Crisis económica

Pida la ayuda directa cuanto antes: el Gobierno no sabe qué hará cuando se acaben los 7.000 millones

Descarta un prorrateo pero no establece ningún criterio para distinguir a las pymes solventes

Las ayudas directas del Gobierno oscilarán entre 3.000 y 200.000 € y las repartirán las CCAA

La ministra portavoz y ministra de Hacienda, María Jesús Montero; y la vicepresidenta tercera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño
La ministra portavoz y ministra de Hacienda, María Jesús Montero; y la vicepresidenta tercera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño
Eduardo Segovia
  • Eduardo Segovia
  • Corresponsal de banca y empresas. Doctor y Master en Información Económica. Pasó por El Confidencial y dirigió Bolsamanía. Autor de ‘De los Borbones a los Botines’.

El plan de ayudas directas de 7.000 millones para pymes y autónomos aprobado el viernes por el Gobierno tiene una grave deficiencia: no contempla cómo se repartirá el dinero si, como todo apunta, las solicitudes de subvenciones superan esa cifra. No hay ningún criterio para distinguir a las empresas solventes de las que no lo son, así que irá atendiendo a las solicitudes por orden de llegada. En consecuencia, conviene pedir la ayuda cuanto antes.

Eso sí, estas ayudas de hasta 200.000 euros a fondo perdido no podrán solicitarse antes de 40 días, como mínimo (es decir, en torno a mediados de mayo), según reconoció la ministra de Hacienda, María Jesús Montero. Antes hay que desarrollar una orden, firmar convenios con todas las comunidades autónomas y demás trámites burocráticos. Y después, dependerá de la agilidad de cada región, que es quien repartirá el dinero.

Porque no se sabe qué ocurrirá cuando las solicitudes superen la cuantía destinada a las ayudas, los 7.000 millones citados. Fuentes del Ejecutivo explican que, «cuando lleguemos a ese río, cruzaremos ese puente», y lo único que descartan es un prorrateo (es decir, esperar a que se presenten todas las solicitudes y repartir el dinero proporcionalmente entre ellas). ¿Se ampliará la cuantía cuando se agote? Eso, de momento, queda en el aire.

El problema parte de que no se han establecido unos criterios para distinguir las empresas solventes de las que no lo son a la hora de distribuir el dinero, en contra de lo que había anunciado la propia ministra de Economía, Nadia Calviño. Estos criterios solo podían haberse aplicado por la banca, que es quien conoce a cada pyme y autónomo cliente suyo, pero el Ejecutivo ha optado por dejarla fuera, como informó OKDIARIO.

Requisitos para pedir las ayudas

Por tanto, serán los funcionarios autonómicos los que repartan el dinero y no tendrán que aplicar ningún criterio para hacer esa distinción entre viables e inviables. El único requisito es haber sufrido una caída del 30% de los ingresos respecto a 2019 (que cumple casi todo el mundo) y el sector de actividad, que además es muy amplio: a la hostelería, restauración y demás sectores con acceso a los ERTE, se añaden «industria manufacturera relacionadas con el comercio y la hostelería; comercio al por mayor y minorista; sectores auxiliares al transporte; mantenimiento aeronáutico, y actividades relacionas con la cultura y las actividades deportivas».

Más precisos son los criterios para calcular el importe de la ayuda que se puede solicitar, ya que el autónomo o empresario tendrá que destinarla a «pago de deudas contraídas por las empresas desde marzo de 2020, como pagos a proveedores, suministros, salarios, arrendamientos o reducción de la deuda financiera», que tendrá que justificar ante su comunidad autónoma. Y no le van a pagar todos esos gastos: solo el 20% en el conjunto de las empresas y el 40% para los autónomos y las que tengan hasta 10 trabajadores.

Eso sí, con el tope para todo el mundo de 200.000 euros. Y si tributa por módulos, solo podrá pedir 3.000 euros porque el Gobierno considera que no se pueden calibrar sus ingresos.

Por último, el Gobierno exige adicionalmente que los solicitantes «no tengan su domicilio en un paraíso fiscal, no estén en concurso ni hayan cesado la actividad en el momento de la solicitud, se hallen al corriente de pagos de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social y no repartan dividendo ni aumenten los salarios de su equipo directivo durante un periodo de dos años, así como al mantenimiento de su actividad hasta junio de 2022».

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