El BOE lo hace oficial: así queda la tabla de las pensiones máximas y mínimas en 2026

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el Real Decreto-ley 3/2026, aprobado por el Consejo de Ministros, que fija las cuantías de las pensiones máximas y mínimas en 2026. La revalorización del 2,7% de las pensiones contributivas supone, aproximadamente, 570 euros adicionales al año para las personas con una pensión media de jubilación, mientras que las pensiones medias del sistema aumentan en torno a 500 euros anuales. Este incremento beneficiará a los 9,4 millones de personas que reciben más de 10,4 millones de pensiones contributivas.
La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, subraya que «aprobar la revalorización de las pensiones supone garantizar el mantenimiento del poder adquisitivo de los pensionistas, un derecho garantizado por la ley. Se trata de un compromiso colectivo de la sociedad, especialmente con quienes han dedicado toda una vida al trabajo y de manera muy particular con las personas en situación de mayor vulnerabilidad económica, beneficiarias de pensiones mínimas y no contributivas».
Pensiones máximas y mínimas en 2026
Con carácter general, las pensiones contributivas se revalorizan un 2,7 %. Mientras, las pensiones mínimas, las no contributivas, las mínimas con cónyuge a cargo y las pensiones de viudedad con cargas familiares registran incrementos superiores, de entre el 7 % y el 11,4 %.
Pensiones mínimas contributivas
El decreto fija el límite de ingresos para acceder a los complementos a mínimos en 9.442 euros anuales sin cónyuge a cargo y en 11.013 euros con cónyuge a cargo.
Pensión mínima de jubilación en 2026
Las cuantías mínimas de jubilación quedan establecidas en 17.592,40 euros anuales para los titulares de 65 años o más con cónyuge a cargo. Para quienes no tienen cónyuge y constituyen una unidad económica unipersonal, la cuantía es de 13.106,80 euros, mientras que para los que tienen cónyuge no a cargo se sitúa en 12.441,80 euros.
En el caso de los titulares menores de 65 años, la pensión mínima asciende a 17.592,40 euros con cónyuge a cargo, 12.262,60 euros sin cónyuge y 11.590,60 euros con cónyuge no a cargo. Para quienes acceden a la jubilación con 65 años procedentes de una gran incapacidad, el mínimo se eleva a 26.385,80 euros con cónyuge a cargo, 19.660,20 euros sin cónyuge y 18.662,00 euros con cónyuge no a cargo. En las pensiones derivadas de enfermedad común para menores de 60 años, el mínimo queda fijado en 9.662,80 euros anuales, o en 9.580,20 euros cuando existe cónyuge no a cargo.
Pensiones mínimas de viudedad
Las pensiones mínimas de viudedad en 2026 ascienden a 17.592,40 euros anuales para titulares con cargas familiares. Para quienes tienen 65 años o una discapacidad igual o superior al 65 %, la cuantía mínima es de 13.106,80 euros. Los titulares de entre 60 y 64 años perciben 12.262,60 euros, mientras que los menores de 60 años reciben 9.931,60 euros anuales.
Pensiones mínimas de incapacidad permanente
En los casos de gran incapacidad, la cuantía mínima anual se sitúa en 26.385,80 euros con cónyuge a cargo, 19.660,20 euros sin cónyuge y 18.662,00 euros con cónyuge no a cargo. Para la incapacidad permanente absoluta, los mínimos son de 17.592,40 euros con cónyuge a cargo, 13.106,80 euros sin cónyuge y 12.441,80 euros con cónyuge no a cargo.
En la incapacidad permanente total, los titulares de 65 años tienen garantizadas las mismas cuantías mínimas que los jubilados de esa edad. Los beneficiarios de entre 60 y 64 años perciben 17.592,40 euros con cónyuge a cargo, 12.262,60 euros sin cónyuge y 11.590,60 euros con cónyuge no a cargo.
Pensiones de orfandad y en favor de familiares
En las pensiones de orfandad, la cuantía mínima es de 4.011 euros anuales por beneficiario, que se eleva a 7.882 euros en el caso de menores de 18 años con una discapacidad igual o superior al 65 %. En situaciones de orfandad absoluta, el mínimo total se incrementa en 9.931,60 euros al año, lo que supone 11.603,20 euros cuando hay un solo beneficiario o 19.559,68 euros a repartir cuando existen varios.
Para las pensiones en favor de familiares, la cuantía mínima es de 4.011 euros por beneficiario. Si no existe viudo ni huérfanos pensionistas, el mínimo asciende a 9.683,80 euros cuando el beneficiario tiene 65 años o más, y a 9.126,60 euros cuando es menor de esa edad. En el caso de varios beneficiarios, el mínimo individual se incrementa con el prorrateo de 5.920,60 euros anuales.
Pensiones mínimas de Clases Pasivas
En el régimen de Clases Pasivas del Estado, las pensiones mínimas de jubilación o retiro en 2026 se sitúan en 17.592,40 euros con cónyuge a cargo, 13.106,80 euros sin cónyuge y 12.441,80 euros con cónyuge no a cargo. La pensión mínima de viudedad es de 13.106,80 euros anuales, mientras que las pensiones familiares distintas de la de viudedad ascienden a 12.776,40 euros anuales, divididos entre el número de beneficiarios.
Pensiones no contributivas
Las pensiones no contributivas experimentan una subida del 11,4 % respecto a 2025. Su cuantía general se fija en 8.803,20 euros anuales, equivalentes a 629 euros mensuales en 14 pagas. Estas prestaciones pueden verse incrementadas según la situación familiar. La prestación por hijo a cargo mayor de edad con discapacidad superior al 65 % asciende a 5.962,80 euros, y en los casos de discapacidad superior al 75 % alcanza los 8.942,40 euros.
Pensión máxima en 2026
El decreto establece que la pensión máxima en 2026 será de 3.359,60 euros mensuales o 47.034,40 euros anuales. Este límite supone un incremento del 2,815 %.
Éstas son las pensiones máximas y mínimas fijadas para 2026.