Todo lo que se puede hacer y lo que no en la jornada de reflexión
Te contamos el significado de una jornada de reflexión y qué supone en el día antes de las elecciones generales del 23J en España
¿Dónde viven los candidatos a la presidencia del Gobierno en las elecciones del 23J?
Todos los candidatos que se presentan a las elecciones generales de 2023
El proceso electoral llega a su fin con la llegada del día D, que no es otro que el de las votaciones, que en este caso supone la elección del nuevo presidente del Gobierno y los miembros de las cámaras en las elecciones generales del 23J en España. Sin embargo, un día antes de que los ciudadanos ejerzan su derecho a voto en las urnas, llega la jornada de reflexión, siempre un día antes de los comicios y que aún pasa desapercibida para muchas personas en términos de su significado y lo que se puede o no se puede hacer.
Hablamos de la jornada de reflexión como un elemento clave dentro del proceso electoral, ya que permite que los ciudadanos, justo un día antes de ejercer su derecho a voto en las elecciones, tengan un día para procesar sus ideas y ver, sin ningún tipo de convencimiento por parte de los partidos, si esa es realmente su elección o si prefieren cambiarla antes de depositar las papeletas en las urnas. En las elecciones generales del 23J, el sábado 22 de julio es el día estipulado para la jornada de reflexión, donde los partidos políticos y, por ende, sus candidatos a la presidencia del Gobierno, deben atender a unas importantes limitaciones y, de alguna manera, están obligados a tomarse el día libre de sus responsabilidades electorales.
La petición del voto mediante la campaña en España se realiza hasta dos días antes de la votación, dejando la jornada de reflexión como intermedio entre, en este caso, el 23 de julio y el cierre de campaña electoral. En otros países como es el caso de Estados Unidos, esta petición de voto o información en campaña se puede dar hasta el mismo día de las elecciones, pero en territorio nacional hay una ley que rige en lo que respecta a materias electorales.
¿Es obligatoria la Jornada de Reflexión?
Es la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, la LOREG, la que limita la participación activa de los candidatos y partidos políticos en el día previo a las elecciones y que, por ende, destaca lo siguiente en referencia a la jornada de reflexión. «En jornada de reflexión no puede difundirse propaganda electoral ni realizarse acto alguno de campaña electoral», se puede leer en la LOREG.
Los partidos políticos y sus candidatos deben estar a otras tareas en el día o jornada de reflexión, un día antes de las elecciones, y como su nombre indica, la reflexión en los ciudadanos es el objetivo de este elemento que aparece en la LOREG, instando al pensamiento para aclarar sus ideas antes de ejercer, el día siguiente, uno de sus derechos fundamentales al acudir a las urnas al votar para escoger o dejar su opinión –anónima– sobre quién quieren que sea su nuevo líder político para el nuevo ciclo electoral, de cara, en esta ocasión, a la elección del nuevo presidente del Gobierno de España.
Qué se puede hacer en jornada de reflexión
Los partidos políticos que se presentan, en una u otra localidad o comunidad autónoma, a las elecciones municipales y autonómicas del 28M, están obligados a finalizar su campaña electoral el día anterior a las jornada de reflexión, dejando el sábado 27 de mayo como fecha de reposo para que los ciudadanos, por sus propios medios y con la información adquirida de manera previa, puedan establecer sus prioridades y decidir definitivamente cuál será su voto de cara a los comicios autonómicos y municipales del domingo 28 de mayo de 2023, una jornada clave en España en lo que a la política territorial se refiere.