Insolvencia

Cómo declararse insolvente: sigue estos pasos

Cómo declararse insolvente: sigue estos pasos
dinero

Las malas rachas económicas son más comunes de lo que crees, y en el caso de que estés afectado por las deudas y no puedas hacer frente a los compromisos asumidos en materia financiera, siempre existe la posibilidad de declararse insolvente. Ésta es una situación poco agradable, pero en ocasiones indispensable para iniciar el proceso de recuperación.

Recordemos que la insolvencia es la incapacidad económica de un individuo o corporación para cumplir con sus obligaciones, a la vez que se ve imposibilitado de hacer líquidos sus activos para saldar las cuentas pendientes a través de la venta de éstos.

¿Te sientes identificado con estas circunstancias? Te enseñamos cuáles son los pasos para declararse insolvente.

¿En qué consiste y cómo declararse insolvente?

Por supuesto, son muchas las dudas en torno a esta definición y todo lo que supone declararse insolvente en España. El sólo hecho de asumir que somos incapaces de hacer frente a los compromisos asumidos no significa que lo seamos.

Es un juez el que debe otorgarle validez jurídica a esta condición. Un magistrado analizará cuál es el estado de nuestras cuentas y, si lo considera adecuado, declarará la insolvencia para exonerarnos de nuestras deudas.

En otras palabras, el juez evaluará si como deudores nos ajustamos a los criterios que permiten acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.

Pero ¿cómo se declara alguien insolvente? ¿Cuáles son los pasos a seguir?

A nivel nacional, para iniciar el proceso de declaración de insolvencia el deudor debe reconocer su incapacidad financiera y presentar un escrito ante el juzgado de lo Mercantil en la ciudad en la que reside.

Puede hacerlo como particular o como representante de una corporación. De hecho, estos problemas son mucho más habituales en las entidades que en las personas físicas. En ambos casos, eso sí, es imprescindible el asesoramiento legal de un abogado experto que te guíe.

Un especialista te explicará cómo debe ser el escrito y qué información debe contener, añadiendo todos los datos para que el juez falle a tu favor. Transcurrido un tiempo, el magistrado se expedirá sobre si puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad. Los requisitos para poder acogerte a ella son, entre otros:

  • La deuda no debe superar los 5 millones de euros
  • La existencia de intentos de acuerdos perjudiciales de pago
  • Actuar de buena fe por parte del deudor
  • Justificar un estado de insolvencia actual o inminente
  • No ser declarado culpable en el concurso de acreedores

La Asociación de Ayuda al Endeudamiento explica que, si se aspira a acogerse a esta Ley, tampoco se puede incurrir en algunas prohibiciones que te dejarían fuera de dicha figura, como «no haber sido condenado por delitos», «no haber sido sancionado en los últimos 10 años por infracciones tributarias muy graves», «no cumplir con los deberes de colaboración y transparencia» y «proporcionar información falsa y engañosa». Por eso hace falta un abogado que te asesore.

¿Qué información debe llevar el escrito a presentar?

Esta solicitud ante el Juzgado tiene que incluir datos exactos acerca de los activos, pasivos, ingresos y gastos del deudor, sin olvidar una propuesta de convenio o un plan de liquidación si corresponde como muestra de buena voluntad.

Con frecuencia, el escrito contiene un pedido de anulación temporal o total de las deudas pendientes. De nuevo, será el juez el que decida sobre la anulación temporal o total de las deudas pendientes.

Todo lo que uno debe hacer es argumentar por todos los medios posibles cómo llegó a esa situación financiera y su buena fe a pesar de las dificultades económicas acontecidas.

Más detalles de la Ley de Segunda Oportunidad

La Ley de Segunda Oportunidad fue aprobada en España en el año 2015 y se trata del marco legal que posibilita la cancelación de deudas de personas físicas,  autónomos y entidades que caen en estado de insolvencia.

Su objetivo es darle a estos sujetos y corporaciones que están apremiados por las deudas una «segunda oportunidad» de reintegrarse a la vida económica. Son varios los sistemas de cancelación de deuda que contempla, cada uno con ciertas características únicas. Como mecanismos, sobresalen la exoneración del pasivo insatisfecho -EPI- y el acuerdo extrajudicial de pagos -AEP-.

Presentado el escrito, el juez abrirá un procedimiento y nombrará a un administrador concursal para gestionar la solicitud. Este administrador examinará detenidamente la situación financiera del deudor y presentará un informe al juez, quien tomará una determinación sobre el procedimiento a seguir en adelante.

En el caso de ser autónomo

También puede declararse insolvente y se siguen pasos bastante similares a la situación general.

Infoautónomos explica que hay dos tipos de insolvencia, la inminente, la que prevé la imposibilidad de liquidar las deudas, aunque todavía no se haya llegado a las fechas en las que se considera que hay un impago, y la actual, cuando ya se ha incumplido con los pagos acordados.

Hay que hacer frente a las deudas contraídas están relacionadas con la actividad profesional. Hay un mínimo de dos obligaciones en favor de dos acreedores diferentes, o bien dos demandas de ejecución en un periodo de 90 días. Además, el total de las obligaciones o deudas demandadas es de al menos el 10% de los pasivos totales del autónomo.

Lo último en ¿Cómo se hace?

Últimas noticias