Escándalo en la SEPI

La Abogacía del Estado dice que no hace falta que Plus Ultra sea estratégica, pero la ley lo exige

La norma del fondo de rescate exige que "un cese forzoso de actividad tenga un elevado impacto negativo"

El Gobierno usa a la Abogacía del Estado para acusar a la juez de Plus Ultra de buscar su culpabilidad

Plus Ultra
Avión de Plus Ultra.
Eduardo Segovia
  • Eduardo Segovia
  • Corresponsal de banca y empresas. Doctor y Master en Información Económica. Pasó por El Confidencial y dirigió Bolsamanía. Autor de ‘De los Borbones a los Botines’.

La Abogacía del Estado desconoce (o miente) la norma que regula el fondo de rescate de la SEPI en su escrito en el que pide que archive la causa por supuestos delitos en las ayudas públicas a la aerolínea Plus Ultra, al que ha tenido acceso OKDIARIO. En concreto, sostiene que el carácter estratégico necesario para conceder el rescate es de carácter cualitativo, no cuantitativo, y que éste se aplica a sectores de actividad, no a empresas concretas. Pero la Orden Ministerial que creó este fondo dice todo lo contrario.

El recurso de reforma, remitido por la abogada del Estado Rosa María Seoane, asegura que «el carácter estratégico no se reconoce por razones cuantitativas, sino cualitativas, pues lo contrario llevaría a que sólo recibieran ayudas las mayores empresas de cada sector cuando del régimen regulador del fondo no cabe extraer tal conclusión». Seoane hace estas afirmaciones para tratar de sostener que Plus Ultra puede considerarse estratégica pese a que sólo operaba el 0,03% de los vuelos en España en 2019.

La realidad es que la Orden Ministerial PCM/679/2020, de 23 de julio, que crea el Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas de la SEPI establece, en primer lugar, que las ayudas no pueden ser inferiores a 25 millones. Esto ya las limita a empresas de cierto tamaño.

Pero, además, entre las condiciones que conforman los «criterios de elegibilidad», que determinan la elección de las empresas que pueden recibir el rescate, se encuentra la siguiente, cuya redacción es muy clara: «Justificar que un cese forzoso de actividad tendría un elevado impacto negativo sobre la actividad económica o el empleo, a nivel nacional o regional». Un elevado impacto se sobreentiende que cuantitativo.

Esta circunstancia ya fue difícil de demostrar en el caso de Duro Felguera, rescatada con 120 millones el mismo día que Plus Ultra; al final, salvó el escollo con el argumento de que el cierre de la empresa tendría un elevado impacto en la economía regional asturiana, para lo que encargó un informe a la Universidad de Oviedo. Parece evidente que este elevado impacto, ni siquiera a nivel regional, se da en el caso de Plus Ultra.

Asimismo, justifica el rescate por la importancia estratégica del sector aéreo por su contribución al turismo, sobre la base del informe de la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Transportes de José Luis Ábalos. Y dentro de eso, se reduciría todavía más el número de aerolíneas españolas con licencias de clase A (las de largo radio), un número que ha disminuido precisamente por la fusión de Iberia y Air Europa impulsada por el Gobierno con las ayudas públicas a esta última.

El fondo de rescate no está pensado para pymes

Otra afirmación de la Abogacía del Estado que no se corresponde con la realidad es que el régimen del fondo de rescate de la SEPI «contempla expresamente su aplicación a pequeñas y medianas empresas, en la medida que el carácter estratégico se refiere no sólo a sociedades individuales sino también a sectores de actividad».

Además del importe mínimo citado de 25 millones, la imposibilidad de aplicar el fondo de rescate a pymes y autónomos es lo que llevó al Gobierno a crear una línea de ayudas específicas para este colectivo en marzo de este año, los famosos 7.000 millones, y un nuevo fondo gestionado por Cofides dotado con 1.000 millones más.

En la propia exposición de motivos del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, se deja meridianamente claro: «Para apoyar a aquellas empresas viables, pero que se enfrentan a problemas de solvencia derivados del Covid-19 que no pueden acceder al fondo gestionado por la Sociedad Estatal de Participaciones industriales (SEPI) para empresas y operaciones de mayor tamaño y necesiten un refuerzo adicional de su capital tras la articulación de las medidas previstas en los apartados anteriores, se crea un nuevo Fondo de recapitalización de empresas afectadas por Covid (…)».

Y añade: «En efecto, este Fondo, dotado con 1.000 millones de euros, se enfoca en complementar el Fondo gestionado por SEPI para la recapitalización de empresas estratégicas, de mayor tamaño».

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