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Una ex trabajadora denuncia a KPMG tras haber sido despedida por estar en un proceso de fertilidad

KPMG explica que favorece la conciliación: el 25% de su plantilla son padres y se les concedieron un 17% de las promociones en 2024

Considera que fue despedida tras comunicar que se sometía a tratamientos de fecundación in vitro

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Jose de la Morena
  • Jose de la Morena
  • Jose de la Morena, periodista especializado en economía desde hace más de 15 años, desarrolla su labor en el campo de la comunicación desde el prisma de las tendencias, los números y resultados de las distintas compañías. Una tarea que le ha llevado a conocer a fondo el mundo empresarial. Ha trabajado también en comunicación corporativa y como asesor para distintas marcas internacionales e institucionales.

La empleada, con casi veinte años en la firma, asegura que fue despedida tras comunicar que se sometía a tratamientos de fecundación in vitro. Reclama la nulidad del despido, la reincorporación y 300.000 euros de indemnización por vulneración de derechos fundamentales.

KPMG niega que el despido se produjera por esas circunstancias, considera probado el bajo rendimiento, y explica que pese a su baja media de edad, el 25% de la plantilla está formado por trabajadores que son padres y madres, y suponen a su vez el 17% de todos los que promocionaron en el último año.

La ex trabajadora de KPMG España ha demandado a la consultora por lo que considera un despido nulo y discriminatorio. Según la demanda presentada, fue despedida el 30 de septiembre de 2025, pocos días después de comunicar a la empresa que seguía en tratamiento de fecundación in vitro, un proceso que llevaba más de dos años intentando completar con éxito.

La denunciante, que trabajaba desde 2006 en la sede de la compañía, explica en su escrito, al que ha tenido acceso este medio, que su despido «no obedece a causa real ni justificada», sino a «la simple y clara voluntad empresarial de resolver el contrato tras conocer su deseo de maternidad».

Los datos de maternidad en KPMG

KPMG ha respondido a este diario que el despido se produce por causas de rendimiento, que están justificadas y acreditadas, y que la compañía cuenta con muchísimos trabajadores en situación de paternidad y maternidad, algo que se respeta y favorece dentro de la empresa.

De hecho, explican que el 25% de la plantilla son padres o madres, un dato muy llamativo, puesto que el 18% de la plantilla tiene menos de 25 años, y es posteriormente cuando suele darse la situación de paternidad.

También explican que en el último año, el 17% de los trabajadores que fueron promocionados eran padres o madres. Hay que recordar que el 68% de la plantilla tiene menos de 34 años. También indican que, en los últimos tres años, han estado de baja por paternidad o maternidad 638 empleados.

Dos años de tratamientos

La trabajadora relata que, desde 2023, se encontraba en distintos procesos de fecundación in vitro que derivaron en varios embarazos frustrados y abortos espontáneos (en septiembre de 2023, septiembre de 2024 y febrero de 2025), lo que le ha supuesto una carga emocional y un sufrimiento en pos de esa nueva maternidad. KPMG, según la demandante, «tenía conocimiento directo de su situación médica, tanto por sus comunicaciones formales al departamento de Recursos Humanos como por las bajas temporales derivadas de los tratamientos».

En la demanda se afirma que, coincidiendo con esos periodos de baja y recuperación, la empresa empezó a rebajarle las calificaciones internas. Su primera evaluación negativa llegó en septiembre de 2023, justo cuando sufrió el primer aborto. «Hasta ese momento, todas mis valoraciones habían sido máximas», señala el escrito, recordando que fue reconocida entre los «Best Lawyers» del sector entre 2020 y 2025.

Además, acusa a la compañía de haber emprendido contra ella un «hostigamiento laboral»: exclusión de revisiones salariales, impago de bonus, sobrecarga de tareas e incluso requerimientos para trabajar durante bajas médicas o fines de semana. Todo ello, añade, con el objetivo de «forzarla a abandonar la empresa» o desistir de su plan de maternidad.

Carta de despido

KPMG alegó en la carta de despido una «disminución continuada y voluntaria del rendimiento» como causa disciplinaria. Sin embargo, la defensa de la trabajadora sostiene que no existen pruebas objetivas que lo justifiquen: «No se detallan fechas concretas, parámetros de comparación, ni se alude a funciones incumplidas; son valoraciones subjetivas, contradictorias con las evaluaciones previas y con los proyectos exitosos en los que participó».

La demandante invoca la vulneración de derechos fundamentales reconocidos en la Constitución: igualdad y no discriminación por razón de sexo, integridad física y salud, dignidad, conciliación laboral y familiar, y tutela judicial efectiva. Por ello, solicita que el despido sea declarado nulo, con reincorporación inmediata, pago de salarios de tramitación y una indemnización de 300.000 euros por daños morales. Subsidiariamente, pide que se declare improcedente, con igual indemnización adicional.

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