Las prostitutas de la sauna del suegro de Sánchez dormían en «malas condiciones higiénico-sanitarias»
Un informe municipal que desvela OKDIARIO señala las malas condiciones del prostíbulo de Castellana 180
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El Ayuntamiento destapó las condiciones deplorables en las que operaba el establecimiento de Castellana 180, gestionado inicialmente por Sabiniano y Conrado Gómez Serrano, padre y tío de Begoña Gómez. Los agentes comprobaron que las mujeres que trabajaban en el local dormían en las propias instalaciones, que presentaban graves deficiencias sanitarias, según consta en el informe oficial del 1 de octubre de 2003.
Un informe municipal que desvela OKDIARIO señala las malas condiciones del prostíbulo de Castellana 180. La Sección de Sanidad y Consumo emitió un duro documento fechado en septiembre de 1995: «Por todo ello, desde el punto higiénico-sanitario, la Inspectora Farmacéutica emite un informe desfavorable».
El informe constató que «aunque indica que no existe uso público en planta sótano, en los planos aportados existe un compartimento destinado a sauna». La existencia de esta instalación de sauna contradice las afirmaciones del promotor y demuestra que sí existía intención de uso público en el sótano.
Los inspectores verificaron además que el local carece de requisitos higiénicos básicos. No dispone de «un almacén de material y lencería independiente del almacén de alimentos», ni cuenta con «jabón líquido y toallas de un solo uso o secador de aire caliente». La obligatoriedad de disponer de agua caliente en los aseos tampoco se cumple.
La inspección policial reveló irregularidades flagrantes en el funcionamiento del establecimiento. Los agentes constataron la existencia de habitaciones que servían simultáneamente para atender clientes y como dormitorio de las empleadas, en condiciones que consideraron inapropiadas para la salud.
El informe policial describe minuciosamente lo hallado durante la inspección. «En la primera planta hasta cinco habitaciones de carácter reservado para los clientes y los mismos servicios públicos», rezaba el documento oficial.
La descripción continúa detallando el estado de las dependencias. «En la planta sótano se comprueba que la misma se halla dividida en varias estancias, encontrando en una de ellas varias camas, un televisor, un microondas, un equipo de música y gran cantidad de prendas íntimas femeninas y demás objetos de carácter personal para aseo y maquillaje», según el acta oficial.
Los agentes observaron además «diversos utensilios de cocina, un hornillo para la preparación de comidas y algunos alimentos perecederos». Estas condiciones evidenciaban que el local funcionaba como residencia permanente de las trabajadoras.
Engaño sistemático
El agente actuante concluyó con contundencia en su informe que «dicha planta sótano pudiera ser utilizada como lugar de residencia por algunas de las empleadas del local». Esta situación contradecía frontalmente lo declarado en la solicitud de licencia.
La Policía Municipal fue tajante en su valoración. El informe ha señalado que todo lo observado hacía presuponer que «la actividad que realmente se va a ejercer en el local no coincide en absoluto con la declarada por el solicitante, que se cuida muy mucho de declarar la realidad». Se trataba de un prostíbulo y no de una sauna al uso.
La documentación municipal revela que los hermanos Gómez Serrano habían solicitado licencia para «sauna con servicio de bar». Sin embargo, la realidad descubierta durante las inspecciones fue completamente diferente.
Otro informe técnico municipal vio otros problemas estructurales. «La escalera que figura en planos no se corresponde con la realidad», indicaba el documento.
La Sección de Obras ha detectado además que «el uso público de planta sótano no es admisible». Esta prohibición resultaba insalvable según la normativa urbanística vigente.
El informe técnico ha continuado enumerando deficiencias: «La puerta de entrada, sus hojas no invadirán la vía pública». Esta observación evidenciaba que el proyecto incumplía requisitos básicos de seguridad.
Cabinas sin ventilación
Uno de los aspectos más controvertidos ha sido la cuestión de las cabinas de masaje. El informe técnico del 6 de marzo de 1995 descubrió que «existen cinco cabinas para masajes con bañera de hidromasaje, tres de las cuales carecen de shunt [pasaje] de ventilación».
Esta carencia resultaba especialmente grave. El documento técnico ha advertido que sin ventilación adecuada, estas cabinas no cumplían los requisitos mínimos de salubridad para su uso público.
Tras la lucha vecinal, un tribunal anuló la licencia, pero siguió funcionando hasta el día de hoy. En marzo de 2005, una resolución definitiva declaró oficialmente «la nulidad de la licencia de funcionamiento concedida el día 19 de junio de 1997 por el Sr. Concejal Presidente de la Junta del Distrito de Chamartín a Don Conrado Gómez Serrano». Luego pidió una indemnización por daños y perjuicios.
El expediente refleja también las molestias causadas a los residentes del edificio. En abril de 1998, una denuncia policial ha documentado que «las salidas de emergencia no están operativas, cerradas con apertura eléctrica».
Las quejas vecinales reflejan deficiencias en el funcionamiento del local. El denunciante ha indicado que acudió «jueves a las 21,34 horas» al establecimiento para verificar las irregularidades. Se comprobó que el local abre 24 horas al día.
El caso de Castellana 180 ejemplifica cómo un negocio de prostitución ha operado durante años bajo licencias obtenidas mediante engaño. Las trabajadoras han vivido en condiciones que las autoridades sanitarias y policiales han calificado de inadecuadas, mientras los promotores ocultaban la verdadera naturaleza de la actividad. La anulación judicial de la licencia ha confirmado lo que inspectores y vecinos denunciaban desde hacía una década: el establecimiento nunca debió obtener autorización para funcionar.