Sánchez impide que la Abogacía del Estado actúe contra la ‘trama PSOE’ por el dinero público malversado
El Gobierno del PSOE y Sumar no reclama por ahora el dinero del 'caso Koldo'
El Gobierno de Pedro Sánchez ha optado por no personar a la Abogacía del Estado como acusación en el caso Koldo, pese a que la investigación judicial ha destapado mordidas millonarias en contratos públicos del Ministerio de Transportes. Esta inacción, según fuentes judiciales consultadas, podría constituir un delito de prevaricación por omisión si se demuestra que existía «una obligación legal, clara y terminante de actuar» y que la autoridad «omitió dicha actuación de forma consciente».
La trama investigada gira en torno a varios contratos adjudicados por distintos entes gubernamentales. Los hechos apuntan a una organización criminal que habría pagado comisiones ilegales para conseguir adjudicaciones de mascarillas durante la pandemia.
La Abogacía del Estado podría personarse como acusación porque existiría un perjuicio patrimonial a las arcas públicas: la investigación judicial ha acreditado que Puertos del Estado y ADIF adjudicaron contratos de mascarillas por valores millonarios a la empresa Soluciones de Gestión SL ligada al empresario que ha tirado de la manta, Víctor de Aldama.
Estas operaciones en las que, según la Fiscalía Anticorrupción, José Luis Ábalos y Koldo García habrían cobrado comisiones ilegales mientras Aldama obtuvo un beneficio de 3.713.981 euros.
Este lucro ilícito derivado de contratos públicos presuntamente amañados constituye un daño económico directo al erario que faculta legalmente a la Abogacía del Estado para ejercer la acción penal en nombre de la Administración, siempre que lo autoricen los máximos dirigentes.
El Reglamento de la Abogacía General del Estado establece en su artículo 71 que los abogados del Estado no pueden ejercitar acciones ante ningún órgano jurisdiccional «si no es a solicitud del órgano o entidad interesados», lo que significa que el Gobierno debe solicitar formalmente a la Abogacía del Estado que ejerza la acción penal cuando detecte un posible perjuicio patrimonial derivado de un delito.
Omisión deliberada
Esto significa, según fuentes jurídicas, que «el ministerio, organismo autónomo o entidad pública que detecta el posible perjuicio debe solicitar formalmente a la Abogacía del Estado que ejerza la acción penal en su nombre».
La ausencia de esta solicitud por parte del Gobierno resulta especialmente llamativa. La Guardia Civil ha documentado cómo varios altos cargos ejercieron «ciertas presiones» sobre responsables que debían adjudicar contratos «sin ninguna opción de rebatir la decisión final de adjudicación» a la empresa Soluciones de Gestión, núcleo de la trama.
Fuentes judiciales subrayan que esta omisión no es un mero descuido procedimental. «Debería personarse como acusación puesto que existe una responsabilidad en el dinero público», afirman. La falta de actuación ante un fraude tan evidente podría interpretarse como un compadreo deliberado con los investigados.
El caso recuerda al proceder de Francina Armengol en Baleares, quien inicialmente se negó a reclamar el dinero defraudado en el caso de las mascarillas. Tras perder las elecciones autonómicas inició el procedimiento para evitar problemas legales. Aquella dejadez en la defensa de los intereses públicos generó una intensa polémica sobre la responsabilidad de los gobernantes.
Incompatibilidad
La primera aproximación al caso de la Abogacía del Estado en este asunto surgió en agosto de 2024. Entonces se personó para defender al subsecretario de Transportes, Jesús Manuel Gómez, investigado por la Audiencia Nacional junto al director general de Gestión de Personas de Adif, Michaux Miranda, y el ex secretario general de Puertos del Estado, Álvaro Sánchez Manzanares.
La Fiscalía Anticorrupción advirtió el 12 de agosto de 2024 de la «posible incompatibilidad de asumir en el mismo procedimiento la doble condición de acusación y defensa». Aunque hasta ese momento la Abogacía del Estado no había solicitado personarse «como acusación particular ante el eventual delito contra la Hacienda Pública», el Ministerio Público dejó constancia de los riesgos jurídicos.
La investigación se centra en la presunta organización que habría cobrado comisiones millonarias. La Fiscalía Anticorrupción les atribuye delitos de organización criminal, blanqueo de capitales, cohecho, delitos contra la Hacienda Pública y tráfico de influencias. Pide penas de más de 20 años de cárcel para los dos grandes implicados.
El subsecretario Jesús Manuel Gómez fue imputado a petición de Anticorrupción tras un informe de la Guardia Civil. Los investigadores concluyeron que los tres investigados ejercieron presiones que podrían ser constitutivas de un delito de tráfico de influencias.
El juez decidió finalmente apartar a la Abogacía del Estado de la defensa de Gómez porque no se aportó la autorización de la Dirección General de lo Contencioso. Sin embargo, ahora el Gobierno tampoco ha dado el paso de solicitar que se persone como acusación para recuperar el dinero defraudado.
Según las fuentes judiciales consultadas, la falta de solicitud por parte del Gobierno constituye una vía de hecho. La gravedad de la omisión radica en que impide recuperar los fondos públicos presuntamente malversados. Sin la personación de la Abogacía del Estado, éste renuncia tácitamente a ejercer las acciones legales para resarcirse del perjuicio económico causado por la trama.
El silencio administrativo del Ministerio de Transportes ante este escándalo plantea interrogantes sobre la voluntad política del Gobierno de perseguir a los responsables. La ausencia de iniciativa para reclamar el dinero robado sugiere una connivencia que trasciende lo meramente procesal.
Mientras los tentáculos de la trama siguen extendiéndose por los juzgados, el Gobierno de Sánchez permanece impávido, como si el pillaje de varios millones de euros fuera un asunto menor que no merece ni una querella. Esta indolencia ante el expolio no es sólo una dejación de funciones: es un mensaje a los implicados para que no se irriten.