Pensiones

El aviso de la Seguridad Social que afecta a los nacidos entre 1960 y 1970: esto es lo que va a pasar con tu pensión

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Blanca Espada

Todas aquellas personas que hayan nacido entre 1960 y 1970 empiezan a hacer números. No es una cuestión teórica, sino práctica. En pocos años van a tener que decidir cuándo dar el paso de retirarse y qué consecuencias tendrá esa decisión en su pensión, dado que es posible que no se llegue a cobrar el 100% teniendo en cuenta cómo se va  hacer el cálculo a partir de ahora.

El calendario marca una fecha clara que no es otra que la del año 2027. Ese año es cuando acaba el periodo transitorio que ha ido retrasando progresivamente la edad de jubilación. A partir de entonces, el marco quedará fijado de forma definitiva y este grupo de nacidos entre 1960 y 1970 será el primero en enfrentarse por completo a las nuevas reglas para calcular la pensión. La parte positiva es que podrán acceder al 100 % de la base reguladora. Pero no será automático ni igual para todos. Todo dependerá de dos factores muy concretos: la edad en la que se jubilen y los años que figuren como cotizados en su vida laboral.

El aviso que afecta a los nacidos entre 1960 y 1970: esto es lo que va a pasar con tu pensión

Cuando termine el periodo transitorio en 2027, la edad ordinaria de jubilación será de 67 años para quienes no alcancen un determinado periodo de cotización. Esa será la referencia general para buena parte de los nacidos a partir de 1960.

Sin embargo, existe una excepción importante. Quienes acrediten al menos 38 años y 6 meses cotizados podrán jubilarse a los 65 años sin perder porcentaje. Es decir, podrán acceder al 100 % de su base reguladora dos años antes que el resto. En cambio, quienes no lleguen a ese umbral deberán esperar hasta los 67 si quieren evitar recortes. Anticipar el retiro implicará asumir reducciones permanentes en la pensión.

Dos formas de calcular la pensión

Otro aspecto que afecta directamente a esta generación es la fórmula de cálculo. Actualmente, la Seguridad Social permite elegir entre dos sistemas. Por un lado, el método tradicional, que toma como referencia los últimos 25 años cotizados. Por otro, un sistema más amplio que analiza los últimos 29 años, pero permite descartar los dos peores ejercicios.

Este segundo modelo puede beneficiar a quienes hayan tenido etapas complicadas en la recta final de su carrera profesional. Un periodo de desempleo, una bajada salarial o una reducción de jornada pueden distorsionar la media si solo se toman los últimos años. Poder eliminar los dos peores suaviza ese impacto.

Ahora bien, cobrar el 100 % de la base reguladora no significa necesariamente alcanzar la pensión máxima. La cuantía final también está condicionada por límites legales y por el Mecanismo de Equidad Intergeneracional, que introduce una cotización adicional para reforzar el sistema ante el retiro masivo de la generación del baby boom.

El riesgo de jubilarse antes de tiempo

Uno de los puntos más delicados para los nacidos entre 1960 y 1970 será la jubilación anticipada. La normativa permite retirarse antes de la edad ordinaria, pero con penalizaciones claras.

Si la jubilación es voluntaria, puede solicitarse desde los 63 años, siempre que se acrediten al menos 35 años cotizados. Además, dos de esos años deben estar comprendidos dentro de los quince anteriores a la solicitud. Y existe otro requisito importante: la pensión resultante, tras aplicar los coeficientes reductores, debe ser superior a la pensión mínima legal. Si no se alcanza ese nivel, la solicitud puede ser denegada.

El recorte no es simbólico. Se aplica sobre la cuantía de la pensión y es definitivo. Cuantos más meses se adelante el retiro y menos años se hayan cotizado, mayor será la reducción.

En el caso de la jubilación anticipada involuntaria, la edad mínima baja a los 61 años. Está reservada para quienes pierden su empleo por causas ajenas a su voluntad, como un despido objetivo o colectivo. Aquí el mínimo de cotización exigido es de 33 años y también se requiere haber estado inscrito como demandante de empleo durante al menos seis meses antes de solicitarla. Las penalizaciones existen, pero son menos severas que en la modalidad voluntaria.

Otras fórmulas para alargar o combinar la jubilación

No todo se reduce a retirarse o no retirarse. El sistema contempla otras opciones que pueden resultar interesantes según cada caso.

  • La jubilación parcial permite reducir jornada y salario mientras se empieza a cobrar una parte de la pensión. Suele utilizarse como transición progresiva hacia el retiro total.
  • La jubilación activa posibilita seguir trabajando y cobrar al mismo tiempo parte de la pensión. Con carácter general se percibe el 50 %, aunque los autónomos con al menos un trabajador contratado pueden llegar al 100 %.
  • También existe la jubilación demorada, que recompensa a quienes deciden prolongar su vida laboral más allá de la edad ordinaria. Ese retraso se traduce en un incremento adicional en la pensión futura.

Qué deberían revisar ahora quienes nacieron entre 1960 y 1970

Para esta generación, la clave está en anticiparse. Revisar el informe de vida laboral, comprobar los años efectivamente cotizados y simular distintos escenarios puede evitar sorpresas.

La diferencia entre haber cotizado 38 años y 6 meses o quedarse unas semanas por debajo puede suponer dos años más de trabajo o una reducción permanente en la pensión. Y lo mismo ocurre con la decisión de adelantar la jubilación unos meses.

El mensaje de fondo es claro: sí es posible cobrar el 100 %, pero no basta con cumplir años. En el nuevo escenario, los periodos cotizados pesan más que nunca. Para quienes nacieron entre 1960 y 1970, cada mes cuenta y cada decisión tendrá un impacto directo en lo que cobrarán durante el resto de su vida.

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