Sólo piden un requisito: la ayuda de 7.905 € que la Seguridad Social está dando a estas personas
La Seguridad Social ofrece una ayuda de 7.905 euros para las personas que cumplan con los requisitos


La Seguridad Social ofrece una ayuda de 7.905 euros anuales para las personas que no cumplen con los requisitos mínimos de cotización para acceder a una pensión contributiva de jubilación. Para acceder a esta prestación que el IMSERSO delega a las comunidades autónomas, hay que cumplir con una serie de condiciones que especifica el Instituto de Mayores y Servicios Sociales. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre esta ayuda de la Seguridad Social.
Más de 6 millones de personas en España son beneficiarios de una pensión contributiva de jubilación. Para poder acceder a ella hay que cumplir unos requisitos mínimos de 15 años de cotización. Con este mínimo, los ciudadanos que puedan acceder a la pensión aspiran a un 50% de la base reguladora de la pensión. Conforme aumenten los años cotizados, se irá incrementando la pensión hasta los 38 años y tres meses, que permite a los ciudadanos jubilarse a los 65 años con la pensión íntegra.
Las personas que no lleguen al mínimo de 15 años de cotización y no puedan tener acceso a una pensión contributiva de jubilación pueden solicitar las denominadas pensiones no contributivas. Esta ayuda de la Seguridad Social está reflejada en los Presupuestos Generales del Estado y es delegada por parte del IMSERSO a las comunidades autónomas. Esta prestación está destinada a las personas que están en una situación de vulnerabilidad económica.
La ayuda de la Seguridad Social de 7.905 euros
«La pensión no contributiva de jubilación asegura a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios», informa la página oficial del IMSERSO sobre las pensiones no contributivas de jubilación, a la que pueden acceder las personas que no hayan cotizado lo suficiente y cumplan con una serie de requisitos.
El mínimo e indispensable es poder demostrar estar en una situación de vulnerabilidad económica. «Existe carencia cuando las rentas o ingresos personales de que se disponga, en cómputo anual para 2025, sean inferiores a 7.905,80 € anuales», informa el IMSERSO sobre el límite de ingresos anuales que tiene que tener el beneficiario de la pensión no contributiva.
«Si las rentas o ingresos personales son inferiores a 7.905,80 € anuales y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su unidad económica de convivencia son inferiores a las cuantías que se recogen más adelante», dice la norma sobre los ingresos familiares dentro de un núcleo familiar. Además de demostrar una carencia de rentas, también hay que cumplir con otros dos requisitos:
- Tener 65 años o más.
- Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de diez años.
Por lo que respecta a la cuantía, esta ha aumentado después de confirmarse una subida del 9% para las pensiones no contributivas en el famoso decreto ómnibus. Por ello, el importe anual para el año 2025 ha quedado fijado en 7.905,80 euros anuales, que se abonan en 12 mensualidades más dos pagas extra al año. La cantidad a ingresar de forma mensual para las personas que sean beneficiarias de una pensión no contributiva es de 564,70 euros al mes.
En caso de que en una misma familia haya dos beneficiarios de una pensión no contributiva, la cantidad mensual a ingresar por cada uno de ellos será de 480 euros y si hay tres beneficiarios, la cantidad total será de 451,76 euros.
PNC de invalidez
El IMSERSO también ofrece una pensión no contributiva de incapacidad que podrán solicitar las personas con alguna discapacidad que no han cotizado lo suficiente como para ser beneficiarios de una pensión contributiva de incapacidad permanente. Estos son los requisitos que tienen que cumplir:
- Tener entre 18 y 65 años de edad.
- Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años.
- Estar afectado de un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
- Demostrar carencia de rentas de menos de 7.905,80 euros anuales.