El juez concede a Rodrigo Rato la semilibertad con pulsera telemática
El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional ha concedido la progresión al tercer grado al ex presidente de Bankia Rodrigo Rato mediante control telemático
El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional ha concedido el tercer grado al ex presidente de Bankia Rodrigo Rato, mediante control telemático, que llevaba en prisión desde octubre de 2018 tras ser condenado a cuatro años y medio de cárcel por las ‘tarjetas black’ de Caja Madrid.
El juez ha resulto en virtud del artículo 86.4 del Reglamento Penitenciario que dice así:
«El interno queda eximido de pernoctar en el establecimiento, aceptando los controles mediante dispositivos telemáticos o de otro tipo que establezca la Junta de Tratamiento en su programa individualizado y en la resolución de la Dirección General al efecto».
En un auto, el magistrado José Luis Castro señala que la propia Junta de Tratamiento de la cárcel de Madrid V ha propuesto por mayoría la progresión del interno al tercer grado, al entender que está capacitado para seguir cumpliendo su condena en un régimen de semilibertad y se basa en los informes emitidos por las profesiones del equipo técnico del centro penitenciario.
El juez concluye que en este caso se dan las circunstancias y variables que le hacen merecedor del tercer grado, debiendo unir a ello su avanzada edad (71 años) que le permitiría, si se dan los requisitos legales, obtener la libertad condicional por esta causa, así como por las enfermedades coronarias que padece.
Arrepentimiento
Entre los factores positivos para la concesión del tercer grado, el juez incluye el hecho de que Rato ha venido «disfrutando de permisos de salida sin incidencia negativa alguna». Añade que en atención a la actividad profesional y edad se señala un pronóstico de reincidencia bajo. Indica asimismo que el ex vicepresidente del Gobierno ha asumido la responsabilidad pecuniaria derivada de su condena para el conocido como caso de las «tarjetas black» (en el que fue condenado a 4 años y medio de cárcel), en cuya ejecutoria abonó tanto la multa como la responsabilidad civil directa y subsidiaria.
Además, el juez explica que la asunción de responsabilidad por parte del penado va más allá del pago de la responsabilidad civil y, en tal sentido, ha pedido perdón de forma voluntaria, pública y notoria antes de su inmediato ingreso en prisión.
Absolución
Esta resolución llega dos días después de que la Audiencia Nacional haya absuelto al ex vicepresidente Rodrigo Rato, y a otros 33 acusados de los delitos de falsedad contable y estafa a inversores por la salida a bolsa de Bankia en 2011. El visto bueno del Banco de España, la CNMV y el FROB han sido argumentos decisivos para esta sentencia, que tumba los famosos informes de los peritos del Banco de España. De hecho, el fallo llega a considerar que Bankia era viable no solo en el momento de su OPV sino cuando fue rescatada en 2012.
En concreto, la sentencia de la Sala de lo Penal, de 442 páginas y publicada casi un año después del final del juicio, destaca que la salida a Bolsa contó con la aprobación de todos los supervisores, Banco de España, CNMV, FROB y EBA, que el folleto contenía una «amplia y certera» información financiera y no financiera, y destaca que en el juicio solo se expusieron actitudes genéricas de los acusados y no actos concretos.
“Tanto la decisión de salir a Bolsa como la determinación de hacerlo con la estructura de doble banco fueron resoluciones enteramente contempladas por el Banco de España, que además las aprobó después de calibrar las ventajas y los inconvenientes que dichas decisiones conllevaban”, sostiene la sentencia. Y concluye que “lo que resulta evidente a todas luces es que el proceso que culminó con la salida a Bolsa de Bankia fue intensamente supervisado con éxito por el Banco de España, la CNMV, el FROB y la EBA, contando en definitiva con la aprobación de todas las Instituciones.”