Almeida lanza la primera línea de ayudas de hasta 1.000 euros por familia para promover la natalidad
Se beneficiarán de la ayuda los menores nacidos o adoptados en la ciudad de Madrid entre el 1 de junio de 2025 y el 31 de agosto de 2026
Solo se podrá presentar una solicitud por cada nacimiento o adopción

Las familias madrileñas pueden solicitar, desde el 4 de noviembre, las ayudas económicas por nacimiento o adopción recogidas en el Plan de Fomento de la Natalidad y Conciliación 2024-2029 del Ayuntamiento. La cuantía que percibirá cada familia asciende a 500 euros por el primer hijo, 750 euros por el segundo y 1.000 euros por el tercero y siguientes.
La ayuda es universal, por lo que no se impone limitación alguna por renta de la unidad familiar ni por edad de los progenitores y se beneficiarán de ella los menores nacidos o adoptados en la ciudad de Madrid entre el 1 de junio de 2025 y el 31 de agosto de 2026.
Lo ha anunciado este lunes en rueda de prensa la vicealcaldesa, Inma Sanz, acompañada por el delegado de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, José Fernández; la delegada de Economía, Innovación y Hacienda, Engracia Hidalgo, y el concejal de Carabanchel, Carlos Izquierdo. El alcalde, José Luis Martínez Almeida, también ha celebrado esta medida a través de sus redes sociales.
Madrid celebra y protege la familia. Hoy damos un paso decisivo para apoyarlas.
Desde mañana se podrán solicitar las nuevas ayudas por nacimiento o adopción, incluidas en el Plan de Fomento de la Natalidad y Conciliación 2024-2029.https://t.co/6G57FR9bzo pic.twitter.com/O8oiHNvGhE
— José Luis Martínez-Almeida (@AlmeidaPP_) November 3, 2025
El formulario de solicitud estará disponible en sede.madrid.es y tras cumplimentarlo, debe ser presentado en el Registro del Ayuntamiento de forma electrónica o presencial. El plazo de presentación de las solicitudes será de dos meses a partir del día siguiente al nacimiento o adopción.
El Ayuntamiento ha consignado un presupuesto de 17,3 millones de euros a esta primera convocatoria pública de subvenciones para fomentar la natalidad en la capital. Un importe que podría incrementarse en función de la demanda.
«Hoy es un gran día, porque damos un paso de gigante en una de las políticas más importantes de este mandato», ha destacado la vicealcaldesa Inmaculada Sanz. «Además, la subvención es compatible con otras previstas para la misma finalidad impulsadas por otras administraciones, entes públicos o privados», ha añadido.
Requisitos
El progenitor solicitante deberá cumplir los siguientes requisitos: ser español o extranjero con residencia legal en España, estar empadronado en la capital desde hace, al menos, cinco años y no estar privado de la patria potestad de sus menores.
Asimismo, no debe estar incurso en alguna de las causas de prohibición para acceder a la condición de beneficiario que se establece en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones, con las excepciones previstas en la convocatoria.
«Estas ayudas económicas beneficiarán a muchas familias y suponen un mensaje inequívoco», ha resaltado Sanz. «Madrid celebra y protege la paternidad, la maternidad y la familia. Madrid está por el crecimiento y la prosperidad y cree en el futuro».
Cómo solicitar la ayuda
El delegado de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, José Fernández, ha detallado que la ayuda puede solicitarse desde el 4 de noviembre, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid. El modelo de la solicitud estará disponible en sede.madrid.es y debe ser cumplimentado y firmado por un progenitor o tutor del menor. A continuación, el formulario de solicitud debe presentarse en el Registro del Ayuntamiento: de forma telemática, a través de la Sede Electrónica o de manera presencial en las oficinas de Registro municipales (las Oficinas de Atención a la Ciudadanía de Línea Madrid).
Solo se podrá presentar una solicitud por cada nacimiento o adopción. En el caso de nacimientos o adopciones múltiples, deberá presentarse una solicitud por cada uno de los menores. El plazo para entregar dichas solicitudes será de dos meses a partir del día siguiente al nacimiento o la adopción. Los nacidos entre el pasado 1 de junio y el 3 de noviembre, día en que se ha publicado oficialmente la convocatoria, también dispondrán de un periodo de dos meses para realizar el trámite, que comenzará a computarse desde el 4 de noviembre de 2025.
El Área de Políticas Sociales, Familia e Igualdad es la responsable de la tramitación de la convocatoria y será apoyada en esta gestión por una entidad colaboradora que ha resultado adjudicataria de un procedimiento abierto de licitación. Tras comprobar que los solicitantes cumplen los requisitos establecidos para ser beneficiarios, se abonará la ayuda en un pago único.