prevalencia de los intereses generales de protección de la salud pública», señala Sanidad, adelantándose a posibles demandas por la desprotección de este derecho.

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