REFORMA DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES

El Gobierno aprueba el decreto ley para cumplir el déficit de 2016 con un sablazo fiscal a las empresas

Presupuestos
El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro. (Foto: EFE)

El Gobierno ha cumplido con el guión previsto y ha aprobado el real decreto ley de reforma del sistema de pago fraccionado del Impuesto de Sociedades, con el que pretende ingresar 8.000 millones extra este año que permita concluir 2016 con un déficit público del 4,6% del PIB para evitar sanciones de la Comisión Europea por valor de más de 6.300 millones de euros.

Como adelantamos ayer, aunque el primer borrador de la reforma fiscal planteaba que el tipo a aplicar en el pago a cuenta del tributo fuera del 20%, al final las necesidades presupuestarias han obligado al Ministerio de Hacienda a elevarlo al 23% y, en el caso de las entidades financieras, escala hasta el 25%.

Esta nueva estructura de tipos se mantendrá sine die: el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro indica que “no tiene fecha de caducidad” y estará vigente, al menos, hasta que la brecha fiscal sea inferior al 3% del PIB, momento en el cual España abandonaría el protocolo de déficit excesivo y la Comisión Europea dejaría de supervisar las cuentas públicas de nuestro país.

En ambos casos (tanto en el tipo del 23% como en del 25%) el gravamen supone un importante aumento respecto al tipo mínimo del 12% que estuvo en vigor hasta 2015. Se aplicará a las empresas con una facturación de más de 10 millones de euros, frente al límite de 20 millones de euros que planteaba Hacienda en el primer borrador de la reforma.

La razón de este castigo fiscal se encuentra en el desplome de la recaudación del Impuesto de Sociedades, que se suma a la caída de los ingresos por IRPF, que dificulta el cumplimiento del objetivo de déficit público pactado con Bruselas. Sin esta reforma sería imposible, tal como ha señalado la Autoridad Fiscal Independiente (AIRef).

Fuentes financieras consultadas por OKDIARIO indican que el pago a cuenta del Impuesto de Sociedades supone en realidad adecuar el tipo del abono fraccionado al tipo impositivo efectivo y que no supondrá un desembolso mayor para las empresas en términos globales. “Es como si a un particular Hacienda le retiene más en el IRPF de lo que debe retener en función de los ingresos del afectado y posteriormente se le devuelve la cantidad cobrada de más cuando hace la declaración”.

La reforma entra en vigor inmediatamente, es decir, que se aplicarán los nuevos gravámenes en los pagos fraccionados que realizarán las 9.000 empresas que abonarán el Impuesto de Sociedades a cuenta en octubre, noviembre y diciembre.

La publicación del real decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE) se producirá previsiblemente este sábado, el Ejecutivo dispondrá de un plazo de 30 días para que sea convalidado en el Congreso de los Diputados, tal como establece el artículo 86 de la Constitución.

Para que sea convalidado, el real decreto ley deberá ser respaldado por la mayoría simple del Congreso de los Diputados, es decir, que el PP deberá lograr el respaldo de Ciudadanos y los votos suficientes de las filas socialistas y/o de los partidos nacionalistas para sacar adelante la reforma.

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