Ley Trans

Un hombre registrado como mujer tendrá más fácil acceder a la Policía, empleo público y listas paritarias

Ley montero
Irene Montero, ministra de Igualdad (EUROPA PRESS).
Luz Sela
  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

Aunque no existen aún datos oficiales en toda España sobre los primeros días de aplicación de la Ley Trans, los registros confirman el elevado volumen de solicitudes. Se aprecia una clara tendencia: la inmensa mayoría son hombres que piden la modificación de la mención registral a mujer. Y muchos ni siquiera solicitan el cambio de nombre, pues la ley permite conservar el nombre original. Sobre el procedimiento planean muchas dudas y también sospechas de la utilización del cambio de sexo con fines alejados de la identidad de género y por el mero hecho de beneficiarse de determinadas medidas de acción positiva en favor de la mujer. Es decir, beneficia al hombre que cambia de sexo y perjudica a las mujeres en asuntos como las oposiciones a la Policía, el acceso al empleo o las listas cremallera.

El artículo 46.2 de la Ley Trans establece que «la rectificación registral permitirá a la persona ejercer todos los derechos inherentes a su nueva condición». Y el punto 4 precisa que: «La persona que rectifique la mención registral del sexo pasando del sexo masculino al femenino podrá ser beneficiaria de medidas de acción positiva adoptadas específicamente en favor de las mujeres en virtud del artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, para aquellas situaciones generadas a partir de que se haga efectivo el cambio registral». El mencionado artículo recoge que «para hacer efectivo el derecho constitucional de la igualdad, los poderes públicos adoptarán medidas específicas en favor de las mujeres para corregir situaciones patentes de desigualdad de hecho respecto de los hombres».

Los ejemplos son diversos: los requisitos de altura y pruebas físicas para el acceso a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en el Ejército, o en las distintas policías autonómicas y locales, son menos estrictos en el caso de las mujeres. El Sindicato Profesional de Policía (SPP) llamó recientemente la atención sobre este asunto: «En caso de que un hombre se declare mujer y quiera acceder a la Policía Nacional… ¿Qué pruebas físicas se le exigirán? ¿Las de hombre? ¿Las de mujer?», se preguntaron. Cabe señalar, además, que desde el Ministerio del Interior se promueve la reserva de hasta un 40% de plazas para mujeres en la Policía y la Guardia Civil. Y que determinadas oposiciones también reservan plazas para los trans. Este colectivo, además de las mujeres con baja cualificación, son colectivos prioritarios para los servicios públicos de empleo.

Además de las medidas de «acción positiva» para fomentar el empleo femenino, como en el caso de los incentivos para la contratación de mujeres desempleadas, la reciente ley de paridad -aprobada la semana pasada en el Consejo de Ministros- también favorece al sexo femenino. La ley impone cuotas para aumentar la presencia de mujeres en los consejos de administración de las grandes empresas, en las juntas de gobierno en los colegios profesionales y en los jurados de reconocimiento público, además de «listas electorales cremallera», es decir, compuestas de forma alternativa por hombres y mujeres. La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ironizó sobre este asunto: «Si es necesario, pues mañana lo que podemos hacer a través de la autodeterminación de género es irme con mi vicepresidente, que puede ser mi nueva vicepresidenta, con mi consejero de Justicia, que se convertirá en mi nueva consejera. Tendremos a Enriqueta López y a Enriqueta Ossorio, y a lo mejor así gestionamos mejor o solucionamos mejor la vida de los madrileños». La propia ministra de Igualdad, Irene Montero, reconoció: «Ayuso animando al fraude de ley», admitiendo así que su propia norma tenía lagunas.

Sin control

Y es que la Ley Trans no prevé mecanismos de control para evitar los fraudes ni tampoco sanciones. Todo depende de la simple voluntad del interesado y bastará su solicitud en el registro para iniciar el procedimiento.

Las personas mayores de 16 años podrán cambiar de sexo libremente; entre los 14 y los 16 tendrán que estar asistidas por sus representantes legales y entre los 12 y 14 años necesitarán la autorización de un juez. Si existen desacuerdos con los progenitores, se nombrará un «defensor judicial» que actuará en interés superior del menor. El procedimiento completo dura apenas cuatro meses y no se exigen ni avales médicos ni someterse a un tratamiento hormonal durante dos años, como ocurría hasta ahora.

La ley sólo puntualiza que el cambio de sexo «no alterará el régimen jurídico que, con anterioridad a la inscripción del cambio registral, fuera aplicable a la persona» a efectos de la Ley contra la Violencia de Género. Es decir, que si un maltratador comete la agresión y después rectifica su sexo en el registro, será juzgado como hombre. Caso contrario es si esa modificación se produce con anterioridad al acto violento pues, en ese caso, sería juzgado como mujer. No se trataría de violencia de género, como confirmó la propia secretaria de Estado de Igualdad, Ángela Rodríguez Pam.

Además, un hombre que se autodetermine mujer podrá solicitar su ingreso en una cárcel de mujeres. También tendrá indudables ventajas en las competiciones deportivas. Y accederá libremente a espacios reservados a mujeres, como baños o vestuarios.

«No piden antecedentes penales de delitos sexuales o violencia de género, ni se toman medidas para prevenir y perseguir motivaciones espurias como eludir la aplicación de la ley integral de violencia de género, acceder a espacios exclusivos de mujeres como vestidores frecuentados por niñas», lamentaron desde la Alianza contra el Borrado de las Mujeres, integrada por organizaciones feministas críticas con la ley.

Añadieron: «El hecho de que defendamos que se introduzcan precauciones para impedir el uso abusivo no es equivalente a sostener que todas las personas trans sean potenciales delincuentes. Ése es un argumento emocional que pretende eludir todo tipo de protección normativa para las víctimas de violencia machista».

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