Los vándalos del Prado causaron daños en marcos de más de 100 años de antigüedad
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El grupo vandálico que atacó este sábado dos obras de Francisco de Goya en el Museo del Prado causaron daños leves en marcos de más de un siglo de antigüedad. Así lo han determinado expertos en historia del arte que indican que los marcos «se han integrado en la imagen de las pinturas». Carlos G. Navarro es experto en la materia y en sus redes sociales ha rescatado fotografías de 1910 de las obras ya enmarcadas como hoy en día por lo que «podemos pensar que en esa fecha ya tenían los marcos».
«Pertenecen a la serie de marcos fernandinos que se instalaron durante la dirección del pintor José Villegas, es decir, entre 1902 y 1912, aproximadamente. Poseen un significativo valor histórico, puesto que se han integrado en la imagen de las pinturas», detalla. Este sábado un par de activistas han pegado sus manos con pegamento extra fuerte a la madera. Se tuvo que usar disolvente para despegarlas. Tras ello fueron detenidas por la Policía Nacional. En una entrevista en OKDIARIO un miembro del colectivo autor de los hechos desveló que querían echar pintura sobre los lienzos, pero al no tener un cristal descartaron la idea.
Por otra parte, el citado historiador también ha rescatado el acta de cuando las majas volvieron «sanas y salvas al Museo después de la Guerra Civil, con esos mismos marcos que ahora conservan». Posteriormente, estas creaciones icónicas de Goya se exhibieron, tal como se documenta en distintas fotografías, en 1977, en la sala 57a del Museo, sin ninguna protección, ni siquiera barrera física y con los marcos hoy centenarios. Después pasaron en el año 1955 a la sala 32.
Esta es la foto de Lacoste a la que aludí antes. Está fechada entre 1907 y 1910. Podéis ver los marcos de los dos cuadros. pic.twitter.com/lvyjrhlrQy
— Carlos G. Navarro (@CarlosG_Navarro) November 5, 2022
Por su lado, multitud de expertos en derecho han comentado en las últimas horas en redes sociales que la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal de España, en su Cap. II, «De los delitos sobre el patrimonio histórico», artículos 323 y 324, establece que «será castigado con la pena de prisión de 6 meses a 3 años o multa de 12 a 24 meses el que cause daños en bienes de valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental, o en yacimientos arqueológicos, terrestres o subacuáticos».
A continuación se profundiza: «El que por imprudencia grave cause daños, en cuantía superior a 400 euros, en un archivo, registro, museo, biblioteca, centro docente, gabinete científico, institución análoga o en bienes de valor artístico, histórico, cultural, científico o monumental, así como en yacimientos arqueológicos, será castigado con la pena de multa de 3 a 18 meses, atendiendo a la importancia de los mismos».
Además, se afirma que «en todos estos casos, los jueces o tribunales podrán ordenar, a cargo del autor del daño, la adopción de medidas encaminadas a restaurar, en lo posible, el bien dañado».