Hacienda podrá comprobar si las Sicav cumplen el número mínimo de accionistas
La Administración Tributaria tendrá potestad para comprobar si las Sociedades de Inversión de Capital Variable (Sicav) españolas cumplen con el número mínimo de accionistas requerido por la ley, actualmente fijado en 100, una competencia que hasta ahora tenía la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
El anteproyecto de Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2019 señala que «parece justificado» que se considere competente a la Administración tributaria para comprobar, a efectos exclusivamente tributarios, si se entiende cumplido el requisito del número mínimo de accionistas que la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, establece para las sociedades de inversión de capital variable.
En este sentido, el texto justifica esta decisión en que la normativa tributaria supedita al cumplimiento de dicho requisito de número de accionistas mínimos la aplicación por estas sociedades del tipo de gravamen del 1% en el Impuesto sobre Sociedades.
La Asociación Española de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones (Inverco) ha criticado esta decisión, ya que alejará aún más a las Sicav españolas del régimen europeo y perjudicará la actividad de gestión española, «con sus correspondientes efectos negativos sobre la financiación de la economía, la generación de empleo y la recaudación de impuestos, al desplazar sus inversiones, así como los puestos de trabajo y los ingresos fiscales derivados de su actividad, hacia otras jurisdicciones comunitarias».
En este sentido, remarca que, además de los requisitos establecidos a nivel europeo, como transparencia, supervisión y diversificación, entre otros, las Sicav españolas se enfrentan a un régimen «más exigente», pues deben contar también con un número mínimo de cien accionistas, no previsto en la directiva europea ni en la práctica totalidad de países. «Esta diferencia ya supone en la actualidad un peor tratamiento para las Sicav españolas», agrega.
Inverco defiende que las Sicav españolas tienen un «claro sesgo inversor hacia los activos domésticos», ya que invierten casi un tercio de su patrimonio (30.832 millones de euros a junio de 2018) en activos españoles, cuando el peso de España en los índices mundiales no supera el 2%. Además son gestionadas, custodiadas, asesoradas, auditadas y distribuidas por entidades en su mayoría españolas, cuya actividad, unida a la tributación de sus accionistas, genera unos ingresos fiscales que se estiman en 340 millones de euros anuales.
Por otro lado, los PGE también establecen un gravamen especial para las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (Socimi) por la parte de los beneficios que no sea objeto de distribución «con el fin de dotar de una mayor liquidez y facilitar la recuperación de las inversiones efectuadas por los accionistas» en ellas.
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