CAMPAÑA DE LA RENTA 2023

Ésta es la multa que Hacienda te hará pagar si presentas tu declaración de la Renta fuera de plazo

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Una persona revisa su declaración de la renta.

Se acaba el plazo para presentar la declaración de la Renta 2023 y los expertos ya alertan de la multa que Hacienda podría hacerte pagar si la presentas fuera de plazo. La declaración del IRPF se podía presentar hasta el pasado miércoles, 25 de junio, si el resultado de tu liquidación era a ingresar y deseabas domiciliarlo. Para el resto de casos, todavía te queda tiempo hasta el próximo lunes, 1 de julio. Pero cuidado con incumplir con tus obligaciones fiscales pues la Agencia Tributaria podría llegar a pedirte hasta el 150% de la cantidad total de la deuda, tanto si has causado un perjuicio económico a Hacienda como si no es la primera vez que defraudas.

Desde Golden Partners, abogados expertos en fiscalidad, se aconseja en todo caso «cumplir con la obligación de presentar la declaración de la Renta pues actualmente Hacienda tiene muy controlados a todos los contribuyentes». De hecho, “la mayoría de los casos» que llegan a este despacho son de «ciudadanos que aunque les salía a pagar, prefirieron no presentar su declaración y luego Hacienda les requirió el pago, es decir, el peor de los escenarios».

Las consecuencias de presentar la declaración de la Renta fuera del periodo voluntario, es decir, a partir del próximo 1 de julio, son diferentes y dependerá de si tu liquidación sale a pagar o a devolver.

Si tu declaración de la Renta sale a pagar

Si eres un contribuyente que debe pagar a Hacienda, por ejemplo, porque tu empleador te retuvo de menos en 2023 o porque tuviste una ganancia de capital, las consecuencias para tu bolsillo serán muy diferentes en función de si la Agencia Tributaria te ha requerido el pago o no:

  1. Hacienda todavía no te ha requerido el pago y lo presentas voluntariamente: «Deberás ingresar una multa dado que estás presentando tu declaración fuera del plazo voluntario», explican desde Golden Partners, y agregan: «La multa pecuniaria dependerá del tiempo que tardes en presentar la liquidación que debiste presentar en periodo voluntario y por ello, siempre recomendamos hacerlo cuanto antes». Por tanto, si la presentas a partir del próximo 2 de julio, es decir, de forma extemporánea, se te cargará un interés del 1%, más otro 1% por cada mes completo. En consecuencia, si presentas tu declaración de la Renta entre los próximos 2 al 31 de julio, pagarás un interés del 1%, si la presentas en agosto, del 2%; y así sucesivamente.
  2. Hacienda te requiere el pago: «En este caso, te corresponde una sanción de entre el 50% y el 150% total de tu deuda» que se calculará «en función de si causaste un perjuicio económico a Hacienda o si cometiste de forma repetida otras infracciones tributarias». Ahora bien, los letrados recuerdan que se puede aplicar una reducción del 30% si se acepta la sanción impuesta o del 25% si se ingresa la sanción en el periodo voluntario de pago señalado en la notificación de Hacienda.

Si tu declaración de la Renta sale a devolver 

De igual forma, si eres una de las personas que tiene la suerte de que Hacienda le devuelva, no dejes de presentar tu declaración de la Renta. De lo contrario, también quedarías sujeto a las siguientes sanciones, según si:

  1. Hacienda todavía no te ha requerido el pago y tú presentas la declaración de forma voluntaria: tendrás que abonar una multa de 100 euros.
  2. Si hacienda te ha requerido el pago: tu multa será del doble: 200 euros.Cuándo se paga a Hacienda la deuda de tu declaración de la Renta 

    Si el resultado de la declaración de la Renta sale a pagar, el pago se efectúa de forma automática el 1 de julio el 60% y el segundo pago el 5 de noviembre, por el 40% restante. Eso sí, siempre que se haya indicado la domiciliación bancaria como forma de pago y cuyo plazo para presentar dicha declaración finalizó el pasado 26 de junio. A partir de ese día, ya no podrás domiciliar ninguna cuenta bancaria para pagar Hacienda y deberás ir directamente al banco a hacer el ingreso.

    «También está el caso de muchas personas que luego no tienen dinero en cuenta disponible para el segundo pago de Hacienda», señalan desde Golden Partners. En ese caso, si la Agencia Tributaria no puede cobrarse el segundo pago del 40% el 5 de noviembre, a la deuda de tu declaración habrá que sumar:

  • Un 5% sobre la cantidad si lo ingresas antes de que te requieran el pago.
  • Un 10% sobre la cantidad si Hacienda te requiere pero pagas en el plazo que se determine en la notificación.
  • Un 20% sobre la cantidad si Hacienda te requiere, no efectúas el pago en el plazo que te dio y, además se te aplica el interés de demora, actualmente del 4,06% sobre la cantidad que no se ha pagado.A todo lo anterior se suma que Hacienda tiene hasta 4 años para reclamarte todas las cantidades pendientes de pago. Por ello, desde Golden Partners se «aconseja acudir a un experto tanto si todavía estás en plazo de presentar tu declaración de la Renta dentro del periodo voluntario y tienes alguna duda; como si lees este artículo dentro de unos días y ya estás fuera de plazo, y así lograr que pagues la mínima multa poosible».

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