El Gobierno minimiza los antecedentes policiales de los inmigrantes porque «no implican culpabilidad»
El Ejecutivo esgrime que los "extranjeros" que delinquen pueden ser "turistas"

El Gobierno rebaja la importancia de los antecedentes policiales de los inmigrantes porque «no implican culpabilidad o condena». Así responde el Ejecutivo por escrito al Congreso de los Diputados, al ser preguntado por la correlación entre inmigración y delincuencia.
En concreto, Vox se dirigió al Gobierno para interesarse por el número de inmigrantes que llegan a nuestro país y cuentan con antecedentes penales en sus países de origen.
En este contexto, el partido de Santiago Abascal esgrimió que «en nuestro país ya hay más jóvenes extranjeros que nacionales entre los reclusos menores de 22 años». Así, «atendiendo a las cifras aportadas por el secretario general de Instituciones Penitenciarias, Ángel Luis Ortiz, en las prisiones españolas hay 1.513 delincuentes menores de 22 años. De estos, 868 (57,37%) son de origen extranjero».
Vox se interesaba por «cuántos inmigrantes ilegales que llegan a nuestro país cuentan con antecedentes penales» y «en el caso concreto de los inmigrantes ilegales de origen marroquí, ¿cuál es el porcentaje que ya contaba con antecedentes penales en su país?».
«¿Está el Gobierno reclamando la información necesaria a los países de origen sobre los inmigrantes ilegales que llegan a España, al objeto de discernir si cuentan con antecedentes penales? ¿Dispone el Gobierno del dato acerca de los inmigrantes marroquíes que han llegado a España y que han sido indultados en Marruecos?», trasladó la formación en el Congreso.
Sin acceso a los antecedentes
El Gobierno, en su respuesta, admite que «el Ministerio del Interior no tiene acceso a los antecedentes penales en los países de origen de las personas migrantes que llegan a España, ya que se trata de información de uso interno de cada país, de acceso restringido, según su legislación propia, y que no forma parte de las bases de datos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado».
«Por otra parte, se informa de que las cuestiones parten de una premisa que no es cierta: No existe una correlación entre inmigración y delincuencia», rebatió el Ejecutivo.
Así, acusó a Vox de «crear alarma social» y descartó la «correlación entre incremento de los índices de la delincuencia con incremento de la inmigración irregular»: «El hecho de que en las estadísticas de criminalidad conste la ciudadanía extranjera no significa que la persona sea migrante, ni que siendo migrante sea irregular, ya que el dato refleja simplemente que la ciudadanía no es española, pudiendo ser residentes extranjeros regulares o alguno de los más de 85 millones de turistas que recibe España, muchos de ellos ciudadanos de la Unión Europea».
Para el Gobierno, «estos datos, además, no implican culpabilidad o condena, ya que tal circunstancia la establecen los órganos judiciales».
Regularización
Precisamente, la cuestión de los antecedentes es la más delicada en el proceso de regularización masiva que prepara el Gobierno.
El borrador establece que será necesario que el inmigrante no represente «una amenaza para el orden público, la seguridad o la salud pública». Ahí entran en juego los antecedentes policiales. Los policías denuncian que será materialmente imposible verificar la identidad y los antecedentes de la inmensa mayoría del millón de inmigrantes que podrán beneficiarse de la regularización. Calculan que tardarían más de un año en conseguirlo con los medios que tienen en la actualidad, incluso dedicándose exclusivamente a comprobar las huellas de los inmigrantes.
El borrador del real decreto establece que carecer de antecedentes penales será uno de los requisitos para acceder a la regularización. El otro es acreditar una permanencia de, al menos, cinco meses en España.
Pero el decreto abre una vía controvertida para documentar esa ausencia de antecedentes. Así, se determina que si el inmigrante «acreditase haber solicitado el certificado de antecedentes penales de las autoridades del país de origen o de aquel donde hubiera residido durante los últimos cinco años, y hubiera transcurrido un mes sin haberlo recibido, el Gobierno, previa solicitud al efecto, podrá recabar la información necesaria directamente de la autoridad del país correspondiente».
«En caso de no recibir dicha información en el plazo de un mes, la Administración comunicará esta circunstancia al interesado, que podrá presentar declaración responsable de inexistencia de antecedentes penales. En ese caso, se entenderá, a los efectos de esta disposición transitoria, que el interesado carece de antecedentes penales en los citados países».
Igualmente, se matiza que «la exigencia de carecer de antecedentes penales salvaguarda los intereses de la sociedad española, prestándose especial atención a aquellos delitos especialmente relevantes, sin perjuicio de la preservación de la situación jurídica de las personas que hayan podido actuar en estado de necesidad».