INVERSIÓN

La CNMV critica el ‘ecopostureo’: ningún fondo cumple la transparencia exigida para ser «sostenible»

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Rodrigo Buenaventura, presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. CNMV

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha dado un primer ‘toque’ (de momento, solo recomendaciones) a las gestoras que llevan el dinero de sus clientes a fondos que dirigen sus inversiones con criterios de sostenibilidad medioambiental o social, conocidos como fondos ASG. Todos fallan en transparencia y en la adecuada información que ofrecen a sus partícipes. La institución que preside Rodrigo Buenaventura ha hecho públicas las conclusiones de su primera revisión sobre cómo evoluciona la implantación de la normativa sobre transparencia y políticas de inversión de las instituciones de inversión colectiva (IIC). La primera conclusión del organismo es que no quiere posiciones maximalistas ni ‘ecopostureo’, sino que aporten información clara y concreta a sus partícipes de a dónde dirigen las inversiones y cómo miden el cumplimiento de los criterios ASG. Y asegura que ningún fondo de inversión de este tipo cumple con lo exigido en términos de transparencia.

En total ha analizado 97 gestoras de fondos. De ellas, 37 centran su inversión en promover mejoras y cambios de tipo social, ambiental o de gobernanza, los conocidos criterios ASG (en inglés ESG); otras tres gestoras lo hacen con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la ONU como criterio de selección de inversiones. Además, ha incluido 57 fondos gestionados con criterios ASG y tres fondos que lo hacen con criterios ODS.

Dónde fallan

La CNMV recuerda las exigencias del reglamento europeo sobre divulgación de información relativa a la sostenibilidad en los servicios financieros (SFDR, por sus siglas en inglés), en vigor desde marzo de 2021. Tras ello, el organismo presidido por Rodrigo Buenaventura les recuerda que sus obligaciones «incluyen la integración del riesgo de sostenibilidad» en la toma de decisiones de inversión y en «la política de remuneración, y la consideración de las principales incidencias adversas de las decisiones de inversión en los factores de sostenibilidad». Su conclusión es contundente: «En la actualidad no hay ningún participante en mercados financieros en España que supere los umbrales establecidos para la aplicación de las obligaciones».

En términos de producto, que un fondo esté incluido en la clasificación ASG (artículo 8 de la norma europea SFDR) o en la de criterios de la ONU (artículo 9), no significa nada. La propia categorización «no constituye una ‘etiqueta’ que garantice el desempeño en materia de sostenibilidad, sino únicamente un régimen de transparencia derivado de las características que el fondo promocione», subraya. Porque el objetivo es «poner a disposición del inversor la información necesaria» para que pueda tomar una decisión fundada de inversión sostenible.

El supervisor bursátil critica que las características ASG están descritas de manera demasiado genérica y poco precisa (lucha contra el cambio climático, respeto de derechos humanos, diversidad de género, seguridad y salud de empleados), salvo en los llamados fondos ‘temáticos’, que sí concretan «los sectores y actividades económicas en las que se invierte».

La CNMV cree «deseable» que las gestoras sean más precisas, claras y concretas a la hora de establecer las características ASG que promoverá el fondo, para «poder medir la consecución de dichas características». Y recuerda que estos fondos deben «detallar los indicadores de sostenibilidad empleados para medir la consecución de cada una de las características sociales o medioambientales» que persiguen.

Selección de las inversiones

En la selección de las inversiones, las gestoras establecen para los fondos ASG criterios de selección más allá de los financieros. «Se suelen aplicar políticas de exclusión, con diferentes matices y concreción -dice- con el objetivo de eliminar o reducir el universo de inversión de uno o más sectores controvertidos como el tabaco, armas, alcohol, juego etc., si bien en numerosas ocasiones se complementa con exclusiones, selectivas de sectores relacionados con los combustibles fósiles que pueden afectar negativamente al medioambiente».

Algo parecido ocurre con los fondos que utilizan los denominados criterios ODS, impulsados por Naciones Unidas, a los que la CNMV señala que «sería deseable» una mayor concreción a la hora de identificar a qué objetivos concretos pretende contribuir. Según subraya, «los emisores reportan con métricas y parámetros sobre los ODS concretos en los que impactan en mayor medida, sin cuantificar el resto», dice. Algo que han de remediar dado que la revisión continúa este año.

La importancia de la red

La revisión realizada muestra que las gestoras «deben publicar de manera separada todos los apartados de la web» prevista por la normativa, incluidas las «eventuales duplicidades» con el folleto. De ahí la importancia de «disponer de una metodología para evaluar, medir y monitorizar las características ASG promovidas o el impacto de las inversiones sostenibles, de la que formarán parte los criterios de selección de activos, indicadores de sostenibilidad y proveedores de datos que se prevean emplear».

La Comisión de Valores «considera recomendable» que las gestoras identifiquen a sus proveedores en los casos en que utilicen «de forma relevante las métricas, puntuaciones, scores o ratings ofrecidos por un determinado proveedor de datos». Y les pide que detallen las metodologías utilizadas «para evaluar y medir las características medioambientales y sociales promovidas o los objetivos de inversión sostenibles».

De paso, también recuerda a los fondos ADS la exigencia de informar de los indicadores de sostenibilidad, y recomienda «un nivel de detalle suficiente sobre su metodología que permita comprender su implementación y posterior reporte en el informe anual, incluyendo algún ejemplo que facilite su comprensión».

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