El cuñado de Santos Cerdán a un familiar antes de incendiar la casa de su mujer: «¡Te voy a matar!»
OKDIARIO tiene acceso al sumario de la causa y a las fotografías del incendio de la vivienda
«¡Te voy a matar, a arrancar la cabeza, te voy a ver vestido de luto!». Con estas palabras Antonio Muñoz Cano, cuñado de Santos Cerdán, se dirigó al hermano de su mujer en el domicilio donde residían en Muro, Mallorca. Días más tarde, intentó consumar sus amenazas de acabar con la vida de su familia y le prendió fuego a la cochera de la casa.
Antonio fue condenado por la Audiencia de Palma a tres años de prisión por prender fuego en 2016 a la cochera de la casa ubicada en la calle Caspe, donde dormían María y sus dos hijos menores. El acusado admitió los hechos ante el tribunal y aceptó la condena conforme a la petición de la Fiscalía.
La sentencia, a la que ha tenido acceso OKDIARIO, establece como hechos probados una serie de episodios de amenazas y conductas peligrosas protagonizadas por un hombre contra su esposa, su cuñado y otros miembros de su familia durante el mes de noviembre de 2016. El fallo, basado en la conformidad de las partes durante el juicio oral, reconstruye una secuencia de sucesos que comenzó el 14 de noviembre de 2016, cuando el procesado se encontraba ingresado en el hospital. Allí, en presencia de su esposa María, con la que llevaba casado alrededor de 13 años, y de su cuñado, el acusado profirió una serie de expresiones destinadas inequívocamente a intimidarlos.
La sentencia reproduce literalmente sus palabras: «No me hagáis una putada que ya veis siendo bueno las cosas malas que hago, siendo malo imaginad lo que os puedo hacer, me doy miedo a mí mismo de lo que puedo hacer, id con cuidado porque os puedo hacer mucho daño». El tribunal destaca la contundencia de estas expresiones y su clara intención de generar temor en sus familiares en un contexto de creciente tensión personal.
En los días posteriores, la situación se deterioró aún más. Tras su alta hospitalaria y en medio de los problemas que el matrimonio arrastraba desde hacía años —fundamentalmente vinculados a la dependencia del procesado de sustancias estupefacientes—, María le comunicó el 20 de noviembre de 2016 su decisión de separarse. Según el fallo, esta determinación «nunca llegó a ser asimilada» por el acusado, que desde ese momento inició una escalada de comportamientos intimidatorios.
El 25 de noviembre, María llamó a su hermano para informarle de que el procesado se había presentado en la casa de la madre de ambos, situación que motivó que se avisara a la Policía Local de Muro y se desplazara al lugar. Cuando el acusado vio llegar a su cuñado, se aproximó a él «con ánimo de amedrentarlo», según señala la resolución. En ese momento volvió a emitir amenazas directas, recogidas textualmente en la sentencia: «Te voy a matar, a arrancar la cabeza, te voy a ver vestido de luto».
La escalada alcanzó su punto más grave la madrugada del 30 de noviembre de 2016, alrededor de las 4:30 horas. A esa hora, el acusado acudió al domicilio de su suegra, situado en la calle Caspe número 15, donde Celestina se había instalado junto con sus dos hijos menores, de 7 y 11 años, este último con una diversidad funcional que le impide caminar y valerse por sí mismo. El tribunal subraya que el procesado acudió allí «a sabiendas de que los mismos estarían durmiendo en su interior».
El hombre accedió al inmueble «escalando la pared medianera» y, desde allí, entró en la cochera, con acceso por el Camí de sa Comuna, a través de una puerta que tenía la llave puesta por dentro. Dentro se hallaba el vehículo familiar, un Ford C Max adaptado a las necesidades del hijo con movilidad reducida, vehículo que había sido motivo de discusión entre el matrimonio tras la separación. Una vez en el interior, el acusado cogió varios objetos y los colocó junto a las ruedas del coche. Después les prendió fuego y abandonó el lugar, dejando la puerta abierta, lo que favoreció la rápida propagación del incendio hacia las zonas de descanso de la vivienda.
La sentencia describe con detalle el riesgo generado: las estancias donde dormían la suegra, María y los dos menores se encontraban a unos 14 metros del foco del incendio, separadas únicamente por un patio con árboles frutales, plantas, soportes plásticos y otros objetos altamente inflamables. El fuego, además, afectó a la vivienda colindante, propiedad de una vecina.
La resolución concluye que el acusado actuó «a sabiendas del peligro inherente a su acción o asumiendo que podría producirse», poniendo en riesgo no sólo la integridad física y la vida de sus familiares, sino también la de los ocupantes de la vivienda vecina. El conjunto de hechos refleja, según el tribunal, un patrón de hostigamiento y amenazas que culminó en un acto de extrema peligrosidad con potencial letal.