Sánchez acelera la reforma del Código Penal para meter en prisión a quienes defiendan el franquismo

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Unos jóvenes a las puertas del panteón de los Franco en Mingorrubio un día después de la exhumación. (Foto. EP)
Carlos Cuesta

Pedro Sánchez quiere acelerar una de sus reformas estrella para continuar explotando lo que él considera que es un filón político: el franquismo. Por ello, los socialistas han encargado ya el inicio de los trabajos para reformar el Código Penal y tipificar como delito la apología del franquismo. Las penas serían de prisión: cuatro años de cárcel por hablar bien de Franco o su dictadura.

El Ejecutivo en funciones quiere abordar de inmediato una nueva reforma de la Ley de Memoria Histórica. Pedro Sánchez pretende introducir en ella modificaciones legales que afectan de forma directa al Código Penal. Y ello “para que se declaren ilegales las asociaciones y fundaciones que realicen apología del franquismo”, tal y como reconoce una fuente socialista al corriente de los trabajos.

Esa primera reforma se dirige frontalmente contra la Fundación Franco, una asociación a la que hace ya tiempo que el Gobierno de Pedro Sánchez quiere ilegalizar y contra la que ahora cree haber encontrado el modo de expulsarla del escenario público.

Pero esa reforma lleva igualmente un segundo punto de mayor espectro. “Se está estudiando ya la modificación del artículo 510 del Código Penal para incluir dicha apología como delito”, señalan fuentes de Ferraz. Es decir, para que la defensa de cualquier punto del franquismo no afecte sólo a las fundaciones o asociaciones, sino que pueda ser penada en el caso de que sea efectuada por cualquier persona.

Artículo 510

El artículo 510 recoge penas de prisión para quienes fomenten o inciten al  «odio, hostilidad, discriminación o violencia» por motivos de ideología, creencias, pertenencia a una etnia o raza, religión, identidad sexual, enfermedad sexual o discapacidad, entre otros supuestos. Y ahora el PSOE quiere ampliar esa enumeración para hacer hueco en el catálogo delictivo, expresamente, a la justificación o enaltecimiento del franquismo.

Actualmente, el Código Penal contempla cárcel para quienes «trivialicen gravemente o enaltezcan los delitos de genocidio, de lesa humanidad o contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, o enaltezcan a sus autores» o «justifiquen por cualquier medio de expresión pública o de difusión los delitos que hubieran sido cometidos contra un grupo o una parte del mismo».

Las penas pueden llegar hasta los cuatro años de prisión cuando «se promueva o favorezca un clima de violencia, hostilidad, odio o discriminación» contra un grupo determinado, o cuando los hechos se lleven a cabo a través de medios de comunicación, Internet o cualquier otra plataforma que lo haga «accesible a un elevado número de personas». Ese es el hueco en el que Sánchez quiere incorporar la defensa del franquismo.

Los condenados por este delito, además, serán inhabilitados, hasta 14 años, para profesiones educativas, deportivas o de tiempo libre y se obligará a la destrucción de libros, documentos o artículos a través de los cuales se hayan difundido los contenidos delictivos. En el caso de medios digitales, se ordenará el «bloqueo del acceso» a los mismos.

En su propuesta de Memoria Histórica -plasmada en una proposición de ley en el Congreso– los socialistas ya contemplaban la modificación del Código Penal para castigar, con hasta cuatro años de cárcel, a quienes «públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra las víctimas de la Guerra Civil Española y del franquismo por su condición como tales» o elaboren “escritos o cualquier otra clase de material o soportes” que sean “idóneos” para fomentar esas conductas.

Según la propuesta socialista, también serían sancionados quienes “lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito de alguna de las víctimas” mediante escritos y otros materiales o quienes “enaltezcan o justifiquen por cualquier medio de expresión pública o de difusión el franquismo, o los delitos que hubieran sido cometidos contra las víctimas de la Guerra Civil Española o del franquismo por su condición como tales, o a quienes hayan participado en su ejecución”. En este caso, con hasta dos años de cárcel.

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