Mascotas

Adiós a viajar con tu mascota: el cambio que está a punto de llegar a la UE y que ya es oficial

Viajar con tu mascota en la UE
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

A partir del 22 de abril de 2026, cambiará por completo la forma de viajar con tu mascota dentro de la Unión Europea. La Comisión Europea ha aprobado un nuevo Reglamento Delegado que actualiza las normas para los «desplazamientos sin fines comerciales de animales de compañía» con el objetivo reforzar la prevención y control de enfermedades transmisibles, tanto entre animales como hacia los humanos.

Viajar sin la documentación requerida puede acarrear sanciones de hasta 100.000 euros, además de la denegación de entrada, retención o cuarentena del animal, devolución al país de origen y retraso o cancelación del viaje. Asimismo, los controles fronterizos y las aerolíneas pueden denegar el embarque si la documentación sanitaria no está en regla.

Nuevas normas para viajar con tu mascota

A partir de la entrada en vigor del nuevo Reglamento Delegado de la Unión Europea, los desplazamientos sin fines comerciales de perros, gatos o hurones de compañía entre Estados miembros están sujetos a requisitos específicos de identificación y control sanitario.

Según el artículo 7, todos los animales de compañía deben contar con una identificación individual mediante un microchip de acuerdo con el Reglamento Delegado (UE) 2019/2035. En los casos en que el microchip no cumpla los requisitos técnicos establecidos, «el propietario del animal de compañía o la persona autorizada facilitará, previa solicitud, el dispositivo de lectura que permita la verificación de la identificación individual del animal».

El artículo 8 establece medidas de prevención y reducción del riesgo, como que los animales «haber recibido una primovacunación completa contra la rabia al menos veintiún días antes de la fecha del desplazamiento». Además, los perros que se desplacen a Estados miembros o zonas libres de Echinococcus multilocularis deben recibir «un tratamiento contra la infestación por Echinococcus multilocularis con arreglo a la parte 2, punto 1, del anexo VII del Reglamento Delegado (UE) 2020/688 en un período no superior a 120 horas ni inferior a 24 horas antes del momento de su entrada».

En el caso de animales jóvenes, el artículo 9 contempla excepciones. Los perros, gatos o hurones menores de doce semanas sin vacunación antirrábica, o de entre doce y dieciséis semanas que hayan recibido la vacuna pero sin cumplir el período mínimo de 21 días, podrán trasladarse siempre que «el propietario del animal de compañía o una persona autorizada presente una declaración firmada en la que se indique que, desde su nacimiento hasta el momento del desplazamiento, los animales de compañía no han tenido ningún contacto con animales terrestres en cautividad sospechosos de estar infectados por el virus de la rabia».

El artículo 11 regula el documento de identificación, que normalmente será un pasaporte europeo para mascotas. Este documento «deberá estar firmado por el propietario del animal de compañía» y haber sido «debidamente cumplimentado y expedido en el Estado miembro en el que reside habitualmente el propietario».

Para los desplazamientos desde terceros países, los artículos 13 a 19 precisan requisitos similares pero más estrictos. Los animales deben estar identificados individualmente, vacunados, y en algunos casos sometidos a prueba de valoración de anticuerpos. El certificado zoosanitario es obligatorio y debe incluir, entre otros datos, «la especie, la raza, el sexo y el color del animal de compañía», así como detalles sobre vacunación, tratamientos antiparasitarios y la firma del veterinario oficial que lo expide.

«Estas medidas para viajar con tu mascota no pretenden obstaculizar la movilidad, sino garantizar una mayor seguridad sanitaria y trazabilidad total de los animales que cruzan nuestras fronteras», han señalado fuentes de la Comisión Europea.

Sistema de identificación y registro

El elemento central del nuevo marco regulatorio sobre la forma de viajar con tu mascota es la creación de un sistema unificado de identificación y registro. Cada animal deberá contar con un microchip que  proporciona un código único que quedará vinculado a las bases de datos nacionales. Estas bases de datos estarán interconectadas a nivel europeo, permitiendo que cualquier autoridad competente de los 27 Estados miembros pueda acceder a toda la información sobre el animal.

Los dueños, además de contar con el pasaporte de su mascota, deberán realizar un pre-registro en la plataforma digital europea con cinco días de antelación. Este registro incluirá información sobre las fechas de viaje, países a visitar y datos sanitarios actualizados del animal. Las autoridades han asegurado que el proceso será «sencillo e intuitivo» a través de una aplicación móvil.

«El pasaporte europeo para animales de compañía es un documento de identificación que sigue un modelo estándar de la UE y es obligatorio para viajar entre países de la UE. El pasaporte europeo para animales de compañía (perros, gatos y hurones) solo se expide a los propietarios de animales de compañía que residan en la UE. Contiene una descripción y datos de tu animal de compañía, como son el código de su transpondedor o de su tatuaje, así como su historia clínica (por ejemplo, la vacuna antirrábica) y los datos de contacto del propietario y del veterinario que expidió el pasaporte».

Lo último en Mascotas

Últimas noticias