Ley de Memoria Histórica

Los Franco contestan a la demanda del Gobierno: «Franco pagó todos los impuestos del Pazo de Meirás»

La defensa de los nietos del dictador ha contestado hoy, en tiempo y forma, a la reclamación judicial presentada por el Gobierno de Sánchez para incorporar el histórico inmueble gallego en el Patrimonio del Estado.

Pazo de Meirás
El Gobierno de Sánchez prepara una demanda contra los Franco por el Pazo de Meirás

La familia Franco y la sociedad PRISTINA S.L., propietarios del Pazo de Meirás han acreditado en sede judicial que el dictador pagó a título particular todos los impuestos y contribuciones vinculadas al Pazo de Meirás, durante los más de 30 años que transcurrieron desde que adquirió el mismo, hasta 1975.

El Estado nunca atendió «los gastos vinculados a la propiedad inmobiliaria», afirman los Franco en su contestación a la demanda del Gobierno socialista, en los tribunales de La Coruña. Estos siempre «fueron asumidos y sufragados por Don Francisco Franco» y así «se incorporaron a sus preceptivas declaraciones por el entonces vigente IRPF» en cuanto que como «propietario del inmueble» el dictador «tributaba por los rendimientos que la explotación le producía desde los años 40 del siglo pasado», indican en el escrito, de más de 120 páginas, registrado hoy en sede judicial.

«Tal es el caso por ejemplo de los ingresos, gastos y consiguientes
rendimientos que suponían las explotaciones agrícolas y ganaderas que se
desarrollaban en el Pazo de Meirás, de los Tributos que gravaban la
titularidad del inmueble (Contribución Rústica y Urbana) o, entre otros, de
todas las Pólizas de Seguro que sucesivamente se contrataron» a favor del mismo. «Todas ellas» suscritas y pagadas «por Don Francisco Franco a título personal», apunta la familia.

De hecho, ninguno de los beneficios percibidos por el uso o explotación del histórico inmueble «se ingresaron en el Tesoro Público», sino que «se asumieron y fueron declarados a Hacienda por Don Francisco Franco de forma regular e ininterrumpida hasta su fallecimiento», reza la respuesta de los herederos del dictador a la reclamación del Ejecutivo de Pedro Sánchez. Motivo por el que los herederos de Franco aseguran que «el Estado jamás poseyó» como dueño el histórico inmueble, que, por tanto, tuvo como único y legítimo propietario al dictador.

La familia niega en su escrito, y a través de los documentos que aporta adjuntos al mismo, la posibilidad de que el «entonces Jefe del Estado» lo ocupara, poseyera o utilizara en nombre y en favor de su cargo. Los nietos de Franco reiteran una y otra vez que su abuelo nunca gestionó el Pazo de Meirás con la intención de que fuese un bien público.

Sostiene la familia que es «algo impensable desde el momento en que su acceso a la posesión de este inmueble vino precedido, acompañado y seguido de la formalización de documentos» -incorporados por la propia Abogacía del Estado incorpora en su demanda- que «la intención y voluntad de todos» no fuese que el dictador «adquiriese» la plena y exclusiva «propiedad del Pazo».

Sobre todo teniendo en cuenta que él mismo «instó la inscripción del inmueble a su nombre en el Registro de la Propiedad», tras comprarlo y elevar la operación inmobiliaria a Escritura Pública.

Compraventa legal

«La escritura de compraventa del año 1941, por la que Don Francisco Franco
adquirió el Pazo de Meirás y lo inscribió a su nombre en el Registro de la
Propiedad, no fue una operación simulada y fraudulenta, como afirma la
Administración al reputar la validez de una previa Compraventa con el
mismo objeto, formalizada en el año 1938 y con la denominada ‘Junta Pro
Pazo del Caudillo’ como Compradora», expone la defensa de los Franco en la contestación a la demanda del Gobierno, a la que ha tenido acceso OKDIARIO.

Rebaten así los herederos del dictador la validez de la presunta escritura notarial de 1938, que fue desconocida hasta la reclamación planteada por la Abogacía del Estado, en nombre del Gobierno de Sánchez.

Los letrados de la familia argumentan que, la misma «no produjo ni pudo producir la transmisión de la propiedad del Pazo, pues se formalizó contraviniendo una prohibición legal y, en todo caso, como advirtió el propio Notario otorgante de la misma, antes de que la vendedora (Doña Manuela Esteban Collantes) hubiese tramitado la obtención del indispensable ‘título sucesorio’ a partir del cual poder vender o disponer del inmueble, ya que el Pazo era propiedad de su hijo, D. Jaime Quiroga, asesinado en agosto de 1936».

Tal es así que, la «donación» que el Ejecutivo socialista asegura se produjo a favor de Franco, por la ‘Junta Pro Pazo’ «en un pergamino datado en diciembre de 1938» no fue más que «un acto simbólico por el que se escenificó la entrega del Pazo a D. Francisco Franco, careciendo de cualquier validez legal al no haberse verificado en escritura pública por parte de su legítimo propietario» anterior.

Por ello, continúan los representantes legales de la familia, «todas las partes intervinientes en el proceso» -vendedora, Junta Pro Pazo y el propio Franco- «decidieron simplificar el proceso y formalizar una escritura de Compraventa en el año 1941», transmitiendo directamente la propiedad al dictador. Algo que «no era sino el efecto final que todos los que tuvieron alguna participación en el proceso de venta del Pazo de Meirás habían manifestado expresamente desde un principio».

«No puede apreciarse ninguna suerte de simulación», ni mucho menos “fraude”, argumentan los Franco, «cuando lo que se ha declarado al celebrar un negocio jurídico coincide exactamente con la intención real de quienes lo han celebrado».

Contradicciones

Como conclusión, los abogados de los Franco ponen de manifiesto que «las pretensiones» -solicitadas por el Gobierno- «en la demanda» presentada por la Abogacía del Estado, «constituyen un ejemplo palmario de actuación contradictoria con los actos propios anteriores y de ‘Retraso Desleal’ en el ejercicio de un -pretendido- derecho, que nuestro Ordenamiento reputa antijurídico e improcedente» según la doctrina vigente.

Los nietos del dictador afean, además, que el «planteamiento» de reclamación del Pazo de Meirás se produzca «más de cincuenta años después» de que hubiese podido efectuarse de una manera razonable.

E insisten en que la «complacencia y activa participación de las Administraciones Públicas» en materia impositiva o tributaria «ha traído consigo la titularidad y sucesivas transmisiones del Pazo de Meirás».

Es decir, tanto Franco como sus herederos han sido los únicos encargados de atender el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), Impuesto sobre Sucesiones, IRPF, Impuesto sobre el Patrimonio, etc. que se han generado, a lo largo del tiempo, sobre el histórico inmueble.

El Estado ha exigido «puntualmente a los herederos de D. Francisco Franco como dueños del Pazo de Meirás» el pago de todos ellos -así como de las tasas correspondientes- que «han sido también puntualmente pagados» por estos, con el «absoluto desentendimiento por parte del Estado, desde 1975, respecto de los gastos que ha supuesto su conservación y mantenimiento», finaliza la contestación de los herederos del dictador en sede judicial.

Mención especial merece la cuantía desembolsada por la familia Franco para la «rehabilitación o recuperación» del inmueble «a partir del devastador incendio que sufrió en el año 1978, con toda probabilidad provocado intencionalmente, que fue íntegra y exclusivamente gestionado y sufragado por la Familia Franco», recuerdan.

«O la exigencia de obligaciones a la Familia Franco en su condición de propietarios del inmueble que comportó la declaración del Pazo de Meirás como ‘Bien de Interés Cultural’, en el año 2008, una vez reconstruido por su entonces propietaria, la anterior Duquesa de Franco», añaden.

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