TRIBUNALES

El cuñado de Santos Cerdán fue condenado a tres años de cárcel por intentar quemar a su mujer en Mallorca

En 2018, Antonio Muñoz incendió la cochera de la casa de su suegro en Muro, donde dormían su mujer y sus dos hijos

cuñado Santos Cerdán condenado
Julio Bastida

Antonio Muñoz Cano, cuñado de Santos Cerdán, uno de los cabecillas de la trama del caso Koldo, fue condenado por la Audiencia de Palma a tres años de prisión por prender fuego en 2018 a la cochera de la casa de su suegro en Muro (Mallorca), donde dormían su exesposa y sus dos hijos menores. El acusado admitió los hechos ante el tribunal y aceptó la condena conforme a la petición de la Fiscalía.

Según el relato judicial, Muñoz Cano escaló una pared para acceder al garaje de la vivienda, donde se habían trasladado su mujer y los hijos de la pareja, un niño de 11 años y otro de 7 con diversidad funcional que le impide caminar. Una vez dentro, prendió fuego al vehículo adaptado a las necesidades del hijo menor, sobre el cual había tenido disputas con su exesposa.

Al abandonar el lugar, dejó abierta la puerta del garaje hacia un patio lleno de objetos inflamables que conectaba con la vivienda donde dormía la familia, aumentando el riesgo de propagación del incendio, según informó la Fiscalía.

Antonio Muñoz Cano, natural de Los Corrales (Sevilla), fue trasladado a la prisión sevillana desde las islas tras la sentencia dictada el 21 de noviembre de 2018. Según se recoge en la sentencia, a la que ha tenido acceso OKDIARIO, el cuñado de Cerdán fue declarado responsable de provocar un incendio que puso en riesgo la vida de su familia y de vecinos, tras una serie de conflictos familiares que se remontan a 2016.

Los hechos se desencadenaron después de un ingreso hospitalario del acusado por un incidente relacionado con cuentas bancarias familiares. Durante su estancia, profirió amenazas graves hacia su esposa y su cuñado, en presencia de ambos. La sentencia cita textualmente: «No me hagáis una putada que ya veis siendo bueno las cosas malas que hago, siendo malo imaginad lo que os puedo hacer, me doy miedo a mí mismo de lo que puedo hacer, id con cuidado porque os puedo hacer mucho daño».

Tras recibir el alta, su esposa planteó la separación, decisión que el procesado nunca llegó a asumir completamente. Apenas cinco días después, el acusado se presentó en la casa de su cuñado, momento en el que la sentencia detalla que, «con ánimo de amedrentarle, se le acercó diciéndole ‘te voy a matar, a arrancar la cabeza, te voy a ver vestido de luto’».

El episodio más grave ocurrió en la madrugada del 30 de noviembre de 2016, cuando el hombre se dirigió al domicilio de su exesposa y sus dos hijos menores, incluyendo uno con diversidad funcional que le impide caminar y valerse por sí mismo. Según la sentencia, el acusado «accedió al interior escalando la pared medianera, abrió la puerta de la cochera con llave que estaba puesta en la cerradura, cogió varios objetos y los dispuso junto a las ruedas del automóvil, les prendió fuego y abandonó el lugar, dejando abierta la puerta por donde había entrado».

La acción provocó la propagación del incendio hacia las estancias donde dormían su exesposa, los hijos y la madre de esta, situadas a apenas 14 metros del origen del fuego, poniendo en riesgo también a los vecinos.

El incendio destruyó completamente el vehículo familiar, cuyo valor ascendía a 11.900 euros, y causó graves daños en el garaje y sus inmediaciones, tasados en 22.543 euros sin incluir IVA. La sentencia concluye que el acusado actuó «a sabiendas del peligro inherente a su acción o asumiendo que podría producirse», poniendo en riesgo la integridad física de sus familiares y terceros.

Este caso refleja la escalada de violencia y amenazas en el contexto de conflictos familiares, y subraya la importancia de la intervención judicial y policial para prevenir daños mayores.

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